Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 11 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 102

06/08/11 SEPT. S/C.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Secretaria N 2 en el Expte. Nº C-202668/2022, caratulado: Ejecutivo CASTAÑEDA HUGO
ANDRES c/ MARTINEZ, LUIS ANGEL, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2 .023.- Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por HUGO ANDRES CASTAÑEDA en contra del Sr. LUIS ANGEL MARTINEZ D.N.I. N 13.910.373, hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOS MILLONES
$2.000.000,00.- con más las costas del juicio y el interés de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros:
Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro.- II.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la Sentencia.- III.- Imponer las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C..- IV.- Notifíquese esta resolución por edictos y las posteriores por Ministerio de Ley. V.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.VI.-Registrar, agregar copia en autos y notificar por edictos al demandado.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, Juez. Ante Mi Dra. Ana Isabel Fernández Hubeid Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 25 de Abril de 2.023.08/11/13 SEPT. LIQ. Nº 33540 $1.650,00.En carácter de Juez Contravencional Nro. 1 de la Provincia de Jujuy, me dirijo a usted, a fin de solicitar, quiera tener a bien, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, durante el lapso de tres 03 días, el siguiente Edicto: Ordeno: I inhabilitar por el termino de dos 02 años computados desde la fecha, la marca y señal otorgada a HERRERA NESTOR FABIAN, CUIL N 20-27727208-4, conforme articulo 43 de Código Contravencional vigente, por infracción al Art. 87 del Código Contravencional. II Secuestrar el elemento utilizado para la marca, otorgada a HERRERA NESTOR FABIAN, CUIL N 20-27727208, conforme Art. 45 del Código Contravencional.- III Notificar por edicto y cedula, cumpliméntese.- Fdo. José Matías Ustarez Carrillo -Juez ContravencionalDra. Ramos Alejandra MelinaSecretaria.08/11/13 SEPT. S/C.Hago saber que el Dr. Esteban Eduardo Hansen, Juez Federal del Juzgado Federal N 1 de Jujuy, Secretaría Civil N1, en el Expediente N FSA 3185/2020, caratulado: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ SANCHEZ GUTIERREZ, LUCIA s/ EJECUCIONES VARIAS, ha dispuesto notificar a la Sra.
LUCIA SANCHEZ GUTIERREZDNI N 94.270.900, lo siguiente: San Salvador de Jujuy, 10 de mayo de 2022. Agréguese y téngase presente la contestación del oficio por parte de la Policía de la Provincia de Jujuy. Téngase presente lo manifestado por la parte actora en el sentido que ha agotado las instancias para dar con el domicilio de la demandada. En consecuencia, y conforme lo solicitado, notifíquese la presente dema nda a Lucía Sánchez Gutiérrez, de conformidad a lo dispuesto por los art. 145, 146 y 147 del C.P.C. Fdo. Esteban Eduardo HansenJuez Federal.- San Salvador de Jujuy, 18 de diciembre de 2020. Líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de LUCIA SANCHEZ GUTIERREZ hasta hacer la parte actora íntegro pago de la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $148.110,54 en concepto de capital, con más la suma de PESOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS $22.216,58, calculada provisoriamente par a responder a acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes muebles de propiedad del accionado, hasta cubrir los importes mencionados, los que serán denunciados en el momento de la traba por el apoderado de la actora y/o la persona que el mismo indique, debiendo designarse depositario judicial de los mismos al propio afectado o a persona de responsabilidad y arraigo. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo plazo constituya electrónico conforme Acordadas n 31/11, 14/13 y 38/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo apercibimiento de tenérselo por notificado Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: martes y viernes. Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisiónase al Juez de Paz de la Quiaca, Dpto. Yavi, quien queda facultado para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario.- Fdo. Esteban Eduardo HansenJuez Federal.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días.- San Salvador de Jujuy, a los días del mes de mayo de 2023.11/13 SEPT. LIQ. Nº 33424 $1.100,00.Hago saber que el Dr. Esteban Eduardo Hansen, Juez Federal del Juzgado Federal N 1 de Jujuy, Secretaría Civil N1, en el Expediente N FSA 2912/2020, caratulado: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ REINOSO, NATALIA BELEN s/ PREPARA VIA EJECUTIVA, ha dispuesto notificar a la Sra.
NATALIA BELEN REINOSODNI N 25.501.667, lo siguiente: San Salvador de Jujuy, 25 de Abril de 2023. Téngase presente el juramento de ley, prestado por la actora respecto al domicilio de la accionada, en consecuencia y, atento a las constancias de autos y lo solicitado por la actora en el escrito que antecede, ordénese la notificación por edictos de la citación a la ejecutada, Fdo. Esteban Eduardo HansenJuez Federal.- San Salvador de Jujuy, 10 de Agosto de 2022. Atento lo informado por Secretaría, y constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto y téngase por reconocida la documentación acompañada y por preparada la vía ejecutiva de conformidad a lo establecido en los arts. 525 y 526 del C.P.C.C.N. En consecue ncia, líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de Natalia Belén Reinoso hasta hacer la parte actora íntegro pago de la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON VEINTICUATRO CENTAVOS $43.897,24 en concepto de capital, con más la de PESOS SEIS MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO $6.584 calculada provisoriamente para responder a acrecidas del juicio. En defecto de pago, trá bese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado, hasta cubrir los importes mencionados, los que serán denunciados en el momento de la traba por el apoderado de la actora y/o la persona que el mismo indique, debiendo designarse depositario judicial de los mismos al propio afectado o a persona de responsabilidad y arraigo. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo plazo constituya electrónico conforme Acordadas n 31/11, 14/13 y 38/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo apercibimiento de tenérselo por notificado Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: martes y viernes. Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, quién queda facultado para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario.- Fdo. Esteban Eduardo Hansen-Juez Federal.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días. San Salvador de Jujuy, de de 2023.11/13 SEPT. LIQ. Nº 33425 $1.100,00.Hago saber que el Dr. Esteban Eduardo Hansen, Juez Federal del Juzgado Federal N 1 de Jujuy, Secretaría Civil N1, en el expediente N FSA 5631/2022, caratulado: BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MERILES, MERCEDES VIRGINIA s/ EJECUCIONES VARIAS, ha dispuesto notificar a la Sra.
MERCEDES VIRGINIA MERILESDNI N 21.324.418, lo siguiente: San salvador de Jujuy, 15 de Junio de 2023. Visto las constancias de autos y lo solicitado por la parte actora en el escrito que antecede, téngase por cumplido el requisito dispuesto por el art. 145 de CPCCN y ordénese el libramiento de edictos a fin de proceder a notificar lo dispuesto en autos, de conformidad a lo dispuesto en los arts. 145 y 343 del CPCCN. Fdo. Esteban Eduardo Hansen-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/9/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date11/09/2023

Page count44

Edition count1243

Première édition10/01/2018

Dernière édition31/07/2024

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