Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 16 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 104

quien se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- 2.- Notifíquese art.154 del C.P.C. Fdo. Dra. María Julia Garay-Juez por Habilitación - Ante mi Dra. Gabriela Montiel S. Prosecretariahojas 19/20 Por la presente se le hace saber en el Expte. N C-122.550/18, caratulado: "Ejecutivo: BUSTAMANTE, JAVIER
VILLALAIN c/ MULQUI, NICOLAS ENRIQUE", se ha dictado la siguiente Resolución: "San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2019.- Autos y Vistos Resulta -Considerando -Resuelve: Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Sr. JAVIER VILLALAIN BUSTAMANTE en contra del Sr.
NICOLAS ENRIQUE MULQUI, D.N.I. N 36.851.101, hasta que la primera se haga integro pago del capital reclamado de Pesos Veinti ocho Mil Cuatrocientos Cincuenta con Cero Ctvo. $28.450,00.- con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. N B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro", L. A. 54, Fo 673-678- N 235, desde la mora acaecidas en fechas 02/10/17 y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2 Imponer las costas a la demandada vencida Art. 102 del C.P.C. 3 Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente, hasta tanto exista planilla de liquidación siguiendo lo establecido en los Art.24 y 58 de la Ley N 6.112.- 4 Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian CabanaJuezAnte Mi Dra. María Silvia Molina-Prosecretaria.- Secretaria N 7, San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo del 2.019.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 27 de Mayo del 2022.16/19/21 SEPT. LIQ. Nº 29730 $1.350,00.Dr. José Alejandro López Iriarte-Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Sala Primera, Presidente de trámite en el Expte. Nº B210.890/09, caratulado: Ordinario por Cobro de Sumas de Dinero/Pesos: GARCIA, CLAUDIO ARNALDO c/ PRIETO, FLAVIO EFRAIN, procede a notificar las siguientes resoluciones: San Salvador de Jujuy, 11 de Julio de 2022. I - A lo solicitado mediante escrito nº 289071 del 28-06-22 por la Dra. Emma Arias, atento los informes de la Secretaria Electoral y el resultado negativo de las diligencias de notificación, conforme lo dispone el art. 162 del Código Procesal Civil, notifíquese al demandado, FLAVIO EFRAIN PRIETO, la sentencia de fecha 10 de Abril de 2019, la que deberá transcribirse, los decretos de fecha 07/03/22 y 25/03/22 fs. 195 y 199 respectivamente y el presente decreto por EDICTOS que deberán publicarse TRES VECES en CINCO DIAS en un diario local y en el Boletín Oficial. Por igual plazo se lo intima a constituir domicilio legal en radio de tres kilómetros del asiento de esta Sala y Vocalía. II Conforme el art. 72 del CPC, deberá la interesada confeccionar los edictos y presentarlos para control y firma por Secretaria en el plazo de cinco 5 días de notificada la presente providencia y una vez retiradas de barandilla en el plazo de diez 10 días acreditar la diligencia. III.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr.
José Alejando López Iriarte-JuezAnte mí: Dra. Eleonora A. Calluso-Prosecretaria-. Sentencia 10/04/19: SAN SALVADOR DE JUJUY, de abril de 2019:
RESUELVE: 1º Regular los honorarios profesionales de la Dra. Emma María Mercedes ARIAS, como patrocinante de la parte actora, en la suma de pesos TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS $3.333,33 y los de la Dra. Marta Alicia LAMAS, como patrocinante de la parte demandada en dos etapas - demanda/pruebaen la suma de pesos MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CINCO
CENTAVOS $1.555,55. Con más IVA si correspondiere. En caso de mora, las sumas devengarán intereses que se calcularán aplica ndo la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina conforme al fallo Zamudio c/ Achi LA Nº 54 Fº 673/678 Nº 235
del 11/5/11, desde la fecha indicada en la planilla de liquidación fs. 149: 21/3/17 y hasta su efectivo pago. 2º Regístrese, agréguese copia en autos, dése intervención a C.A.P.S.A.P. y notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau -Vocal Presidente de TrámiteDra. Elba Rita Cabezas -VocalDra. Lis Marcela Valdecantos Bernal -Vocal Habilitadaante mí Dra. Norma Yamila Cazón -SecretariaDECRETO 07/03/22: San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2022. 1 Proveyendo a lo solicitado por la Dra. Emma María Mercedes Arias a fs 193 de la actualización de planilla de liquida ción presentada la que asciende a la suma de pesos siete mil quinientos cincuenta con cinco centavos $7.550,05 póngase la misma a observación por el término de cinco días. 2 Al pedido de embargo denuncie la interesada los bienes a embargar. 3 Cumplido que sea, se proveerá lo que por derecho corresponda. 4 Notifíquese por cedula. Fdo.: Dr.
José A. López Iriarte - Juez. Ante mi: Dra. Eleonora A. CallusoProsecretaria.- DECRETO 25/03/22: San Salvador de Jujuy, 25 de marzo de 2022. Atento el informe actuarial que antecede que expresa lo siguiente: la Dra. Defensora Oficial, Dra. Silvia T. Maurin, presenta informe del Departamento de Peritos Contadores del Poder Judicial. Asimismo informo que planilla de liquidación de fs. 194 ha quedado firme y consentida., en co nsecuencia, APRUÉBASE LA
PLANILLA DE LIQUIDACIÓN de fs. 194. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. José Alejando López Iriarte JuezAnte mí: Dra. Eleonora A. Calluso Prosecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un diario local de circulación masiva.- Secretaría: Dra. Eleonora A.
Calluso, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 02 de septiembre de 2022.16/19/21 SEPT. LIQ. Nº 29687 $1.350,00.-

EDICTOS DE CITACION

Juzgado de Primera Instancia N 3- Secretaria N 5, en el Expte. N C-162595/20, caratulado: Ejecutivo: JURE, JUAN JULIAN c/ BARAHONA MARCOS
IVAN, cita y emplaza por treinta 30 días al Sr. MARCOS IVAN BARAHONA, DNI N 34.336.274.- San Salvador de Jujuy, 08 de Junio de 2020.- 1Proveyendo el escrito que antecede, téngase por cumplido, el requerimiento efectuado en providencia de fs.5.- 2- De conformidad con lo dispuesto por los Arts.
472 inc. 4, 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. MARCOS IVAN BARAHONA DNI N 34 .336.274 con domicilio en calle El Jazmín N 108 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, por la suma de Pesos: $50.000.-, en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos: $25.000.-, calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- En el mismo acto, requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante.- Cítese de remate a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrase traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de Ley art . 52 del C.P.C..- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- A tal fin líbrese mandamiento, con las facultades inherentes del caso.Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- SecretariaDra. María Laura López Pfister.- Publíquese en Boletín Oficial y Diario Local por tres veces en cinco 5 días.16 SEPT. LIQ. Nº 29760 $450,00.Por disposición del Agente Fiscal a cargo de la Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Contra la Administración Publi ca N 2 Dr. Diego Ignacio Funes, Secretaria a cargo del Dr. Sebastian Ruiz, en el Expte. Nº P-244.749-MPA caratulado: FERREYRA RODRIGO ALEJANDRO P.S.A. COECHO
ACTIVO y FIGUEROA JUAN GABRIEL P.S.A. COHECHO PASIVO -CIUDAD-, se cita, llama y emplaza al s/Inculpado: FERREYRA RODRIGO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/9/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date16/09/2022

Page count57

Edition count1242

Première édition10/01/2018

Dernière édition29/07/2024

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