Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 15 de 2019.-

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Boletín Oficial Nº 131

regulación de los honorarios profesionales de la Dra. Marta Laura Iriarte Duberti hasta que se practique planilla de liquidación.- 4 Agregar copia en autos, notificar por edictos, protocolizar, etc. Fdo. Dres. Enrique Mateo, Daniel Alsina y María del Huerto Sapag, Vocales, ante mí, Dra.
María Celeste Martínez, Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 21 de Octubre de 2019.15/20/22 NOV. LIQ. Nº 19456 $615,00.Dr. Diego Armando Puca Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaria N
4, en el Expte. N B-114384/18, caratulado: Ejecutivo: PARRAGA ELISA ANBELA c/
RAFAEL JOSE FEDERICO se notifica por este medio al demandado, Sr. RAFAEL JOSE
FEDERICO, el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 03 de Julio de 2018.- 1.- Por presentada a la Dra. González Claudia Susana, por parte y por constituido domicilio legal en nombre y representación de PARRAGA ELISA ANABELA conforme lo acredita con el Poder Gral. Para juicios que arrima a la causa.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado RAFAEL JOSE
FEDERICO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Sesenta Mil $60.000 por capital reclamado, con más la suma de Pesos Treinta Mil $30.000, calculada para responder a intereses legales y costa del presente juicio.- En defecto de pago trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial N 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímese al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten Art. 52 del C.P.C..- Fdo. Dra. Marisa Rondon, Juez Habilitada, Ante Mi, Dra. Beatriz Borja, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y el su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- San Salvador de Jujuy, 25 de Abril del 2019.-

Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme artículo 26 Inc. a del mismo cuerpo legal, firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES y por el Ministro de Seguridad Interino Crio. Gral. GUILLERMO RUBEN TEJERINA. En consecuencia se le notifica que en el término de 12 hs. el Sr. MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL
deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en Avenida 1 de Mayo N 988 predio Bajo la Viña Barrio Villa San Martín, la totalidad de los elementos provistos armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc. en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez N
1372 Barrio Centro ciudad Capital, todo ello bajo apercibimiento de iniciarse las Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados.- Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 9985-MS/19 a disposición del Sr. MARTÍNEZ
RAMÓN ARIEL.- Fdo. Alicia Guanuco-Comisario Inspector.- San Salvador de Jujuy, 07 de Noviembre de 2019.15/20/22 NOV. S/C.-

EDICTOS DE CITACION
Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Y
Comercial Nº 6, Secretaria Nº 12, en el Expte. Nº C-098560/17, caratulado: Ejecutivo:
CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FRANCO MARIO NICOLAS cita y emplaza al demandado SR.
FRANCO, MARIO NICOLAS D.N.I. Nº 28.975.078 para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de edictos pague ante este Juzgado y Secretaría la suma de Pesos Veintitrés Mil Cuarenta $23.040,00.- en concepto de capital con mas la de Pesos Cuatro Mil Seiscientos Ocho $4.608,00.-, calculadas provisoriamente para responder a intereses y costas del juicio.- En defecto de pago, se lo cita de remate, para que en igual término oponga excepciones legales que estime le correspondan, y por igual término deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley Art. 52 del C.P.C. y de nombrarle, en caso de incomparecencia como representante, al Defensor Oficial con quien se seguirá el juicio.Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la Provincia de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de Octubre del 2019.11/13/15 NOV. LIQ. Nº 19317 $615,00.-

