Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Julio, 14 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 78

ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y la Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8285-MS/2023.EXPTE. N 1414-352/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Concédase sesenta160 días de Licencia Excepcional con goce de haberes, a favor del personal dependiente dé Policía de la Pr ovincia que a continuación se nomina, conforme las previsiones del artículo 25 inc. f del Reglamento del Régimen de Licencias Policiales R.R.L.P.:
01 Comisario Mayor 02 Comisario Inspector 03 Comisario 04 Sub Oficial Mayor 05 Sub Oficial Principal 06 Sub Oficial Principal 07 Sargento Ayudante 08 Sargento Ayudante 09 Sargento Ayudante 10 Sargento Ayudante 11 Sargento Ayudante 12 Sargento Primero
JUAN JOSE ATIENZO MAILLO
LEANDRO RAUL AYARDE
RUBEN EDUARDO VASQUEZ
ENRIQUE ARIEL RODRIGUEZ
CARLOS ANGEL GALLARDO
NOEMI CHIRI
JUAN CLEMENTE TORREZ PEREZ
MARCELO ARIEL BARROZO
SERGIO EDUARDO MARTINEZ HUARANCA ALDO RODRIGO MENDIETA
BEATRIZ MATILDE PAREDES
LUIS ALBERTO MARCOS

LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.
LEG.

13.210
13.955
13.962
13.353
13.479
13.583
13.927
14.118
14.133
14.135
14.139
13.864

ARTICULO 2.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por él capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley N 1.886/48.ARTICULO 3.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase a la Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8293-ISPTyV/2023.EXPTE. Nº 200-485/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Será autoridad de aplicación de la Ley N 6.330 "De adhesión a la Ley Nacional N 27.453 Régimen de regularización dominial para la integración socio urbana" la "Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda" o el organismo que en el futuro la reemplace.ARTÍCULO 2º.- Facúltese a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la operatividad de la Ley N 6.330.ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda para demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8294-E/2023.EXPTE. N 1056-17062/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N 1056-17062-19 caratulado "COORDINACION
GRAL. DE CDI MUNICIPALES - S/CARGOS DOCENTES PARA LAS INSTITUCIONES MIMITOS Y OTROS", cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26-0 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023, Ley N 6325, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 8313-E/2023.EXPTE. N 1056-10983/22.-

2272

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/7/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date13/07/2023

Page count24

Edition count1244

Première édition10/01/2018

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition