Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/6/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Junio, 29 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 71

154 del C.P.C..- Fdo. Dr. Diego Armando PucaJuezAnte Mí: Dra. Beatriz RojasSecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 6 de Octubre del 2020.29 JUN. 01/04 JUL. LIQ. N 28706 $1.350,00.Tribunal de Familia Sala I Vocalía N 3, en el Expte. Nº C-148394/2019 caratulado: AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA: QUISPE, JAQUELINA
MAYRA c/ GUTIERREZ, GONZALO GABRIEL Secretario: Dr. Juan Manuel Álvarez GarcíaProsecretario.- Se procede a notificar por este medio al Sr.
GONZALO GABRIEL GUTIERREZ DNI N 40.710.821 el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 04 de Mayo de 2022.- I.- Atento al informe actuarial que antecede, las constancias de autos y proveyendo a lo peticionado por el Dr. Gustavo Ávila en escrito Nº 244005, toda vez que el demandado no ha contestado el traslado conferido, dese por decaído el derecho que han dejado de usar y hágase efectivo el apercibimiento del Art. 52 del C. P. C., mandándose a notificar por edictos, la presente por última vez al accionado y en lo sucesivo por Ministerio Ley.- II.- Comisiónese al Dr. Gustavo Ávila, para la confección de las medidas ordenadas Art. 72, 5 y 50 del C. P. C.. Asimismo, hágase saber al letrado que la presentación de las diligencia s deberán consignarse dentro de la opción de oficios colaborativos/ cédulas domiciliarias/ mandamientos según corresponda, que puede visualizarse en la pantalla principal al iniciar sesión en el Sistema Integral de Gestión Judicial Acordada Nº 86/2020 del Superior Tribunal de Justicia.- III.- Notifíquese por cédula Art. 155 del C. P. C. de la Provincia de Jujuy.- Fdo.: Dra. Martha A. Del R. Rosembluth, JuezaAnte Mí Dr. Juan Manuel Álvarez García, Pro-Secretario.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 7 de Junio de 2022. 29 JUN. 01/04 JUL. LIQ. N 28680 $1.350,00.Dra. María Del Huerto Sapag, Juez de Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II -Vocalía 6, en el Expte. Nº C-164113/2020, Caratulado: Ejecución de Sentencia en Exp. Principal C-015337/2013: ARIAS EMMA MARIA MERCEDES c/ HINOJOSA ADRIAN RAFAEL se notifica por este medio al demando, Sr. HINOJOSA ADRIAN RAFAEL, la siguiente RESOLUSION: -San Salvador de Jujuy, 13 de mayo del 2.020 Visto: el Expte. Nº C-164.113/20
"Ejecución de Sentencia: Arias Emma María Mercedes c/ Hinojosa, Adrián Rafael y; Considerando. IV.- Por ello, la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, Resuelve: 1º Mandar llevar adelante la ejecución de sentencia y honorarios seguida por la Dra. Emma María Mercedes Arias por sus propios derechos y en nombre y representación de Emilce Abigail Cabrera hasta hacerse acreedor integro pago de $ 27.675,31 con mas lo s intereses consignados en los considerandos. 2º Costas cargo de la vencida. 3º Difiérase la regulación de los honorarios profesionales para el momento en que ex ista planilla de liquidación actualizada. 4º Protocolizar, agregar copia en autos, notifíquese por cedula a las partes, a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección de Rentas. Fdo. Dres. María del Huerto SapagEnrique R. MateoJorge Daniel AlsinaJuecesAnte Mi Agustina TaglioliProsecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en su caso de incompetencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- San Salvador de Jujuy, de Mayo de 2022.29 JUN. 01/04 JUL. LIQ. N 28807 $1.350,00.Dr. Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaría Nº 3, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-155.305/20, caratulado: Ejecutivo CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISIÓN SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY
CAPSAP c/ SARMIENTO, SERGIO ANTONIO, hace saber al Sr. SERGIO ANTONIO SARMIENTO la Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 21 de febrero de 2020.- Por presentado el Dr. Pablo Rafael Sodero por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CAPSAP a merito del poder general para juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta. Atento a la demanda ejecu tiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado, Sr. SARMIENTO SERGIO ANTONIO, mandamiento de pago, ejecución y embargo, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON CUARENTA Y SEIS
CENTAVOS $58.572,46 en concepto de capital reclamado, con más la de PESOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON
VENTITRES CENTAVOS $29.286,23, calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. Asimismo, cítesel o de remate para que oponga excepciones legítimas, si las tuviere, en el término de cinco 5 días, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 3, sito en calle Ind ependencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución. Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificada por Ministerio de ley todas las posteriores resoluciones que se dicten arts. 52 y 154 del C.P.C - Fdo. Dr. Diego Armando Puca-JuezAnte Mí: Dra. Natacha BuliubasichProsecretaria Técnica de Juzgado.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 17 de Agosto de 2.021.29 JUN. 01/04 JUL. LIQ. N 28833 $1.350,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaria N 8, en el Expte. N C-197.562/2022, caratulado: Acción de Cambio de Nombres por Supresión de Apellido Paterno: JONATAN EZEQUIEL FLORES JUAREZ" se hace saber a los interesados que se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 06 de mayo de 2020- Proveyendo el escrito de hojas 05/06 imprimase a las presentes actuaciones el tramite de Juicio Sumarísimo Art. 70
del C.C.C.N. art. 290 y 395 y siguiente del C.P.C., en consecuencia, tratándose de la supresión del apellido paterno, publíquese Edicto s en el Boletín oficial y un diario local una vez por mes en el plazo de dos meses. Podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la ultima publicación.- III.----IV.- Asimismo líbrese oficio a la Dirección General de Inmueble; Registro de la Propiedad del Automotor Mº 1, 2 y 3, Registro Pu blico, Registro de Marcas y Señales; Municipalidad de la Capital; Dirección de Rentas; Entidades bancarias; Registro de Minas; Registro Nacional de la Propiedad Automotor con competencias de Maquinarias Agrícolas, viales e Industriales y de créditos Prendarios para que informen sobre la existencia de deudas, créditos, inhibiciones e inhabilitaciones en contra del SR. JONATAN EZEQUIEL FLORES JUAREZ DNI. Nº 32.369.205 Art.43 Ley Pcial.3327776 ; al Registro del estado Civil y Capacidad de las Personas a fin de que informe si sobre el nombrado pesa incapacidad Art.76DL Nacional Nº 8204/63; al Juzgado Federal Nº 1, Nº 2; Mesa General de Entradas de San Salvador de Jujuy y del Centro Judicial de San Pedro sobre si el Sr. JONATAN EZEQUIEL FLORES JUAREZ
DNI. Nº 32.369.205 es actor o demandado en alguna causa.- V.- Facúltese para el diligenciamiento de los oficios a la Dra. Erica E. Vega y/o la persona que ella misma indique.- VI.- VII.- VIII.- IX.- Notifíquese por cédula y Ofíciese.- Fdo. Dr. Ricardo Sebastián Cabana-Juez-Ante Mí: Dra. María Cecilia Hansen-Secretaria.- Publíquese por edictos en el boletín oficial y en un diario local una vez al mes por un lapso de 2 meses.- San Salvador de Jujuy, 01 de Junio de 2022.29 JUN. 29 JUL. LIQ. N 28844 $900,00.-

1416

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/6/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date29/06/2022

Page count33

Edition count1234

Première édition10/01/2018

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2022>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930