Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 15 de 2020.1 AGENTE
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Boletín Oficial Nº 57

RUIZ CRISTIAN SEBASTIAN ANTONIO 20-32607598-2
TORRADO FIGUEROA KAREN NICOLE 27-34969733-0
PAGANI MARIELA CECILIA
27-33255611-3
MARAZ PATRICIA VIRGINIA
27-30765042-3
NIEVA PABLO DAVID
20-28543205-8
ALANIZ CLAUDIA PATRICIA
27-21665878-2
UGARTE PABLO DARIO
20-32548877-9
ROLDAN ARIEL FRANCISCO
20-27232108-7
TORRES JOSE ISMAEL
20-29892969-5
MOLLERACH ANDREA CECILIA 27-28646734-8
ARNAUD MARIA CELESTE
27-25954651-1
TINTILAY ADRIANA ANALIA
27-31816990-5
GARCIA MARIA MAGDALENA
27-17502764-0
GONZALEZ VANESA ANDREA
27-34061112-3
CRUZ ELVIRA FATIMA
27-26663756-5
GONZALEZ NADIA CARINA
27-31455486-3
BENITEZ GABRIELA SOLANGE 27-31308387-5
LOPEZ CARLOS GUSTAVO
20-25166000-0
DIAZ MARIANA ROSANA DE LOS ANGELES 27-25064335-2
MAMANI JORGE DANIEL
23-30109639-9
COLQUI REINALDO RAMON
23-29717402-9
ALVAREZ SILVIA LORENA
27-29206403-4
MORALES PATRICIA FERNANDA DE LA MERCED 27-

ARTICULO 2.- Convalidase parcialmente la Resolución N 2185-DP/17
otorgando el alta en comisión en el cargo de Agente en el cuerpo de Seguridad Escalafón General, egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública a partir del 10 de Octubre del año 2017 los Auxiliares en Seguridad Pública a excepción de la Licenciada Senes Ursula Tamara.ARTICULO 3.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atendió con la respectiva partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos asignada a la Jurisdicción "Y" Ministerio de Seguridad Unidad de Organización "2A Policía de la Provincia de Jujuy" - EJERCICIO 2017
- Ley N 6001/16.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendad por los señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11351-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 612-171/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, agrupamiento Mantenimiento y Producción previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2018 al agente Pastor RUEDA, CUIL N 2011072755-1, personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3, Anexo I
del Decreto N 8865-H/2007, reglamentario de la Ley N 5502/05.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1 se atenderá con el Presupuesto General de Gastos y Recursos, Ejercicio 2019 - Ley N 6113 que prevé para la jurisdicción "V Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O: "V3A" Dirección General de Arquitectura, la partida Gastos en Personal; la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K"- Obligaciones a Cargo del Tesoro: 1-1-1-1-1-60: "Adecuación Ley 5502".
EJERCICIOS ANTERIORES: Periodo No Consolidado Se imputará a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores" y conforme a la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el Segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Articulo 100º bis de la Ley Provincial Nº 3161/74, a cuyos efectos arbitraran los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11427-G/2019.EXPTE. Nº 400-3047/16.-

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SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptase, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR, al cargo de Ministro de Hacienda y Finanzas, agradeciéndole los servicios presentados.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 77-OA/2020.EXPTE Nº 2100-108-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAY. 2020.LA FISCAL ANTICORRUPCIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Aprobar el "PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD - COVID19", el que como ANEXO I forma parte de la presente y que se aplicará mientras dure la emergencia sanitaria y epidemiológica, a todos los agentes que presten servicios en la Oficina Anticorrupción de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 2.- Aprobar el "CRONOGRAMA DE ASISTENCIA", el que como ANEXO II forma parte de la presente y que se aplicará mientras dure la emergencia sanitaria y epidemiológica, a todos los agentes que presten servicios en la Oficina Anticorrupción de la Provincia de Jujuy.Dra. Josefa del Valle Herrera Fiscal Anticorrupción RESOLUCION Nº 61-HF/2020.EXPTE Nº 500-159/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2020.VISTO:
Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nº 297/2020, N 328/2020, Nº 355/2.020, y sus prórrogas; los Decretos Acuerdo Provinciales N
696-S-20, 741-G-20, 750-G-20, y normas concordantes; y el Decreto Acuerdo N
749 - HF- 2020 ratificado por Ley N 6162 y;
CONSIDERANDO:
Que en función de la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"
dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional mediante los D.N.U. N 297/2020, N
328/2020, Nº 355/2.020, y sus prórrogas; y concordante con ello la "Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica" dispuesta por los Decretos Acuerdo Provinciales N 696-S-20, 741-G-20, 750-G-20 y normas complementarias; fue decisión de la Provincia exceptuar mediante Decreto Acuerdo N 749-HF-2020 entre otras medidas -por el mes de abril del corriente año, del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los Monotributistas, sujetos adheridos al régimen simplificado provincial del Impuesto Sobre Los Ingresos Brutos, incorporados al Régimen de Monotributo Unificado;
Que el artículo 3 del mencionado decreto acuerdo faculta al Ministro de Hacienda y Finanzas a extender la medida dispuesta en el presente por el/los período/s que estime, mientras continúe vigente la Emergencia sanitaria COVID 19;
Que, en función de la continuidad de la situación de emergencia sanitaria existente tanto a nivel provincial como nacional y mundial, es criterio disponer una nueva medida de ayuda a los monotributistas para el mes de mayo del corriente año;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 del Decreto Acuerdo N 749-HF-2020 ratificado por Ley N 6162;
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Exceptuar, para el mes de mayo del corriente año, del pago del 50% del Impuesta sobre los Ingresos Brutos a los Monotributistas, sujetos adheridos al régimen simplificado provincial del Impuesto Sobre Los Ingresos Brutos, incorporados al Régimen de Monotributo Unificado.ARTICULO 2.- Por la Dirección Provincial de Rentas se dispondrán las medidas y emitirán los actos administrativos a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente, como así también para su amplia difusión.
ARTICULO 3.- Previo registro pase al Boletín Oficial para su publicación, a la Dirección Provincial de Rentas Público, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y a la Dirección de Trámites y Archivos.C.P.N. Carlos Alberto Sadir Ministro de Hacienda y Finanzas RESOLUCION Nº 103-E/2019.EXPTE Nº 1050-617-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2019.LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Autorízase la implementación, por la cohorte 2020, de la carrera "TECNICATURA SUPERIOR EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO" del Instituto de Educación Superior N 7 "Populorum Progressio
IN.TE.LA con sede en la ciudad de Perico, CUE N 3800042-03, conforme al Diseño Curricular aprobado por Resolución N 3288-E/15.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/5/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date14/05/2020

Page count16

Edition count1243

Première édition10/01/2018

Dernière édition31/07/2024

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