Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/12/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2455

Santa Rosa, 28 de Diciembre de 2001

1.- El Ministerio del Interior asignará fondos federales al Gobierno de la Provincia de La Pampa y Municipalidad de Intendente Alvear hasta la suma de pesos Tres Millones $ 3.000.000 -sujeto a disponibilidad presupuestariacorrespondientes al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional ATN, ley 23.548, decretos 20/99 y 489/2000 para la finalización de la obra Desages cloacales y planta de tratamiento de líquidos de la localidad de Intendente Alvear.2.- La Provincia y/o la Municipalidad realizarán el llamado a licitación y pertinente adjudicación -con supervisión de técnicos que designe la Nacióna los efectos de la concreción de las obras, deslindando la responsabilidad por la investigación judicial que se lleva adelante por la ejecución de aquella obra en la gestión anterior.- Los fondos solamente serán asignados en la medida en que se produzca por cualquier causa la resolución del contrato vigente a la fecha por la obra referida entre la Municipalidad de Intendente Alvear y la contratista.3.- Los desembolsos se efectuarán en tramos de pesos quinientos mil $ 500.000 conforme plan de avance y certificaciones de obra, autorizando las partes a los técnicos que indique el Ministerio del Interior para supervisar y controlar las obras. El primer pago se efectuará una vez vigente la norma pertinente de adjudicación.4.- El presente convenio ratifica los términos del acuerdo de fecha 14 de junio de 2000 entre el Ministerio del Interior y el Gobierno de la Provincia de La Pampa, el que se encuentra en plena ejecución.5.- A los fines de la transparencia de las cuentas públicas, además de la normativa interna de la provincia y municipio, éstas deberán rendir cuentas al Ministerio del Interior de la utilización de los fondos federales en un plazo no mayor a los sesenta 60 días de la recepción de los mismos.6.- Por cualquier controversia judicial en relación al presente convenio, las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales.En prueba de conformidad, y en la provincia de La Pampa, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil.PROGRAMA NACIONAL DE AYUDA A
MUNICIPIOS PARA PAVIMENTACION
URBANA PRO.NA.PU.
CARTA DE INTENCION
Partes:
1.- Ministerio del Interior, representado por el Sr.
Secretario de Provincias, Ing. Walter Alberto CEBALLOS.

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2.- Provincia de La Pampa, representado por el Sr.
Gobernador Dr. Rubén Hugo MARIN.3.- Municipalidad de General Pico, Provincia de La Pampa, representada por el Sr. Intendente Municipal C.P.N. Luis Alberto CAMPO.4.- Municipalidad de Realicó, provincia de La Pampa, representada en éste acto por la Sra. Intendente Municipal, C.P.N. Alicia Esther RE.Acuerdan:
1.- El Gobierno Nacional pondrá en marcha el PROGRAMA DE AYUDA A MUNICIPIOS PARA
PAVIMENTACION URBANA PRO.NA.PU. a través del cual la Nación asistirá a Municipios para la construcción de pavimento para el mejoramiento de infraestructura y creación de mano de obra intensiva de baja calificación.2.- El Ministerio del Interior asignará fondos federales a los municipios correspondientes al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional ATN, ley 23.548, decretos 20/99
y 489/2000, y a tal fin abrirá una cuenta especial del programa que será administrado por la Unidad Ejecutora del mismo.3.- El Estado Nacional, a través del Ministerio del Interior, dictará la normativa pertinente del PRO.NA.PU. y asistirá con pesos trescientos mil $
300.000 a la Municipalidad de General Pico y con pesos cien mil $ 100.000 a la Municipalidad de Realicó, para la construcción de cincuenta 50 y veinte 20 cuadras de pavimento respectivamente.
4.- Los Municipios y/o la Provincia aportarán la mano de obra necesaria para la ejecución de las obras.
- Los desembolsos se efectuarán en función del cronograma de obra y correspondientes certificaciones, debiendo comenzar las mismas antes del 01 de marzo del año dos mil uno, bajo el monitoreo y control de los técnicos de la Unidad Ejecutora del PRO.NA.PU..6.- A los fines de la transparencia de las cuentas públicas, además de la normativa interna de la provincia y municipio, éstas deberán rendir cuentas al Ministerio del Interior de la utilización de los fondos federales en un plazo no mayor a los sesenta 60 días de la recepción de los mismos.7.- Por cualquier controversia judicial en relación al presente convenio, las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales.
En prueba de conformidad, y en la Provincia de La Pampa, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil.EXPEDIENTE N 11.869/01.SANTA ROSA, 17 de Diciembre de 2001.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/12/2001

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date28/12/2001

Page count18

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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