Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 06 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 102

GOBERNADOR
DECRETO Nº 9424-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 612-139/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, Agrupamiento Mantenimiento y Producción previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2019, al agente Alberto Caetano GASPAR, CUIL N 20-10944735-9 personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007, reglamentario de la Ley Nº 5502/05.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior se atenderá con la partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6113 - Ejercicio 2019 para la Unidad de Organización: "V3A" Dirección General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida: "K" - Obligaciones a Cargo del Tesoro, denominada: 1-1-1-1-1-60: "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Artículo 100º bis de la Ley Provincial N 3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9474-S/2019.EXPTE. Nº 716-951/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adecuase a la Sra. Noemí del Pilar Saracho, CUIL 23-18477176-4, en el cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional Ley N 4413, en la U. de O.: R601-04 Hospital San Roque, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.019, Ley 6113, prevé para la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: 6-1-04 Hospital San Roque, la partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-37 "Adecuación Ley N 4413 y Ley 5502", Unidad de Organización "6" Secretaria de Salud de la Jurisdicción "R"
Ministerio de Salud.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9503-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 612-215/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, Agrupamiento Administrativo previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2019, al agente María Cristina DOMINGO, CUIL N 27-11663751-6 personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3, Anexo I del Decreto N
8865-H/2007, reglamentario de la Ley N 5502/05.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior se atenderá con la partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6113 para la Unidad de Organización: "V3A" Dirección General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida: "K Obligaciones a Cargo del Tesoro, denominada: 1-1-1-1-1-60: "Adecuación Ley 5502".ARTÍCULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Artículo 100 bis de la Ley Provincial Nº 3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9534-G/2019.EXPTE. Nº 0411-2465-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por aceptada, con retroactividad al 1 de Agosto de 2017, la renuncia presentada por la señora MONICA LILIANA PENA, DNI N 13.889.154, al cargo Categoría 15 Ley N 3161/74 de la planta de personal permanente de la Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9543-S/2019.EXPTE. Nº 721-65/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la promoción de la Sra. MONTERO MARIA MONICA, CUIL 2713489856-4, al cargo categoría 24 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74, en la U. de O.: R6-01-09 Hospital "Dr. Guillermo C. Paterson", a partir del 1 de enero de 2.019.-

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ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se imputará a la partida, que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, prevé para la jurisdicción "R"
Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-09 Hospital Dr. Guillermo Paterson, la Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-37 "Adecuación Ley N 4413
y Ley N 5502" U de O. "6" Secretaria de Salud de la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3º, Anexo I y del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los tramites, comunicaciones y modificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9570-S/2019.EXPTE. Nº 200-662/18.Agdos. Nº 700-507/18, Nº 714-3172/17, Nº 714-1726/16 y Nº 700-645/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazase el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en su carácter de apoderado legal del Sr. Oscar Marín, D.N.I. 13.729.595 en contra de la Resolución N 3636S-18 emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 17 de septiembre de 2018.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9599-E/2019.EXPTE. Nº 200-24-2017.C/Agregados: 1050-1628-16 y 1056-14543-15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase por inadmisible e improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por la SRA. ZULEMA NOEMÍ VILTE, D.N.I. N 17.105.313, con el Patrocinio Letrado del Dr. Pablo Guillermo Najar, en contra de la Decisión Administrativa del Ministerio de Educación de Jujuy de fecha 26 de enero de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9601-E/2019.EXPTE. Nº 200-25-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase por extemporáneo el pedido de anulación de las Resoluciones N 4260-E17 y N 6649-E-17, el reconocimiento de los haberes devengados durante el período lectivo 2017, y la continuidad del CEIJA-IDEAR de la Ciudad de San Pedro, efectuado por los docentes Silvia Noemí Castro, D.N.I. N 26.793.625; Cristian Javier Bernard Easdale, D.N.I. N 22.874.401; Miguel Alejandro Arguello Spahr, D.N.I. N 26.897.359; Jorge Antonio Torres, D.N.I. N 17.475.287; Marianela Ariana Acosta, D.N.I. N 34.351.110; Yesica Yamila González, D.N.I. N 31.858.141; Gustavo Rubén Gonzáles, D.N.I. N 24.706.067; Laura Patricia Pereira Talarico, D.N.I. N 25.776.102; José Alejandro Verasay, D.N.I. N 23.811.582; Andrea Fabiana Leiva, D.N.I. N 20.336.503; Sandra Viviana Androvetto Scarafia, D.N.I. N 20.667.163; Carmen Irma Marina Tarifa, D.N.I. N 30.828.701 y Ricardo Ariel Mercado, D.N.I N 22.270.488 con el Patrocinio Letrado del Dr. Alberto Elías Nallar, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9669-G/2019.EXPTE. Nº 400-4158-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Fíjese el monto de viáticos diarios por todo concepto en la suma de dólares estadounidenses trescientos U$S 300,00 para el titular del Poder Ejecutivo Provincial, los que se liquidarán por el periodo comprendido entre los días 15 al 21 de junio de 2019, inclusive.ARTÍCULO 2º- La erogación que demande la presente disposición, será afrontada con la partida asignada a la Dirección de Administración de la Gobernación, que tendrá a su cargo la provisión de viáticos y el control de ejecución según corresponda.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9788-G/2019.EXPTE. Nº 400-4158-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fijase el monto de viáticos diarios por todo concepto en la suma de dólares estadounidenses trescientos U$S 300.-, para el titular del Poder Ejecutivo Provincial, los que se liquidarán por el período comprendido entre los días 8 al 16 de julio de 2019, inclusive.ARTICULO 2.- La erogación que demande la presente disposición, será afrontada con la partida asignada a la Dirección de Administración de la Gobernación, que tendrá a su cargo la provisión de viáticos y el control de ejecución según corresponda.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date05/09/2019

Page count12

Edition count1244

Première édition10/01/2018

Dernière édition02/08/2024

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