Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/7/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 03 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 73
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Circunscripción 1, Sección 3, Parcela 933, Padrón F-5372 y Matricula F-4660, Circunscripción 1, Sección 3, Parcela 934, Padrón F-5373, Distrito Vinalito, Departamento Santa Bárbara de la Provincia de Jujuy. Se informa que el Estudio de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, en las oficinas de la Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable, sitas en calle República de Siria N 147, 2 piso de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito en dichas oficinas de manera presencial, o bien vía correo electrónico a la dirección info@ambientejujuy.gob.ar, conjuntamente con las pruebas que estimen pertinentes, hasta un plazo de 10 diez días hábiles contados a partir de la última publicación del proyecto.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 26 de junio de 2024.28 JUN. 01/03 JUL. LIQ. Nº 36505 $2.250,00.El Dr. Puca, Diego Armando juez en el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 - Secretaría 4, en el expediente C-210145/2022, caratulado: Ejecución de Sentencia: MALDONADO LAVADENZ, MARIELA NOEMI y otros c/ MALDONADO, SAUL FABIO FELIX y otros", notifica al Sr. Marcelo Roberto Maldonado D.N.I. N 14.924.695 de la providencia que a continuación se transcribe: "San Salvador de Jujuy, 17 de mayo de 2024.-1.- Proveyendo al Escrito Nro: 1209785 del Dr. ROSSA, notifíquese el decreto que ordena el traslado de la demanda y la presente providencia mediante Edictos en un diario de amplia circulación y en el Boletín Oficial. 2.- Hágase saber al accionado Marcelo Roberto Maldonado D.N.I. N 14.924.695, que los plazos procesales que las providencias se tendrán por notificadas diez días después de la última publicación art. 162 del CPC. 3.- Impóngase la confección de la correspondiente diligencia, al profesional solicitante, para su posterior control y firma por Secretaria. 4.- Notifíquese art. 155 del CPC". Fdo. por Puca, Diego Armando - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Fdo. por Ruiz, Enzo Gerardo - Firma habilitada. Asimismo, se transcribe decreto que ordena el traslado de la demanda; "San Salvador de Jujuy, 07 de julio de 2023.- 1.- Proveyendo al Escrito Nº 418363, téngase por presentada al Dr. Roberto Javier Rossa, en nombre y representación MARIELA NOEMI MALDONADO LAVADENZ, DNI N 26501364; RAUL CARLOS MALDONADO, DNI N 12005666; BRUNO
OMAR MALDONADO, DNI N 17080190, SANDRA VIVIANA MALDONADO, DNI N 17879481, y ANGEL HORACIO MALDONADO, DNI N
23167034, conforme a la instrumental que se acompaña, por parte y por constituido domicilio legal. 2.- Proveyendo al Escrito Nro: 739912, téngase por presentado al Dr. ROBERTO JAVIER ROSSA, en nombre y representación MÓNICA ELIZABETH CARLES, D.N.I. N 23167992, conforme a la instrumental que en archivo pdf acompaña a su presentación. 3.- Téngase por promovida formal demanda de ejecución de sentencia en contra de los Sres.
SAÚL FABIO FÉLIX MALDONADO, DNI N 16.971.462; GUSTAVO ADOLFO LUIS MALDONADO, DNI N 17.909.255, LUIS ALBERTO
MALDONADO DNI N 13.550.795; MARCELO ROBERTO MALDONADO DNI N 14.924.695; FERNANDO MALDONADO DNI N 16.971.486 y TERESITA FABIAN MALDONADO DNI N 20.102.760, del cual se corre traslado, con las copias respectivas a quien se cita y emplaza para que la contesten dentro del término de cinco días hábiles, y contados a partir del siguiente de la notificación.- 3.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 4.- Intimase al profesional presentante a acompañar las correspondientes diligencias para su posterior control y firma por Secretaria a título de colaboración arts. 50 y 72 del CPC. 5.- Proveyendo al Escrito Nro: 431337, téngase presente los aportes de ley que se acompañan en archivo pdf a su presentación. 6.- Notifíquese Art. 155 y 156 del C.P.C". Fdo. por Puca, Diego Armando - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Fdo. por Ruiz, Enzo Gerardo - Firma habilitada. Publíquese los edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local.- San Salvador de Jujuy, 27 de Mayo de 2024.01/03/05 JUL. LIQ. Nº 36458-36498 $2.250,00.El Dr. Juan Pablo Calderón juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 1- Secretaría 2, en el expediente C-182332/2021, caratulado: "APREMIO:
