Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 13 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 06

Agreg. Nº 1050-329-20.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N 1056-17813-17 caratulado "APROBACION DE
RESOLUCIÓN - RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS NIEVA, MONICA LILIANA - CUIL N 27-16.756.435-1 FOTOGRAFIA II ANUAL DE 4
AÑO 2 DIVISION CARÁCTER INTERINO PROFESORADO DE ARTES VISUALES, cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actua ciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26-0 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2022, Ley N 6256, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto y C ontaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6995-E/2022.EXPTE Nº 1059-850-21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N 1059-850-21, caratulado: "S.I.E.
SI VIATICOS PARA EL PERSONAL DE LA SIE", cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-1-26 " Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N 62 56/2021 debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7006-S/2022.EXPTE. Nº 714-504/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dejase sin efecto el Decreto N 4128-S-2021, de fecha 21 de septiembre de 2.021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Adecuase al Licenciado en Enfermería Carlos Alberto Quispe, CUIL 20 -16991457-6, al cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R 6-01-02 del Hospital Pablo Soria a partir de la emisión del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la partida presupuestaria, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.022:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.022, Ley N 6256, prevé en la Jurisdicción "R" Ministeri o de Salud, Unidad de Organización R 6- 01-02 Hospital Pablo Soria, la partida Gasto en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01 -01-01-01-01-23
"Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción K Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7013-S/2022.EXPTE Nº 721-292/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2022 - Ley N 6256, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION R MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-09 Hospital Guillermo C. Paterson SUPRIMASE
Categoría N de Cargos E
1 Agrupamiento Profesional Escalafón Profesional
195

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date13/01/2023

Page count39

Edition count1245

Première édition10/01/2018

Dernière édition05/08/2024

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