Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Noviembre, 25 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 132

Secretario de Egresos Públicos DECRETO Nº 5421-HF/2022.EXPTE Nº 500-152-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fíjese, a partir del 1 de abril de 2022, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor de lo s trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.ARTICULO 2º.- La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupue sto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.ARTICULO 3.- Invitese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.ARTICULO 5.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Of icial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presup uesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5558-HF/2022.EXPTE Nº 500-202-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 MAY. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fíjese, a partir del 1 de mayo de 2022, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor de los trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.ARTICULO 2º.- La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.ARTICULO 3º.- Invitese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presup uesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6394-S/2022.EXPTE Nº 700-308-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2022.VISTO:
La vacancia del cargo de Presidente del Directorio de la "Compañía de Seguros de Jujuy Sociedad del Estado"; creada por Ley Provincial N 6291; y, CONSIDERANDO:
Que, resulta imperioso proceder a la cobertura de mencionado cargo para garantizar el efectivo funcionamiento de la "Compañía de Seguros de Jujuy Sociedad del Estado".
Por ello, en uso de facultades que son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Designase, a partir de la fecha del presente Decreto, Presidente del Directorio de "Compañía de Seguros de Jujuy Sociedad del Estado", al Licenciado en Administración de Empresas CARLOS RODOLFO GROSSO, D.N.I. N 16.031.594, de conformidad a lo expresado en el exord io, y lo establecido en el Art. 2 y concordantes de la Ley Provincial N 6.291, y art. 12 inc. a del Decreto Reglamentario N 6392 -S/22.ARTICULO 2º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación integral y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto; Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6395-S/2022.EXPTE Nº 700-309-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2022.VISTO:
La vacancia del cargo de Vice Presidente del Directorio de la "Compañía de Seguros de Jujuy Sociedad del Estado", creada por Ley Provincial N 6291; y, CONSIDERANDO:
Que, resulta imperioso proceder a la cobertura de mencionado cargo para garantizar el efectivo funcionamiento de la "Compañía de Seguros de Jujuy Sociedad del Estado".
Por ello, en uso de facultades que son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

3241

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/11/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date25/11/2022

Page count117

Edition count1231

Première édition10/01/2018

Dernière édition05/07/2024

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