Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 28 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 123

BUGEAU, concurren también a este acto en su carácter de únicos socios de "CULTIVAR S.R.L." y manifiestan expresamente que aceptan la cesión de las cuotas sociales y la correspondiente incorporación de LOS CESIONARIOS a CULTIVAR S.R.L. renunciando al ejercicio del derecho de preferencia estipulado en la Cláusula Séptima del Contrato Constitutivo y firman en consecuencia de conformidad. A su vez, siendo ambos cónyuges entre sí, manifiestan su asentimiento conyugal a la cesión de cuotas sociales de la firma CULTIVAR S.R.L. efectuada por ambos a favor de LOS
CESIONARIOS.- CLÁUSULA SEXTA. INSCRIPCIÓN: Se autoriza al Dr. Eladio Guesalaga a fin de que realice todas las acciones necesarias para obtener la inscripción la presente cesión en el Registro Público de Comercio de esta ciudad, dejándose expresa constancia que podrá efectuar las modificaciones que fueren requeridas por la autoridad de aplicación administrativa o judicial, como condición necesaria para su inscripción.- CLÁUSULA SÉPTIMA. JURISDICCIÓN Y
COMPETENCIA: Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la ciudad de San Salvador de Jujuy, renunciando expresamente y por este acto a cualquier otro fuero o competencia que pudiere corresponderles.- En prueba de conformidad y bajo las cláusulas que anteceden, las partes dejan celebrada esta Cesión de Cuota Societaria que se obligan a respetar y cumplir fielmente, ratificándose de su contenido los firmantes en dos ejemplares, todos de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 17 días del mes de mayo de 2018.Firmado: Gonzalo Bernal Torres Bugeau, D.N.I. 26.783.007 María Luz Saleme, D.N.I. 30.090.752.ACT. NOT. B 00408149 A 00212489 ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO TIT. REG. Nº 31
S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.-

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TÍTULOS OBTENIDOS: Ingeniero Industrial - ACTIVIDAD QUE CUMPLIRÁ EN LA EMPRESA:
Apoderado - LUGAR Y FECHA: S.S. de Jujuy, 3 de diciembre de 2018. Firmado: Juan Alberto Bernal.- ACT. NOT. B 00455012 - A 00212758 ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG.
Nº 31 S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
28 OCT. LIQ N 19222 $300,00.Declaración Jurada Sobre La Condición de Persona Expuesta Políticamente Identificación del Sujeto Obligado El/la que suscribe, DIEGO BERNAL TORRES BUGEAU declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluído y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Unidad de Información Financiera, que ha leído y suscripto.- Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Documento Tipo: DNI Nº 31.842.370. C.U.I.T.: 23-31842370-9.- Lugar y Fecha: S.S. de Jujuy, 3 de Diciembre de 2018.- ACT.
NOT. B 00455015 - A 00212498 ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG. Nº 31 S.S.
DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.-

JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
28 OCT. LIQ N 19220 $300,00.ADENDA ACLARATORIA AL CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES DE S.R.L. Entre los Sres. MARÍA LUZ SALEME, D.N.I. Nº 30.090.752, argentina, casada, mayor de edad, de profesión odontóloga, y GONZALO BERNAL TORRES BUGEAU, D.N.I. 26.783.007, argentino, casado, mayor de edad, de profesión ingeniero agrónomo, ambos con domicilio real en San Martín esquina Urquiza S/N, Río del Valle, Departamento Anta, Provincia de Salta, en adelante LOS
CEDENTES, por una parte; y por la otra, los Sres. DIEGO BERNAL TORRES BUGEAU, D.N.I.
31.842.370, argentino, casado, mayor de edad, de profesión ingeniero civil, con domicilio en Jorge Newbery Nº 328, 2º piso, Depto. A y JUAN ALBERTO BERNAL, D.N.I. 8.012.926, argentino, casado, mayor de edad, de profesión ingeniero industrial, con domicilio en Ruta Provincial Nº 2, Km.
3,8, ambos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en adelante LOS
CESIONARIOS, se reúnen a los fines de aclarar y corregir el CONTRATO DE CESIÓN DE
CUOTAS SOCIALES DE CULTIVAR S.R.L. del día 17 de mayo de 2018. A tal efecto, declaran expresamente que por un error involuntario se consignó en la Cláusula Segunda inciso b el número de cuotas sociales en Dos Mil Trescientos Ochenta Y Seis 2.386, cuando debió decir Dos Mil Ciento Veintiuna 2.121, por lo que deberá dejarse sin efecto la cláusula mencionada que quedará redactada de la siguiente manera: CLÁUSULA SEGUNDA. PRECIO: La presente cesión y transferencia de cuotas se formaliza por el precio total y definitivo que se detalla seguidamente: 1Por la cesión de la totalidad de sus cuotas sociales 265 cuotas sociales, la Sra. MARÍA LUZ SALEME recibe en este acto la suma total y cancelatoria de Pesos Trece Mil Doscientos Cincuenta $13.250,00 que abona el Sr. DIEGO
BERNAL TORRES BUGEAU, sirviendo el presente de formal recibo cancelatorio y carta de pago; 2
Por la cesión de Dos Mil Ciento Veintiuna 2.121 cuotas sociales el Sr. DIEGO BERNAL TORRES
BUGEAU abonará al Sr. GONZALO BERNAL TORRES BUGEAU la suma total de Pesos Ciento Cinco Mil Seiscientos $105.600,00 que cancelará en Veinticuatro 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos $4.400,00 a pagarse del 1º al 15 de cada mes a partir del mes de junio de 2018; 3Por su parte, por la cesión de Cinco Mil Quinientas Sesenta y Siete 5.567
cuotas sociales, el Sr. JUAN ALBERTO BERNAL dará en pago al Sr. GONZALO BERNAL TORRES
BUGEAU una Pala Cargadora Marca Carterpillar, Modelo 930, Serie 73U2200, Motor 43V17557, usada, en el estado en el que se encuentra y que el Sr. GONZALO BERNAL TORRES BUGEAU
declara conocer y aceptar de conformidad, sirviendo el presente de título suficiente para la transferencia.- La presente adenda forma parte e integra el Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de CULTIVAR S.R.L. celebrado entre las partes el día 17 de mayo de 2018. En prueba de prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, todos de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los días del mes de abril de 2019.- ACT. NOT. B 00495824 - A 00212491 ESC.
FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG. Nº 31 S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
28 OCT. LIQ N 19221 $455,00.FORMULARIO PLANILLA DE DATOS PERSONALES - LOS DATOS SUMINISTRADOS EN LA
PRESENTE TIENEN VALOR DE DECLARACIÓN JURADA Y SU FALSEAMIENTO SERÁ
SANCIONADO CON EL CÓDIGO PENAL.- APELLIDO Y NOMBRES: DIEGO BERNAL
TORRES BUGEAU - DNI Nº 31.842.370 - LUGAR DE NACIMIENTO: San Salvador de Jujuy FECHA: 15/11/1985 - NACIONALIDAD: Argentino - HIJO/A DE: Bernal, Juan A. Y DE Celia María Torres Bugeau - ESTADO CIVIL: Casado - DOMICILIO REAL: Jorge Newbery Nº 328 2 A
Gorriti - LOCALIDAD: San Salvador de Jujuy CP 4600 - PROVINCIA: Jujuy TEL: 0388 154140030
- E-MAIL: diegobernal@cultivarsrl.com - CUIT Nº 23-31842370-9 - APELLIDO Y NOMBRES DEL
CÓNYUGE: Agustina María Ponce de León - DNI Nº 32.412.590 - ESTUDIOS CURSADOS Y
TÍTULOS OBTENIDOS: Ingeniero ACTIVIDAD QUE CUMPLIRÁ EN LA EMPRESA: Apoderado LUGAR Y FECHA: S.S. de Jujuy, 3 de diciembre de 2018. Firmado: Diego Bernal.- ACT. NOT. B
00455014 - A 00212501 ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG. Nº 31 S.S. DE
JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
28 OCT. LIQ N 19222 $300,00.FORMULARIO PLANILLA DE DATOS PERSONALES - LOS DATOS SUMINISTRADOS EN LA
PRESENTE TIENEN VALOR DE DECLARACIÓN JURADA Y SU FALSEAMIENTO SERÁ
SANCIONADO CON EL CÓDIGO PENAL. APELLIDO Y NOMBRES: JUAN ALBERTO
BERNAL - DNI Nº 8.012.926 - LUGAR DE NACIMIENTO: San Salvador de Jujuy FECHA:
13/09/1950 - NACIONALIDAD: Argentino - HIJO/A DE: Francisco T. Bernal Y DE María Ana Agostini - ESTADO CIVIL: Casado - DOMICILIO REAL: Ruta Prov. Nº 2 Km 3,8 Bº El Cortijo LOCALIDAD: San Salvador de Jujuy CP 4600 - PROVINCIA: Jujuy E-MAIL:
ingjuanbernal@gmail.com.- CUIT Nº 20-8012926-3 - APELLIDO Y NOMBRES DEL CÓNYUGE:
Celia María Torres Bugeau - DNI Nº 11.238.839 TEL 0388 4232732 - ESTUDIOS CURSADOS Y

JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO
28 OCT. LIQ N 19222 $300,00.Declaración Jurada Sobre la Condición de Persona Expuesta Políticamente - Identificación Del Sujeto Obligado -El/la que suscribe, BERNAL JUAN ALBERTO declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluído y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Unidad de Información Financiera, que ha leído y suscripto.- Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Documento Tipo: DNI Nº 8.012.926. C.U.I.T.: 20-08012926-3.- Lugar y Fecha: S.S. de Jujuy, 3 de diciembre de 2018.- ACT.
NOT. B 00455013 - A 00212765 - ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO, TIT. REG. Nº 31 - S.S. DE
JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.JORGE EZEQUIEL VAGO
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28 OCT. LIQ N 19222 $300,00.Instrumento Constitutivo de la SAS.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, el día 7/05/2019 comparecenpara constituir este contrato Yesica Vanesa Méndez, D.N.I 30.726.572, nacida el 26/03/1984, profesión Lic. En Administración de Empresa, estado civil soltera, domicilio S.S de Jujuy, Bº Norte, calle Geronimo Schonfeld 731, Resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada de conformidad con las siguientes cláusulas.- I. Estipulaciones.-ARTICULO PRIMERO. Denominación y domicilio: la sociedad se denomina MENET y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, Bº Norte, calle Geronimo Schonfeld 731, provincia de Jujuy República Argentina, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- ARTICULO SEGUNDO. Duración:
el plazo de duración de la sociedad es de 50 años contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.- ARTICULO TERCERO. Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, instalación, diseño, control, prestación de servicios con las siguientes actividades: a Fabricación de Gabinetes Industriales,b Instalación y montaje de sistemas de comunicación, c instalación y montaje de estaciones y subestaciones transformadoras d Servicio de automatismo e Diseño y control de tableros e instrumentación. F Fabricación de módulos habitacionales. g Instalaciones Eléctricas. h Ingeniería y diseño industrial. i Ingeniería y servicios civiles.- La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la ley de Entidades Financieras.- ARTICULO
CUARTO. Capital: el capital social es de $60.000, representado por la cantidad igual a 60 acciones ordinarias escriturales, de $1.000 pesos mil, valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone art 44 de la ley 27.349.- Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de la emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias liquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el rembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirla. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el art 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socio con voz. Para los casos en que el aumento de capital fuera menor al cincuenta por ciento 50% del capital social inscripto, el aumento de capital no requerirá publicidad ni inscripción de la resolución de la reunión de socios.- ARTICULO QUINTO. Mora en la integración: la mora en la integración de las acciones suscriptas se producirá al solo vencimiento del plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el art 193 de la Ley General de Sociedades.- ARTICULO SEXTO. La transferencia de acciones: la transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad.- ARTICULO SEPTIMO. Órgano de administración: la administración y representación legal de la sociedad está a cargo de un socio. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Su duración será por un plazo indeterminado.- Se designa como administrador suplente al socio Que cumplirá las tareas de fiscalización hasta que la sociedad constituya el órgano fiscalizador.- Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella. La citación a las reuniones se citará por medios fehacientes. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del art 51 de la Ley 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán validas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/10/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date28/10/2019

Page count12

Edition count1243

Première édition10/01/2018

Dernière édition31/07/2024

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