Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 04 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 101

C.P.N. Carlos G. Haquim Presidente Legislatura de Jujuy DECRETO Nº 9820-G/2019.EXPTE Nº 200-271/19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2019.VISTO Y CONSIDERANDO:
El Acuerdo N 05/19 otorgado por la Legislatura de la Provincia a efectos de la designación del Dr. Leandro Esteban Salinas Saguir, como Defensor Público Penal en San Salvador de Jujuy;
Que, corresponde dictar el pertinente instrumento legal de conformidad con las previsiones del Artículo 158 de la Constitución Provincial;
Que, de igual modo, cabe señalar que la vigencia de la designación a efectivizar es a partir de la fecha en que preste el debido juramento; de conformidad con las previsiones de los artículos 167, inc. 12 y 168 del precitado plexo legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Designase Defensor Público Penal en San Salvador de Jujuy, al Dr.
LEANDRO ESTEBAN SALINAS SAGUIR, D.N.I. N 27.751420, a partir de la fecha en que preste Juramento ante el Superior Tribunal de Justicia, de conformidad con las previsiones de los artículos 158, 167, inc. 12 y 168 de la Constitución Provincial.ARTICULO 2.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y demás efectos de competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 158-SOTyV/2016.EXPTE. Nº 0852-0552/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2016.EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Adjudíquese en propiedad el Lote N 3, Manzana N 46, Padrón F2002, Matrícula F-482, ubicado en la Localidad de El Talar - Departamento Sta. Bárbara;
Provincia de Jujuy a favor de la Sra. CASTAÑO MARCELA ADRIANA, D.N.I.32.397.656, en virtud de haber dado la misma, efectivo cumplimiento a los requisitos legales exigidos a los efectos.ARTÍCULO 2.- Téngase por concluido el trámite administrativo en las presentes actuaciones, respecto de la adjudicataria del inmueble mencionado en el Artículo 1
precedente.ARTÍCULO 3.- : Fíjese en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS $2.700,00
estipulado en CINCO 5 cuotas mensuales y consecutivas, siendo la primera de PESOS
SETECIENTOS $700,00 y las restantes de PESOS QUINIENTOS $ 500,00 cada una.ARTICULO 4.- El pago de las cuotas determinadas en el artículo precedente deberán efectuarse del día 1 al 10 del mes siguiente al de la notificación de la presente Resolución al interesado. Todos los pagos se efectuarán mediante depósito en la Dirección Provincial de Rentas.ARTÍCULO 5.- La falta de pago de cuatro cuotas hará incurrir en mora al/la/los deudor/a/s, sin interpelación previa y autorizará al acreedor a ejecutar y cobrar en juicio ejecutivo la totalidad de las sumas adeudadas, aplicándose en subsidio las disposiciones legales pertinentes, no pudiendo oponer más excepciones que las de pago o espera fundadas en documentos emanados del acreedor.ARTÍCULO 6.- Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se procederá al otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio a los efectos de la inscripción del inmueble a favor de la adjudicataria.ARTÍCULO 7.- La culminación de los trámites a que alude el Artículo 2 excluye a los adjudicatarios y su grupo familiar de los programas de viviendas y/o loteas fiscales urbanos, que inicien o ejecuten organismos nacionales, provinciales y/o municipales dentro del territorio de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 8.- Exceptúese de las exclusiones dispuestas en el artículo anterior únicamente los programas oficiales para la construcción de viviendas que requieran la utilización del terreno.ARTÍCULO 9.- Prohíbese a la adjudicataria transferir o disponer del bien inmueble objeto de la presente resolución por el plazo de diez años conforme lo establecido en el Art. 75 inc. 3 de la Ley N 3169/74.-

Ing. Carlos Humberto García Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda RESOLUCION Nº 1191-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 600-838/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2019.EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTUTA, SERVICIOS PUBLICOS
TIERRA Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ACEPTASE la donación del vehículo individualizado como: MARCA
VOLKSWAGEN, TIPO CHASIS C/ CABINA, MODELO DELIVERY 9170/40, N ID:

