Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 06 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 50
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03/06/08 MAY. LIQ. Nº 35836 $2.250,00.El Dr. ENRIQUE ROGELIO MATEO juez en Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II - Vocalía 4, en el expediente C- 233591/2023, caratulado:
"PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES: MARTINEZ, TERESA C/ HELGUERA GRAZ, ARTURO", notifica al Sr. ARTURO
HELGUERA GRAZ y quienes se consideren con derecho, de la providencia que a continuación se transcribe: "San Salvador de Jujuy, 25 de marzo del 2024. Proveyendo al escrito No 1138351: dése decaído el derecho a contestar demanda a Arturo Helguera Graz y a todas aquellas personas que se consideren con algún derecho sobre el inmueble objeto del juicio y se designa al Defensor Oficial para que los represente. Notifíquese por cédula y por edictos". FDO.:
Dr. Mateo, Enrique Rogelio - Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial, ante mi, Dra. Nebhen, Ana Romina - Secretaria.-FDO.: Dr. Mateo, Enrique Rogelio Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial, ante mi, Dra. Nebhen, Ana Romina - Secretaria.03/06/08 MAY. LIQ. Nº 35837 $2.250,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION
El Dr/a. juez/a en Tribunal del Trabajo - Sala II - Vocalía 6, en el expediente C-014737/2013, caratulado: "DESPIDO: FERNANDEZ, DELIA NATALIA c/
MOGRO, ORLANDO", notifica a ORLANDO MOGRO, DNI 13.805.577, domiciliado en, de la providencia que a continuación se transcribe San Salvador de Jujuy, 23 de Abril de 2021.- AUTOS Y VISTOS: y; CONSIDERANDO RESUELVE: 1ro. - Fijar el monto de la condena en la suma de VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $ 28.129,43 y que hasta el efectivo pago se deberá actualizar con la tasa activa como se expresa en el fallo primigenio. 2do. - Adecuar los honorarios regulados en el fallo de fs. 129/133 por los siguientes: Dr.
NICOLAS GUALCHI $ 12.360.oo, Dr. RAMIRO RAZON $ 12.360.oo, Dr. CARLOS VACA AGUIAR $ 17.304.oo y perito contador GERMAN VICTOR
TOCONAS $ 6.000.oo Arts. 1,11, 16, 17, 20, 23, 26, 27, 29, 31 y 65, Art. 12 inc. c de la ley 4133, Art. 9 de la ley 24432 y Acordada 14/86. Están calculados a la fecha del fallo por lo que deberán actualizarse de igual modo y añadirse IVA si correspondiere. 3ro. - Hacer saber, agregar copia en autos, intimar reposición de FISCO y CASAP.- Fdo. Dr. Domingo Antonio MasacessiVocal Presidente de TramiteDra. Amalia Inés MontesDr. Hugo C. Moisés HerreraVocales - Ante Mi: Dra. María Emilia RamosSecretaria.- Publíquese edicto en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy a los días del mes de Abril del 2024.29 ABR. 03/06 MAY. LIQ. Nº 35656 $2.250,00.Ref. Expte. Nº C-209232/2022 caratulado: COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS: ESTADO PROVINCIAL FISCALIA DE ESTADO DE LA PCIA.
DE JUJUY c/ GARCIA, JUANA MATILDE. San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre de 2023.- Atento lo manifestado en la presentación de fecha 18/09/23, a lo solicitado, ha lugar. En consecuencia, notifíquese el proveído de fecha 29/09/22 mediante edicto, el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días art. 162 del C.P.C.. Facúltese para su diligenciamiento a la Dra. Carolina Acosta Procuradora Fiscal interviniente.- San Salvador de Jujuy, 29 de septiembre de 2022. Avócase la suscripta al conocimiento y resolución de la presente causa. Por presentada la Dra. Carolina Judith Acosta, Procuradora Fiscal de Fiscalía de Estado, en nombre y representación del Estado Provincial a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que acompaña en formato pdf., por constituido domicilio legal y por parte. Atento a lo resuelto por el S.T.J. en L. A. Nº 59, Fº 76/79, Nº 41, téngase por deducida la presente demanda, la que se tramitará de conformidad al procedimiento del juicio ordinario escrito artículos 370, ss. y cctes. del Código Procesal Civil y artículo 4, Inciso II de la ley 5.238. Pasen los autos a conocimiento del Dr. David Jorge Casas a fin de que exprese si tiene causal de excusación. Confiérase traslado de la demanda a la Sra. Juana Matilde García por el plazo de quince 15 días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada artículo 298 Código Procesal Civil. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Ruth Alicia Fernández Juez-, Ante mí Dr. Diego Javier MerloSecretario.29 ABR. 03/06 MAY. S/C.DRA. LIS VALDECANTOS BERNAL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7 SECRETARÍA Nº 13, DE LA
PROVINCIA DE JUJUY en el expediente Nº C-204147/22 caratulado Ejecutivo: RAMIREZ GRISELDA ELIZABETH c/ QUIROGA MONICA
SANDRA; se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 02 de Junio de 2023.- Téngase por cumplido lo requerido en fecha 26/10/22.- En consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada MONICA SANDRA QUIROGA D.N.I Nº 24.816.925 por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL $ 2.300.000,00, con más la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL $ 690.000,00 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese EMBARGO
sobre bienes de propiedad de la demandada hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial a la propia afectada y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítasela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Item.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mi: Dra. Silvia Raquel Cejas-Secretaria..
Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un diario local, por TRES veces en el término de CINCO días. San Salvador de Jujuy, 04 de abril de 2024.03/06/08 MAY. LIQ. Nº 35685 $2.250,00
Juzgado de Primera Instancia Nº 9- Secretaría Nº 18- en el Expte. Nº D- 018493/17 Objeto: CESACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA EN EXP.
PRINCIPAL A-021338/2003. ARANA, LORETO C/ CRUZ, DIONICIA, San Pedro de Jujuy, 26 de abril de 2024.- I.- Téngase presente lo Informado por e Tribunal Permanente de la Provincia de Jujuy; agréguese E.D. Nº 1177273.- II.- Atento lo peticionado mediante escrito que antecede y habiendo cumplido los recaudos conforme art. 162 CPC, notifíquese a la Sra. DIONICIA CRUZ el proveído de fecha 09 de octubre de 2023 mediante edictos los cuales serán publicados por tres veces en cinco días en un diario local y el Boletín Oficial y se tendrá por notificado diez días después de la ultima publicación. Hágase saber a la letrada que se encuentran diligencias a disposición para su tramitación.- III.- Notifíquese art. 155 CPC.- Fdo. Dra. Mirta del M. Vega Juezante mi Dra. Laura Duaso Fernández, Secretaria.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/5/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date06/05/2024

Page count24

Edition count1234

Première édition10/01/2018

Dernière édition12/07/2024

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