Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 04 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 101

expídase Edictos.- Fdo.: Dra. Liz Valdecantos Bernal-Juez.- Ante mí: Dra. Sandra TorresSecretaria.- Providencia de fojas 14: S.S. de Jujuy, 02 de Agosto de 2017.- líbrese en contra del demandada MARIA LUISA JARAMILLO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate, por la suma de Pesos: Doce Mil Cien con Veinte centavos $12.100,20.-, en concepto de capital con más la de Pesos: Tres Mil Seiscientos Treinta con Seis centavos $3.630,06.- calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.- En defecto de pago, trábese Embargo, cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrase traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en los sucesivos por Ministerio de la Ley Art. 52 del ítem.- Notifíquese y expídase Mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez Ante mi:
Dra. Sandra TorresSecretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra.
Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 22 de Octubre de 2018.30 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 18490 $615,00.Dr. Juan Pablo Calderón, Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17 hace saber que en el Expte. Nº A-52121/12, caratulado:
Ejecutivo. CARSA S.A. c/ ARENAS, LUIS ALBERTO se ha dictado la siguiente resolución:
San Pedro de Jujuy, 16 de Noviembre de 2017.- Autos y Vistos Resulta y Considerando Resuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de ARENAS, LUIS ALBERTO DNI 18.771.082, y hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Mil Setenta con 59/100 $2.070,59.- Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa nº 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. n 54, Fº 673/678, nº 235.- II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada art. 102 del CPC.- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación.- IV.Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por Edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley Art. 52 del C.P.C..- V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, Juez por Habilitación, ante mí Dra.
Mariana Rebeca Roldan.-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 15 de Noviembre de 2017.30 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 18491 $615,00.Dr. Chazarreta Ricardo Rubén, Vocal de la Sala I del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-116952/2018, caratulado: Despido: ALVAREZ, MIGUEL ANGEL
c/ THE OFFICE TOP S.R.L., BRIONES, EDUARDO DANIEL, MENÉNDEZ, JOSÉ DAVID
ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 6 de Noviembre del 2018.- El informe actuarial que antecede, téngase presente, en consecuencia revóquese por contrario imperio el decreto de fs. 45.- De la demanda interpuesta por el Sr. MIGUEL ANGEL ALVAREZ, córrase traslado a la demandada THE OFFICE TOP S.R.L., en el domicilio denunciado en autos, a quien se lo emplaza para que comparezca ante este Tribunal a contestarla dentro del plazos de quince días, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada si así no lo hiciere Art. 51 CPT.Asimismo, intímase a la demandada para que en igual término constituya domicilio legal dentro de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificársele las resoluciones por Ministerio de Ley Art. 22 del CPT y Art. 52 del CPC.- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves ó el subsiguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.Notifíquese el presente proveído junto con el decreto de fs. 24 primer párrafo, mediante Edictos a ser publicados en el Boletín Oficial y en el Diario de Circulación Local por tres veces en cinco días, comisionándose al Dr. Miguel Ángel Imperiale a correr con la confección y diligenciamiento de los mismos.- San Salvador de Jujuy, 11 de Julio de 2018.- I Téngase por presentado al Dr. Miguel Ángel Imperiale, por constituido domicilio legal, por parte, a mérito de carta poder presentada en autos, en representación del Sr. Miguel Ángel Álvarez.Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Ricardo R. Chazarreta-Juez, Sala I Tribunal del TrabajoAnte mi Dra. Cecilia M. MacedoProsecretaria.30 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 18443 $615,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 14, en el Expte. N
C-102722/17, caratulado: Ejecutivo: S & L EQUIPAMIENTOS S.A. c/ RIVAS JAVIER
ALBERTO, se hace saber al demandado SR. RIVAS JAVIER ALBERTO, la siguiente Providencia: Salvador de Jujuy, 03 de Diciembre de 2018.-Proveyendo la presentación de fs.
37: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fs. 12 mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C.- Notifíquese-Art. 155 del C.P.C. y expídanse Edictos.- Fdo.: Dra.
Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación.Providencia de fs. 12.- San Salvador de Jujuy, 27 de Noviembre de 2017.- IProveyendo la presentación de fojas 10/11: Por presentado el Dr. Mariano R. Zurueta, en nombre y representación de la S & L EQUIPAMIENTOS S.A. a mérito de la fotocopia juramentada de Poder General para Juicios obrante a fs. 5/8, y por constituido domicilio legal y parte.- II.Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472, inc. 4, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado JAVIER ALBERTO
