Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 12/7/2002

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 660

Santa Rosa, 12 de Julio de 2002

Decreto N 1077 -2-VII-02- Art. 1.- Otorgar a partir de la fecha del presente Decreto el Adicional por Actividad Crítica previsto en el artículo 40 de la Ley N 1279 de Carrera Sanitaria, reglamentado por el artículo 40 del Decreto N 2638/91 -texto según el artículo 1 del Decreto N 348/97-, a la agente categoría 15 -Rama EnfermeríaSilvina Daniela DIAZ
GABELLOTA, Legajo N 35.683, dependiente de la Subsecretaría de Salud.Decreto N 1078 -2-VII-02- Art. 1.Reconócese los servicios prestados en el establecimiento Asistencial Doctor Lucio Molas por la Técnica en Hemoterapia Eliana BORTOLUSSI, DNI. N 26.892.369 - Clase 1978- en el período comprendido entre el 9 de enero y el 9 de marzo de 2002, con una retribución equivalente a la que corresponde a la Categoría 14 de la Rama Técnica de la Ley N 1279 de Carrera Sanitaria, con más el Adicional por Riesgo Hospitalario, con omisión de la vista previa establecida en el artículo 2 del Decreto Ley 513/69.Decreto N 1079 -2-VII-02- Art. 1.- A partir del día 23 de diciembre de 2001, el agente perteneciente a la Subsecretaría de Salud Marcos Guillermo Zawadzki Castagno, DNI. N 27.918.230 Clase 1980-, Categoría 15 Rama Administrativa Hospitalaria, pasará a revistar en la Categoría 14 de la misma rama, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13 y 49 de la Ley N 1279 -modificados por Ley N
1889.Decreto N 1080 -2-VII-02- Art. 1.- Otorgar a partir de la fecha del presente Decreto el Adicional por Actividad Crítica previsto en el artículo 40 de la Ley N 1279 de Carrera Sanitaria, reglamentado por el artículo 40 del Decreto N 2638/91 -texto según el artículo 1 del Decreto N 348/97-, a la agente categoría 15 -Rama EnfermeríaAndrea Claudia SALINAS -Legajo N 38.788-, dependiente de la Subsecretaría de Salud.Decreto N 1081 -2-VII-02- Art. 1.Limítase a partir del día 30 de Abril del corriente año, el adicional del 15% a la agente Norma LACO, Legajo N 7557, que fuera otorgado por Decreto N 2290/01.Art. 2.- Asígnase a partir de la fecha del presente y hasta el 31 de Diciembre de 2002 el Adicional del 15% previsto en el artículo 48 de la Ley 1.200, a la agente que se menciona seguidamente:
Habilitación de Cultura, Educación y Gobierno Gastos:
VALENZUELA, Julia Carolina, Afiliado N 37369, Legajo N 9783.Art. 3.- Establécese que en caso de ausencia de la agente mencionada anteriormente, los Señores Sub-habilitados y/o personas designadas para firmar, que se detallan a continuación pasará a percibir el adicional de referencia, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 6 del Decreto Reglamentario N 237/90:

BOLETIN OFICIAL N 2483

Habilitación de Cultura, Educación y Gobierno Sueldos:
DOMINGUEZ, Adriana N., Afiliado N 53540, Legajo N 19647.
Sub-Jefe de Cuenta Especial de Suministros:
VELAZQUEZ, Jorge, Afiliado N 53389, Legajo N
19592.Decreto N 1082 -2-VII-02- Art. 1.- Acordar al agente Categoría P-7, Clase XX del Convenio Colectivo de Trabajo 57/75, Gonzalo Herminio PORCEL, L.E: N 7.079.524 Clase 1940 Afiliado N
18648, Legajo N 1441, licencia sin goce de haberes a partir del 31 de Mayo de 2002 y mientras dure la causal que motiva dicha licencia, amparado en el Artículo 45 del Estatuto del Empleado Público - Ley N 643, por haber sido electo DECANO de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de La Pampa.Decreto N 1083 -2-VII-02- Art. 1.- Otorgar a partir de la fecha del presente decreto el Adicional por Actividad Crítica, previsto en el artículo 40 de la Ley N 1279 de Carrera Sanitaria, reglamentado por el artículo 40 del Decreto N 2638/91 -texto según el artículo 1 del Decreto N 348/97-, al agente categoría 7 -Rama Profesionalcon 44 horas semanales de labor y Dedicación Exclusiva- Miguel Alfredo CANO LA
MORGIA, Legajo N 47.049- dependiente de la Subsecretaría de Salud.Decreto N 1084 -2-VII-02- Art. 1.- Déjase establecido que la licencia sin goce de haberes usufructuada por la señora Alda Ester LUPARDO, L.C. N 5.192.535 - Clase 1948, Categoría 13 Rama Enfermería - Ley 1279- perteneciente al Establecimiento Asistencial de General Acha, dependiente de la Subsecretaría de Salud, desde el 25
de Abril hasta el 5 de Mayo de 2002, debe encuadrarse en lo establecido en el artículo 135 de la Ley 643.Decreto N 1085 -2-VII-02- Art. 1.- Aceptar a partir del 1 de julio de 2002, la renuncia condicionada para acogerse a los beneficios de la jubilación de acuerdo al derecho que le otorga el artículo 4 inciso c de la Ley 1124 y sus modificatorias, a la docente Stella Maris ALBARELLOS, DNI. N F. 4.611.554, Clase 1945, en el cargo de Directora titular en la Escuela N 1 de Santa Rosa.Decreto N 1086 -2-VII-02- Art. 1.- Aceptar a partir del 1 de julio de 2002, la renuncia condicionada para acogerse a los beneficios de la jubilación de acuerdo al derecho que le otorga el artículo 4 inciso c de la Ley 1124 y sus modificatorias, a la docente María Esther GAVILAN, DNI. N 4.599.689, Clase 1943, al cargo de Auxiliar Docente titular en el Colegio Capitán General Don José de San Martín de Santa Rosa.Decreto N 1087 -2-VII-02- Art. 1.- Aceptar a partir del 17 de abril de 2002, la renuncia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 12/7/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date12/07/2002

Page count16

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2002>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031