1064

KR907602, COLOR BLANCO HELADA, CHASIS N 9535H5TBXKR907602, MOTOR N 36596233, efectuada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda de la Nación, a favor de AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE JUJUY
SOCIEDAD DEL ESTADO.ARTÍCULO 2.- ACEPTASE la donación del vehículo individualizado como: MARCA
VOLKSWAGEN, TIPO CHASIS C/ CABINA, MODELO DELIVERY 9170/40, N ID:
KR907220, COLOR BLANCO HELADA, CHASIS N 9535H5TB7KR907220, MOTOR N 36595527, efectuada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda de la Nación, a favor de AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE JUJUY
SOCIEDAD DEL ESTADO.ARTÍCULO 3.- Facultase a AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE JUJUY
SOCIDAD DEL ESTADO a efectuar todos los trámites que resulten necesarios ante las autoridades del Registro Nacional de Propiedad Automotor y/u otro Organismo que corresponda, para la transferencia e inscripción de los vehículos cuya aceptación de donación se aprueba por la presente Resolución.C.P.N. Jorge Raúl Rizzotti Ministro de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda RESOLUCION Nº 1194-ISPTyV/2019.EXPTE Nº 600-599/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2019.EL SECRETARIO DE PLANIFICACION
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Adjudicar la ejecución de la Obra: "PUESTA EN VALOR DEL
ESPACIO RECREATIVO - PARQUE DE AGUA UBICADO EN LA CIUDAD
CULTURAL" a la Empresa FORBICE ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES S.R.L. por el valor de su oferta que asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES
NOVECIENTOSNO NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOS CON
SESENTA Y UN CENTAVOS $ 11.994.802,61.ARTÍCULO 2.- El gasto emergente se imputará a:
EJERCICIO 2019:
JURISDICCIÓN: VMINISTERIO DE INFRAESTRUC., SERV. PÚB., TIERRA Y
VIVIENDA
U. DE O.:
1 - MINISTERIO, FIALIDAD:
4 - BIENESTAR SOCIAL
FUNCIÓN:
2- VIVIENDA Y URBANISMO
2- EROGACIONES DE CAPITAL
5 - INVERSIÓN REAL
8 - TRABAJOS PÚBLICOS
195- OBRAS VARIAS PARQUE DE AGUA CIUDAD
CULTURAL
1 -Obras Varias Parque de Agua Ciudad Cultural $ 5.800.000.00.JURISDICCIÓN: V - MINISTERIO DE 1NFRAESTRUC., SERV. PÚB., TIERRA Y
VIVIENDA
U. DE O.:
1 - MINISTERIO
FINALIDAD:
1 - ADMINISTRACIÓN GENERAL
FUNCIÓN:
7 - ADMINISTRACIÓN GENERAL SIN DISCRIMINAR
2 - EROGACIONES DE CAPITAL
5 - INVERSIÓN REAL
8 -TRABAJOS PÚBLICOS
8 - TRABAJOS PÚBLICOS - CON RENTAS GENERALES
1 - TRABAJOS PÚBLICOS - GRECURSOS DE LA ADM.
CENTRAL
17 - Obras Varias $ 6.194.802,61.Ing. Carlos Humberto García Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda RESOLUCION NUMERO 94-CAPSAP/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 AGO. 2019.VISTO:
Expte. Nº 2.199/19 caratulado: Convocatoria a Asamblea General Ordinaria Año 2.019
y Convocatoria a Junta Electoral. Elecciones C.A.P.S.A.P. Diciembre 2019.-
CONSIDERANDO:
Que vista la presentación efectuada por ASESORIA LETRADA de esta Institución, y en concordancia a lo que prevé el art. 16, 18, 19, 20 y 21 de la Ley 4764/94.Por todo ello, EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA CAJA DE ASISTENCIA Y
PREVISION SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA
PROVINCIA DE JUJUY
RESUELVE:
Articulo 1 Convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 26 de Septiembre del año 2019 a hs. 18.00, la que transcurrida la hora legal de espera dará comienzo con los asistentes presentes en Sede de la Caja, sito en calle Otero Nº 127 de San Salvador de Jujuy, para tratar el siguiente Orden del día: a Lectura del acta de Asamblea Ordinaria 30 de Agosto del 2.018. Acta N 41.- b Designación de dos 2 asistentes para firmar el acta.- c Consideración de los estados contables y memoria anual de la C.A.P.S.A.P.
correspondiente al ejercicio económico comprendido entre el 1º de Mayo de 2018 al 30
de Abril del 2019.- d Consideración del presupuesto anual de gastos para el periodo 1º de Mayo de 2019 al 30 de Abril de 2.020.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/09/2019

Page count16

Edition count1244

Première édition10/01/2018

Dernière édition02/08/2024

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