MUNICIPALIDAD DE YALA c/ SANCEZ DE BUSTAMANTE Y COMPAÑÍA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES", notifica a SANCHEZ
DE BUSTAMANTE Y COMPAÑÍA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, de la providencia que a continuación se transcribe:"San Salvador de Jujuy, 04 de Junio de 2.024. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la MUNICIPALIDAD
DE YALA en contra de SANCHEZ DE BUSTAMANTE y COMPAÑIA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES hasta hacerse el acreedor de integro pago del capital reclamado PESOS: NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON CINCUENTA Y SEIS CTVOS.
$ 973.470,56.- con más los intereses moratorios que surgen de aplicar la Tasa Activa promedio que cobre el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago, conforme la doctrina citada en el considerando L.A. No 54, Fo 673/678, No 235 y un interés punitorio desde la interposición de la demanda equivalente al 25% de la tasa ordenada precedentemente, conforme los considerandos.- II.-Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la Sentencia.III.-Imponer las costas a la parte vencida Art.102 del C.P.C..- IV.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.V.-Queda a cargo de la parte actora la confección del EDICTO correspondiente, para su posterior control y firma, quien deberá subirlo al S.I.G.J. Sistema Integral de Gestión JudicialOficios Colaborativos, conforme lo dispuesto por Acda. 86/20.- VI.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar por Edictos.Fdo Dr. Juan Pablo CalderónJuez Ante Mi Dra. Ana Isabel Fernández Hubeid Secretaria".01/03/05 JUL. LIQ. Nº 36506 $2.250,00.Dr. Jorge Daniel Alsina - Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala II - Vocalía 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-241.244/2023, caratulado:
Cumplimiento de Contrato/Obligación: CRUZ, LEONARDO JOSÉ DANIEL c/ QUINTAR, OMAR", ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 23 de Febrero de 2024. Proveyendo a los escritos Nº 1047255 y Nº 1087940: Téngase por presentado al Sr. LEONARDO JOSÉ DANIEL CRUZ por parte y por constituído domicilio legal, con el patrocinio letrado del Dr. EUGENIO BOURDIEU.- De la Demanda ordinaria interpuesta y su ampliación córrase TRASLADO al ACCIONADO OMAR QUINTAR, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la conteste dentro del término de QUINCE DÍAS hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere Art. 298 del C.P.C..- Intímase al ACCIONADO para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones -cualquiera fuere su naturalezapor Ministerio de Ley.Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la cédula ordenada precedentemente, el que deberá ser presentado como diligencia colaborativa en el S.I.G.J. para control y firma.- Notifíquese por cédula.- Firmado por Dr. Jorge Daniel Alsina - Juez. Ante mi Dra. María Florencia Fiad Prosecretario Técnico Administrativo.01/03/05 JUL. LIQ. Nº 36540 $2.250,00.El Dr. Diego Armando PucaJuez Por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia Nº 6- Secretaria 11- Dra. Carolina Andrea FarfánSecretaria.- Se hace saber que en Expediente Nº C-244009/2024 caratulado. Sumarísimo por Adición de Pre Nombre Solicitado por SANTOS, DELMIRA se ha dictado la siguiente providencia - San Salvador de Jujuy, 22 de Abril de 2024.- 1.- Proveyendo a los escritos digitales Nº 1082636 y Nº 1162612: Téngase por presentado al Dr. Jorge Adrian Ripoll, en representación de la Sra. Delmira Santos D.N.I. Nº 21.180.829, conforme a la copia de poder juramentado que en archivo pdf se adjunta a su presentación.- 2.- En consecuencia y atento a las constancia de autos y previo a continuar con el trámite de la presente causa, procédase a re caratular la misma, la que quedará redactada de la siguiente manera: SUMARISIMO POR ADICION DE PRE NOMBRE solicitada por: DE LMIRA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/7/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/07/2024

Page count30

Edition count1243

Première édition10/01/2018

Dernière édition31/07/2024

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