Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 23 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 22
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por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12259-DH/2023.EXPTE. Nº 769-0015/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adecuase a la Sra. GABRIELA ESTHER ONTIVEROS, C.U.I.L. N 27-29336641-7, en el cargo Categoría B-1, Agrupamiento Profesional del Escalafón Profesional - Ley N 4413 de la Unidad de Organización S12 - Secretaría de Protección a las Infancias y Adolescencias del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente Decreto; de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista por el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2.023, Ley N 6325, en la Jurisdicción "S" Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización "12" Secretaría de Protección a las Infancias y Adolescencias, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Ley N 4413" correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 12788-E/2023.EXPTE. Nº 1056-7643/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.VISTO:
Las actuaciones por las que se tramita la promoción del agente Miguel Ángel Escobar, C.U.I.L. 20-13489929-9, quien revista en el cargo Categoría 10, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la U. de O.: F4 - Secretaría de Gestión Educativa, al cargo Categoría 24, en el marco de las disposiciones de la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07; y CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de la rejerarquización determinada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Acuerdo N 5351-HF-2022 para el personal de planta permanente comprendido en el régimen de la Ley N 3161/74, el Sr. Escobar fue recategorizado a la Categoría 14, situación que resta materializarse mediante la emisión del acto administrativo pertinente.
Que, rolan formularios de Adhesión a la Ley N 5502/05 e intervención de Escribanía de Gobierno.
Que, de las constancias obrantes en autos surge que el mentado agente reúne los recaudos legales exigidos para acceder a los beneficios de la citada norma.
Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Personal.
Que, la Dirección Provincial de Presupuesto indica la partida presupuestaria para atender el gasto que demande el presente trámite, informando Contaduría de la Provincia que la misma a la fecha cuenta con disponibilidad de crédito.
Que, Fiscalía de Estado emite dictamen favorable de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para promover al agente Miguel Ángel Escobar a la máxima categoría del Escalafón General, Ley 3161/74, a partir del 01 de enero de 2023, de conformidad a las disposiciones del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévese al agente SR. MIGUEL ÁNGEL ESCOBAR, CUIL N 20-13489929-9, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la U. de O.: F4 - Secretaría de Gestión Educativa, con retroactividad al 01 de enero de 2023, en el marco de las disposiciones de la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las Partidas Presupuestarias indicadas a continuación:
Ejercicio 2023.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley Nº 6325/2022, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesoro denominada: 01-01-01-01-01-60
"Adecuación Ley N 5502".
ARTÍCULO 3º.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art.
100 Bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date23/02/2024

Page count13

Edition count1246

Première édition10/01/2018

Dernière édition07/08/2024

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