Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 07 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 107

a continuación se indican:.
EJERCICIO 2019
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-17 Hospital Dr. Jorge Uro.EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.
ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido Vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10003-S/2019.EXPTE Nº 714-1710/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Dispónese la promoción de la Sra. Julián Eva Inés, CUIL 2706559794-8, al cargo categoría 24, Servicios Generales, escalafón general, en la U. de O.: R6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir del 1 de enero de 2019.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Recursos, Ejercicio 2.019, Ley 6113, prevé para la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O. 6-01-02 Hospital Pablo Soria, la partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-0101-01-37 "Adecuación Ley N4413 y Ley 5502", U. de O. "6" Secretaria de Salud de la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundopárrafo del artículo 3, Anexo I
del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 Bis de la Ley N 3161/74, modificado por Ley N 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 10031-S/2019.EXPTE. N 721-1211/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por designada a la Lic. Gisela Rosso, CUIL 27-29293207-9, en el cargo categoría A -1 i-1, Agrupamiento Profesional, Ley N 4413, para cumplir funciones de Licenciada en Nutrición en el Servicio de Alimentación del Área Programática N VII de la Planta Permanente de la U. de O.: R6-01-09 Hospital "Dr.
Guillermo C. Paterson", a partir del 23 de abril de 2018.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2019
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-09 Hospital "Dr. Guillermo C. Paterson".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas, a la Oficina de Crédito Publico a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.-

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C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 10402-S/2019.EXPTE. N 729-162/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por reconocido el adicional por permanencia en el servicio guardia del 30 % sobre la categoría de ingreso, a favor del Dr. Carlos Daniel Garzón, CUIL 20-28543001-2, cargo categoría A j-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4418, de la U. de O.: R6-01-17 Hospital "Dr. Jorge Uro", a partir del 30 de mayo de 2016.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las partidas Presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2019
La Partida prevista en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6
Secretaria de Salud, partida 1-1-1-1-2-153 "Regularización Adicionales Personal Ministerio de Salud".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para Conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 10808-S/2019.EXPTE. N 715-1854/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por la Dra. Adriana Beatriz Alcorta, CUIL 27-24511114-8, cargo categoría A j-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", con el adicional por permanencia en guardia del 30%, a partir del 11 de marzo de 2018.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6113, prevé en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaria de Salud, la partida 1-1-1-1-2-153 "Regularización Adicionales Personal-Ministerio de Salud".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26 "P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 10916-S/2019.EXPTE. N 781-137/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 OCT. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE
DE
U. de O.: R 1 Ministerio de Salud
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 6/9/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date06/09/2020

Page count16

Edition count1234

Première édition10/01/2018

Dernière édition12/07/2024

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