Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 20 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 117
LEYES - DECRET OS - RESOLUCIONES

DECRETO Nº 8730-S/2023.EXPTE. Nº 716-597/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Rectificase parcialmente el artículo 19 del Decreto N 6721-S-2022, de fecha 11 de octubre del 2022; el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1.- Téngase por adecuada a la Sra., Eloísa Graciela Guerrero, CUIL N 27-13121957-7, en el cargo categoría C-1 i-1 agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413 de la U. de O. R6-01-04 Hospital "San Roque", a partir del 11 de octubre del 2022 ARTÍCULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se imputó a la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023 - Ley N 6325, que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2023
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-04, Hospital "San Roque", la partida Gastos en Personal la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 Adecuación Personal Ley N 4413" correspondiente a la Jurisdicción "K" Oblaciones a Cargo del Tesoro. EJERCICIOS ANTERIORES Periodos no consolidados:
Se atenderán con la partida 03-10-15-01-26 "P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" prevista en la Jurisdicción "L" DEUDA PUBLICA, cuya administración y ejecución corresponde a Contaduría de la Provincia de acuerdo a la efec tiva disponibilidad de fondos. ARTÍCULO 3.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tomen Razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9036-S/2023.EXPTE. Nº 0300-232/2022.AGDOS. Nº 200-373/2021, N 761-5721/2021, N 761-19590/2021 y N 761-32091/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase por improcedente el recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Gloria María Mercedes Portal de Albisetti, D.N.I. N 11.207.751, en contra de la Resolución N 163-I.S.J-D-2022, emitida por el Directorio del Instituto de Seguros de Jujuy, en fecha 26 de mayo de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Notifíquese. Tome razón Fiscalía de Estado y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9038-MS/2023.EXPTE. Nº 1400-336/23.SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 AGO. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase, el artículo 1º del Decreto N 8.174-MS/23, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1º.- Increméntese, a partir del 01 de Abril del presente año, el Adicional asignado al personal policial que desempeña tareas inherentes a la Custodia del Gobernador de la Provincia de Jujuy dispuesto en el artículo 1º del Decreto N 2.707-MS-21, al treinta y cinco por ciento 35% del haber mensual que por todo concepto corresponda a la categoría de revista del escalafón de seguridad. El presente incremento, será también de aplicación al personal de la salud afectado a la Unidad de Custodia del Gobernador de la Provincia, el mismo se calculará, sobre haber mensual que por todo concepto le corresponda percibir al escalafón de salud.-"
ARTÍCULO 2º.- Facúltese, al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar la creación, modificación y transferencias de partidas presupuestarias que resulten necesarias.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad, y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal, Secretaria de Seguridad Pública y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9096-G/2023.EXPTE. Nº 0300-065-2021.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date20/10/2023

Page count35

Edition count1226

Première édition10/01/2018

Dernière édition24/06/2024

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