Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/9/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Septiembre, 16 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 104

ARTÍCULO 5.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la "Dirección Provincial de Presupuesto; Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva ál Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5952-S/2022.EXPTE. Nº 716-294/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispónese la promoción de la agente Lucia Esther González CUIL 23-14787575-4, al cargo categoría A-5 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R6-01-04 Hospital "San Roque", a partir del 1 de enero de 2022, en el marco de lo establecido en la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2022:
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6256, para la U. de O.: "R6-01-04" Hospital San Roque, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro - denominada 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".
ARTÍCULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del articulo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al articulo 100 Bis de la Ley N 3161/74, modificado por Ley N 5748.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 5.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 5969-ISPTyV/2022.EXPTE. N 615-690/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1.- Adécuase a la Lic. Carolina Noemí APARICIO, CUIL N 23-27176222-4, al cargo Categoría A-1, Escalafón Profesional Ley N 4413, de la Planta Permanente de la U. de O. "G-2" Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, dependiente de la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizados, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTÍCULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1, se atenderá con la siguiente partida, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6256 - Ejercicio 2022:
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN
FINALIDAD:
FUNCIÓN:
Sección:
Sector:
Partida Principal:
Partida Parcial:

G2
4 2
1.0.0.0.0.0
1.1.0.0.0.0
1.1.1.0.0.0
1.1.1.5.0.0

INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY
BIENESTAR SOCIAL
VIVIENDA Y URBANISMO
EROGACIONES CORRIENTES
OPERACIÓN
PERSONAL
PLANTA PERMANENTE - CON RECURSOS PROPIOS

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tomen Razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Pro vincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal e Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5988-CyT/2022.EXPTE. Nº 1301-143-2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase, a partir del 1 de Enero de 2022, a la Categoría 24 Agrupamiento Administrativo del Escalafón General Ley N 3161/7 4, al Sr. , QUIPILDOR, RAUL ARNALDO, CUIL 20-13121057-5, personal de planta permanente de la Secretaría de Cultura, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-11-07, reglamentario de la Ley N 5502, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2022

2336

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/9/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date16/09/2022

Page count57

Edition count1242

Première édition10/01/2018

Dernière édition29/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones