Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Enero, 13 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 06

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6958-S/2022.EXPTE. Nº 719-070/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efectos el Decreto N 4229-S-2021, de fecha 04 de octubre del 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- Adecuase a la agente Mercado Yesica Marisol, CUIL N 27- 30645976-2, en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413 de la Unidad de Organización R6-01-07 Hospital "Dr. Arturo Zabala" a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a la Partida que a continuación se indica:
EJERCICIO 2022:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos -Ejercicio 2022, Ley 6256, prevé para la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización, Organización R6-01-07 Hospital "Dr. Arturo Zabala", la Partida Gasto en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6969-S/2022.EXPTE. Nº 721-908/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adecuase a la Licenciada en Enfermería Andrea Lorena Arraya, CUIL N 27-27883365-3, en el cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R 6-01-09 del Hospital Dr. Guillermo C. Paterson, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la partida presupuestaria, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.022:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.022, Ley N 6256, prevé para la Jurisdicción "R" Mini sterio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson, la partida de Gasto en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-0101-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4.- Regístrese Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6981-E/2022.EXPTE. Nº 1056-4418-15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N 1056-4418-15, caratulado:
"BALBINA VILCA S/ PAGO DE COMPLEMENTARIAS 2011-2012 DE 2 HS. TIT. DE LA ESC. DE EDUC. TEC. N 1 "GRAL. SAVIO", cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-1-26" Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N 6256/2021, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6982-E/2022.EXPTE. Nº 1061-898-16.Agreg. 1056-664-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N 1061-898-16, caratulado:
"SUPERVISION DE ESCUELAS NOCTURNAS S/ELEVA DOCUMENTACION QUE AVALE LAS DESIGNACIONES DE LAS SRAS. MARCELA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/1/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date13/01/2023

Page count39

Edition count1245

Première édition10/01/2018

Dernière édition05/08/2024

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