Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 03 de 2021.-

Boletín Oficial Nº 26

Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 945-S/2020.EXPTE. Nº 222-2265/12.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAYO 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modificase parcialmente el Decreto N 5309-S-2014, de fecha 05 de agosto de 2014, en su el artículo 2, quedando redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 2.- Téngase por adecuada a la Sra. María de los Ángeles OLMOS, CUIL N 2723985811-8, en el cargo categoría A-1 1-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R601-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 20 de julio de 2012". ARTICULO 2.- La erogación que demandará lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2020, Ley N 6149:
EJERCICIO 2020:
La partida prevista en la Jurisdicción "L" DEUDA PUBLICA, denominada 03-10-15-01-27 "Gtos. De Juicio contra el Estado Pcial. Fiscalía de Estado". ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Notifíquese. Torne razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 960-E/2020.EXPTE. Nº 1050-165-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAYO 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Acéptase la renuncia presentada por el CPN ROBERTO MAXIMILIANO ROSAS
BERNAL, D.N.I. 26.501.597, al cargo de Jefe del Área Liquidaciones, dependiente de la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Educación, con retroactividad al 31 de marzo de 2020.ARTICULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 983-S/2020.EXPTE Nº 728-005/13.Nº 728-255/12, Nº 728-077/13 y Nº 728-181/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rectificase parcialmente el Anexo II del. Decreto N 2199-5-16, de fecha 11 de octubre de 2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ANEXO II U. de O.: R2-02-16 HOSPITAL "NTRA. SEÑORA DEL ROSARIO"
AGRUPAMIENTO SERVICIOS GENERALES
APELLIDO Y NOMBRE
C.U.I.L.
CATEGORÍA
CATEGORÍA
ACTUAL
A ADECUAR
Leaño, Arturo Gustavo 20-20104871-1
1 c-4
4 c-4
Oña, Freddy Luis 20-1 61 37175-1
20 e 20 e Oña, Rubén Abel 23-18509113-9
1 c-4
1 c-4
Trejo, Héctor Abel 20-22646925-8
1 c-4
1 c-4
AGRUPAMIENTO MANTENIMIENTO Y PRODUCCIÓN
APELLIDO Y
C.U.I.L.
CATEGORÍA CATEGORÍA
NOMBRE
ACTUAL
A ADECUAR
Velásquez, Oscar Rene 20-287-86634-9
1 c-4
1 c-4
ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 997-E/2020.EXPTE. Nº 1056-4206-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase el pedido de promoción escalafonaria presentado por la Sra. Máxima Martearena D.N.I. N 11.072.630, Personal de Servicios Generales de la Escuela de Educación Especial N 7 "Helen Keller", titular categoría 15 del Escalafón General de la Administración Pública, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr.
Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, y Dirección Provincial de Personal para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos y archívese.-

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C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1011-G/2020.EXPTE. Nº 200-119/20.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desígnase a partir del 1 de junio de 2020, Fiscal Contador de Vocalía del Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Contadora Pública NORMA GRACIELA AGUIRRE, D.N.I. N
22.583.168.ARTICULO 2.- Dese la correspondiente intervención a Escribanía de Gobierno.ARTICULO 3.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1076-E/2020.EXPTE. Nº 1056-14129-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora María Teodora Vargas, CUIL N 27-05919412-2, Personal de Planta Permanente, en el Bachillerato Provincial N 2 "Gobernador Jorge Villafañe", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto enel Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 5149, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.:
"F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada: 01-01-01-01-0160 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y. Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1078-E/2020.EXPTE. Nº 1056-14830-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora Miriam Elda Borda, CUIL N 27-14553339-8, Personal de Planta Permanente en Sección Despacho del Área Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.:
"F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada 01-01-01-01-0160 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase ala Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1082-E/2020.EXPTE. Nº 1056-16936-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Señora Nilda Cruz, CUIL N 27-14250549-0, Personal de Planta Permanente, en la Escuela N 174 "Santa Rita", dependiente del, Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I
del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/03/2021

Page count16

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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