15/20/22 NOV. LIQ. Nº 19426 $615,00.Dra. María Del Huerto Sapag, Vocal en Cámara Civil y Comercial Sala IIVocalía 6, en el Expte. Nº C-89879/17 caratulado Ordinario: El Nuevo Tonel c/ Jumbo Retail Argentina S.A.
y otros notifíquese a los terceros citados HEWIT OIL CO S.A. y El Camino Brandins S.A.
por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días: El Proveído de fecha 10/07/2019: San Salvador de Jujuy 10 de Julio del Año 2019. I.- Atento a las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. Juan Pablo Bianchedi a fs. 170, hágase lugar al apercibimiento ordenado mediante providencia de fecha 19/09/2017 punto II fs. 52, en consecuencia téngase por decaído el derecho de intervenir en el proceso a HEWIT OIL CO
S.A..II.- Notifíquese la presente providencia a HEWIT OIL CO S.A., mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días, imponiéndose la carga a la parte interesada, la que deberá ser presentada en el término de tres días y diligenciarla en igual plazo, bajo apercibimiento de ley.. III.- Notifíquese por Cédula. Fdo. Dra. María Del Huerto SapagJuezAnte Mí: Dr. Ezequiel R. TejerinaFirma habilitada.- El Proveído de fecha 27/08/2019:
San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto de 2.019. I.- Atento a las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. Juan Pablo Bianchedi a fs. 174, hágase lugar al apercibimiento ordenado mediante providencia de fecha 19/09/2017 punto II fs. 52, en consecuencia téngase por decaído el derecho de intervenir en el proceso a El Camino Brandins S.A. citado en calidad de tercero obligado. II.- Notifíquese la presente providencia a El Camino Brandins S.A., mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días, imponiéndose la carga a la parte interesada, la que deberá ser presentada en el término de tres días y diligenciarla en igual plazo, bajo apercibimiento de ley. III.- Notifíquese por Cédula. Fdo.
María Del Huerto Sapag-Juez-Ante Mi Agustina Taglioli-Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 09
Septiembre de 2019.15/20/22 NOV. LIQ. Nº 19391 $615,00.Departamento Personal, Policía de la Provincia de Jujuy: Reft.: Expte. Ministerial Nro. 14141284/19 Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. N Cde. 4-159-DP/19
caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Art. 189 inc. 13 de la R.L.O.P. concordante con el Art. 13 del R.R.D.P., por la presente se notifica al Oficial SubInspector TOLABA ARIEL EUSEBIO Legajo N 16.931, que mediante Resolución Nro.
1762-DP/2019, de fecha 31-07-2019, el Sr. Jefe de Policía de la Provincia Resuelve ARTÍCULO 4: Aplicar al Of. Sub-Inspector TOLABA ARIEL EUSEBIO Legajo N
16931, la sanción disciplinaria consistente en DIEZ 10 DIAS DE ARRESTO por haber infringido las disposiciones del Art 189 inc. 13 de la RLOP concordante con el Art. 13 del RRDP, por tramitar en forma negligente los presentes obrados, firmado por el Sr. Jefe de Policía Crio. Gral. Ernesto Guillermo Corro.- Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia de la Resolución N
1762-DP/19 a disposición del Oficial Sub Inspector TOLABA ARIEL EUSEBIO.- Fdo. Alicia Guanuco-Comisario Inspector.- San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2019.15/20/22 NOV. S/C.Departamento Personal, Policía de la Provincia de Jujuy Rfte.: Expte. Ministerial Nro. 14141877/18 Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. N Cde. 6-797-DP/16
caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Art. 15º Inc. a y z del R.R.D.P., por la presente se notifica al Sargento Primero MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL, que mediante Decreto Nro. 9985-MS/2019, de fecha 30-07-2019, el Sr. Gobernador de la Provincia DECRETA: ARTÍCULO 1: Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al Sargento Primero MARTÍNEZ RAMÓN ARIEL, D.N.I. N 23.926.378, Legajo N 13.384 por infracción al artículo 15 inc. a y z del
Por disposición del Titular de la Fiscalía de Investigación Penal N 12 Dr. Ernesto Lian Resua, Secretaria a cargo de la Dra. Florencia Zalloco, en el Expte. N 39803/19 caratulado: CAYO, SERGIO ANDRES P.S.A. Robo en circunstancias de Hurto Agravado. San Pedro. Se cita, llama y emplaza al inculpado CAYO, SERGIO ANDRES, DNI N 41.218.858, con domicilio en calle Caseros N 186 B La Merced de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Dpto. San Pedro, de la Provincia de Jujuy, para que se presente a estar a derecho en la causa de referencia, dentro de los cinco días posteriores a la última publicación del presente edicto, que se hará por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía en caso de incomparencia sin causa debidamente justificada Art. 120 del C.P.P..- San Pedro de Jujuy, 06