RIVAS, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos Catorce Mil Ochenta $14.080.- en concepto de capital con más la suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos Veinticuatro $4.224.- calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de cinco días concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- IIICórrase
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traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término que en antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IVAsimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de LeyArt. 52 del ítem.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mi: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 03 de Diciembre de 2018.30 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 18392-18393-18395 $615,00.Dra. Liliana F. Pellegrini, Jueza por Habilitación del Juzgado C. y C. Nº 8, Sec. Nº 16 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-015722/16, caratulado: Ejecutivo:
CARSA SA c/ FRANCO RAMON ALVAREZ hace saber que en el Expte. de referencia se ha dictado el sgte. Decreto: San Pedro de Jujuy, 28 de agosto de 2018.- I.- Atento al estado de autos y lo solicitado, procédase a notificar por edictos al demandado FRANCO RAMON
ALVAREZ, D.N.I. Nº 32.519.851, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de Pesos Siete Mil Ciento Noventa y Cuatro con 92/100 $7.194,92 en concepto de Capital reclamado, con más la suma de Pesos Tres Mil Quinientos Noventa y Siete $3.597,00 para acrecidas legales.- II.- Asimismo, cítelo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaría, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- III.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. IV.- Por el mismo término intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.- V.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.Notifíquese y publíquense edictos art. 154 del C.P.C..- VI.- Notifíquese.- Fdo. Dra. Liliana PellegriniJueza por Hab.- Ante Mi: Dra. Alicia M. AldonateSec.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 28 de agosto de 2018.02/04/06 SEPT. LIQ. Nº 18497 $615,00.Dra. Liliana F. Pellegrini, Jueza por Habilitación del Juzgado C. y C. Nº 8, Sec. Nº 16 del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº A- 52139/12 Caratulado: Ejecutivo:
CARSA SA c/ ROJAS, DAVID EDUARDO hace saber que en el expte. de referencia se ha dictado el sgte. Decreto: San Pedro de Jujuy, 28 de agosto de 2018.- I.- Atento al estado de autos y lo solicitado, procédase a notificar por edictos al demandado Sr. DAVID EDUARDO
ROJAS, DNI. Nº 27.758.142, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de Pesos Un Mil Quinientos Cincuenta y Uno con 80/100 $1.551,80 en concepto de Capital reclamado, con más la suma de Pesos Setecientos Setenta y Cinco con 90/100 $775,90 para acrecidas legales.- II.- Asimismo, cítelo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaría, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- III.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- IV.- Por el mismo término intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.- V.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.Notifíquese y publíquense edictos art. 154 del C.P.C..- VI.- Notifíquese.- Fdo. Dra. Liliana PellegriniJueza por Hab.- Ante Mí: Dra. Alicia AldonateSec.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 28 de agosto de 2018.02/04/06 SEPT. LIQ. Nº 18496 $615,00.Dr. R. Sebastian CabanaJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. JOSE MARIA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 37.105.866 que en el Expte Nº C-050.978/15, caratulado: Ejecutivo: CARSA S.A. c/
FERNANDEZ, JOSE MARIA, se dictó la siguiente Sentencia fs. 71/72 vlta.: San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2017.- Autos y Vistos -Resulta -Considerando -Resuelve: 1º Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de JOSE MARIA
FERNANDEZ, D.N.I. Nº 37.105.866, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Diez Mil Cuatrocientos Cuatro con Ochenta y Seis ctvos. $10.404,86. con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05
Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro, L.A. 54, Fº 673- 678- Nº 235 y con más un interés punitorio equivalente al 50% desde la mora acaecida con fecha 14/08/2014y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º Imponer las costas a la demandada vencido Art. 102 del C.P.C. 3º Regular los honorarios profesionales de la letrada interviniente Dr. Analía Elizabeth Almazán, en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos con Cero ctvos. $3.500,00.-, conforme L.A. Nº 19, Fº 182/184 Nº 96 de fecha 24/05/16, por su actuación en el doble carácter fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés igual a la tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:
Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro, L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235, y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 4º Notificar por cédula, y por Edicto, y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art.154 del C.P.C..- 5º Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R.
Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria.- Publíquese en el
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/9/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/09/2019

Page count16

Edition count1244

Première édition10/01/2018

Dernière édition02/08/2024

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