Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 13 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 06
LEYES - DECRET OS - RESOLUCIONES

DECRETO Nº 3736-MS/2021.EXPTE. Nº 1414-867/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2021.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al CABO PRIMERO GALLARDO
FERNANDO JAVIER, D.N.I. N 29.976.446, Legajo N 16.313, por infracción al artículo 15 inc. a y z agravado por el artículo 40 inc. g del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial R.R.D.P., conforme lo dispuesto por el artículo 26 inc. a del mismo cuerpo legal.ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia notifíquese a los funcionarios con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y concordantes de la Ley Nº 1.886/48.ARTICULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5792-DEyP/2022.EXPTE Nº 660-270/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 JUN. 2022.VISTO:
El Decreto-Acuerdo N 1143-G/2020, el Decreto N 2568-DEYP/2021, el Decreto N 3666-DEYP/2021 y la Resolución N 410-DeyP/2021; y CONSIDERANDO:
Que, por Decreto-Acuerdo N 1.143-G/2.020 y sus modificatorias, se creó el "Programa de Asistencia Económica COVID-19" destinado a actividades no esenciales o no habilitadas para funcionamiento como supuestos de excepción del "Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio" dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, concordante con la "Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica" consagrada a partir del Decreto Acuerdo Provincial N 696S-2.020;
Que, por Decreto N 2568-DEYP/2021 se crea el "Programa de Respaldo Productivo y Comercial" integrado por los fondos recuperados de los créditos otorgados mediante el "Programa de Asistencia Económica y Productiva COVID-19" dispuesto por el Decreto Acuerdo N 1143-0-72020 y sus modificatorias;
Que, mediante Decreto N 3666-DEYP/21, se crea el "Programa de Fomento y Respaldo para la Actividad Económica Productiva, Industrial y de Servicios"
destinado a personas físicas y jurídicas que se encuentren registradas como responsables inscriptos, y desarrollen actividades que sean del ámbito de competencia del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, cuyos fondos recuperados están destinados al otorgamiento de nuevos créditos;
Que, mediante Resolución N 410-DEYP/2021, se crea el Programa de Asistencia Económica y Productiva COVID-19 Ejercicio 2021, destinados a aquellos sectores afectados por el CORONAVIRUS COVID-19, cuyas erogaciones se afrontaron con la Partida Presupuestaria P-1 - MINISTERIO DE
DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION 4-5-940-0 "AYUDA ECONOMICA COVID-19";
Que, a los fines de dar cumplimiento al artículos 71 y 72 de la Constitución Provincial, lo cuales establecen los principios generales del régimen económico y promoción de la actividad económica, resulta oportuno integrar el Programa de Respaldo Productivo y Comercial, con los fondos recuperados del mismo Programa, del Programa de Fomento y Respaldo para la Actividad Económica Productiva, Industrial y de Servicios, del Programa de Asistencia Económica y Productiva COVID-19 - Ejercicio 2021, y de cualquier programa que en su futuro lo reemplace;
Por ello, y en uso de sus facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Intégrase el "Programa de Respaldo Productivo y Comercial" creado mediante Decreto N 2568-DEYP/2021, con los fondos recuperados mediante el mismo programa, como así también por los fondos recuperados del Programa de Fomento y Respaldo para la Actividad Económica Productiva, Industrial y de Servicios, del Programa de Asistencia Económica y Productiva COVID-19 Ejercicio 2021, y de cualquier otro programa que en su futuro lo reemplace; por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2º.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a reglamentarlas condiciones de acceso al "Programa de Respaldo Productivo y Comercial", establecer los montos máximos de subsidios y créditos del mismo, determinar la tasa de interés anual, plazo de gracia, garantías, forma de cobranza, rendición de cuentas, y demás consideraciones necesarias para su otorgamiento, dejando sin efecto el art. 4 y 6 del Decreto N 2568DEYP/2021 a partir del presente.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma íntegra, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción para demás efectos, ARCHIVESE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 5914-S/2022.EXPTE. N 761-28096/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 JUN. 2022.VISTO:
El Decreto Acuerdo N 3510-G-2021, Circular N 006-DPP/21; y, CONSIDERANDO:
Que, obra informe de la Dirección Provincial de Personal del cual surge que los agentes que cumplen funciones en el Instituto de Seguros de Jujuy dependiente del Ministerio de Salud, acreditan más de cinco 5 años de prestación de servicios efectivos, continuos e ininterrumpidos al 31 de diciembre de 2020.Que, el Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado emite dictamen favorable, compartido por la Coordinación de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, del que se desprende que, se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente acto administrativo.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date13/01/2023

Page count39

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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