de Noviembre de 2019.13/15/20 NOV. S/C.El Juzgado de lera. Instancia en lo Civil y Com. 9na Nominación a cargo del Dr. Tomás L.
Méndez Curutchet; Secretaria I a cargo de la Dra. María José Araujo, del Poder Judicial de Salta, en los autos caratulados DIAZ RAMON ALBERTO c/ SAN JORGE
AUTOMOTORES; TANCO, ATILIO PATRICIO s/ ACCIONES LEY DEFENSA DEL
CONSUMIDOR, Expte N 611.891/17, cita a1 codemandado Sr. Tanco Atilio Patricio para que en el plazo de 10 diez días comparezca a tomar legal intervención, bajo apercibimiento de continuar e1 juicio en rebeldía, conforme lo normado por el Art. 59 del CPCC.- Pub1iquese por el plazo de 2 dos días consecutivos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación masiva de la Provincia de Jujuy, con transcripción del proveído de traslado de demanda fs. 28/29:
Salta, 1 de Marzo de 2018 a fs. 12/18: I Por promovida demanda que tramitará según las normas del proceso sumarísimo art 32, 498 C.P.CyC y art 52 de la Ley de Defensa al Consumidor.- II Cítese a los demandados en su domicilio real con 3 tres días de anticipación con más 3 tres días en razón de la distancia art. 158 del C.P.C:C a contestar la demanda a la audiencia del día 24 de Abril de 2018 a hs. 8:30. Prevéngase a las partes que la audiencia se celebrará con cualquiera de ellas que concurra art 502 del CPCyC, dependiendo hacer con asistencia letrada 46 y 56 C.P.Cy C.- III Asimismo, se les advierte a los demandados que deberán acompañar toda la prueba documental original presentada en un sobre con detalle de la misma en su tapa más dicho detalle en hoja aparte para agregarse en el expediente y que hasta dos días antes de la audiencia, tendrán que hacer conocer al Juzgado si van a ofrecer prueba pericial o de informes la que deberán proponer simultáneamente con los puntos de pericia o de informes, la que deberán proponer simultáneamente con los puntos de pericia art 460 y 497 del CPCyC y los oficios deberán librarse conforme el articulo 400 del Código Procesal Civil y Comercial , bajo la previsión de perder el derecho a estas pruebas art. 501 del CPCC.- IV
Intímese la constitución del domicilio procesal dentro del perímetro de esta ciudad bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones por ministerio ley art 40, 41 y 133 del CPCC mod. Por ley N 7566/09.- V intímese la denuncia del domicilio real bajo apercibimiento de notificarles las providencias que allí deban serlo en el domicilio procesal y en defecto también de éste, las notificaciones se practicarán conforme lo dispuesto por el art 41 in fine del Código Procesal Civil y Comercial notificado por ley N 7566/09.- VI Proveyendo a la prueba ofrecida por el actor,- A Documental: Téngase presente, agréguese a fs. 3/11 las copias simples que acompaña de la documental denunciada a fs 17.- Téngase presente la documental original presentada y reservada a fs. B Por ofrecida la Confesional del representante legal de SAN JORGE AUTOMOTORES, la que se recibirá en la audiencia fijada en el punto II
debiendo acompañar pliego de posiciones por escrito oportunamente.- Notifíquese a la demandada en su domicilio legal bajo apercibimiento de lo normado por el Art. 417 del C.P.C.C
podrá oponerse dentro del quinto día de notificada la audiencia a que absuelva posiciones el elegido por la parte actora, siempre que se justifique los supuestos previstos en la norma citada y bajo apercibimiento de allí dispuesto Art. 406 in fine CPCC Transcríbase ambas normas en la notificación.- Hágase saber a la actora que deberá concurrir en forma personal a la audiencia fijada en el punto III para el caso de que los demandados ofreciesen prueba confesional, bajo apercibimiento que si no compareciese puede quedar confeso art. 417 y 502 del CPCC.- C

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

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TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date14/11/2019

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Première édition10/01/2018

Dernière édition12/07/2024

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