Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 05 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 124

INSCRIPCION DE MARTILLERO.- RODRIGO ALMAZAN D.N.I. N 24.153.095, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.29 OCT. 05/12 NOV. LIQ. 15860 $465,00.Dra. María Cristina Molina Lobos, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 12, REF. EXPTE C-066440/16 caratulado: Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Alancay Rosendo, cita y emplaza al demandado Sr. Rosendo Alancay para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de edictos, pague en este Juzgado y Secretaria, la suma de pesos mil ciento treinta con 22/100, en concepto de capital reclamado, con más la suma de pesos doscientos veintiséis con 04/100 presupuestado para responder accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago se lo cita de REMATE, para que en igual termino, concurra a este juzgado y secretaria, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.Córrase el traslado a la parte demandada del pedido de intereses, por el termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar, haciéndole saber que las copias pertinentes se encuentran a su disposición en secretaria del juzgado. Asimismo, intimase a constituir domicilio legal dentro de tres km del asiento del juzgado, bajo apercibimiento de notificar lo sucesivo por ministerio de ley Art. 52 del C.P.C. y de nombrarle, en caso de incomparecencia como representante, al Defensor Oficial con quien se seguirá el juicio.Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 15 de Noviembre de 2.017.05/07/09 NOV. LIQ. Nº 15820 $465,00.Dr. Juan Pablo Calderón - Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº Uno, Secretaria Nº Uno, en los autos caratulados REF. EXPTE. Nº -255451/11, Caratulado:
EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ ROJAS CESAR, se hace saber al Sr. Rojas Cesar D.N.I.
16750056 que se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 14 de junio de 2017.1.-Atento las constancias de autos, lo solicitado en el escrito que antecede y lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., notifíquese al demandando Sr. Rojas, Cesar, mediante edictos.- 2.- A tal fin, publíquense edictos en un diario local y en el Boletín Oficial 3 tres veces en 5 cinco días.- 3.- Conforme lo establecido en el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. por analogía Art. 137 del C.C.N. imponer al solicitante al solicitante la carga de confeccionar el edicto correspondiente, el que debería presentarse en secretaría en el término de cinco días para su posterior control y firma.- 4.- Notifíquese Art. 154 C.P.C..- Fdo Dr. Juan Pablo Caderon - Juez Ante Mi Dra Amelia Del V. Farfan Prosecretaria.- Mandamiento: Se constituya en el domicilio del demandado Rojas Cesar Alfredo, sito en calle MARG DERE RIO
CHIJRA Nº 31 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, y con las formalidades de ley, proceda a requerirle el pago de la suma de pesos dos mil novecientos veintiuno con 49/100 $2.921,49
en concepto de capital reclamado, con más la de pesos ochocientos setenta y seis con 44/100 $
876,44 provisoriamente para responder a intereses y costas del juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandada hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, debiendo, además, requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún gravamen y en su caso, se indique el monto del crédito, nombre y domicilio del o los acreedores. Acto seguido se los citará de REMATE para que dentro del plazo de cinco dias, comparezca ante éste Juzgado Nº 1, Secretaría Nº 2, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución del domicilio legal dentro del radio de los tres km del asiento de Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts. 52 y 154 del CPC.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr.
Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso. IX.- Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno fuere feriado. X.- Proveyendo a la presentación de fs. 21 y vta., la Cesión de Honorarios que rola a fs. 07/08, agréguese y téngase presente.- XI.- Notifíquese, art. 154 del C.P.C. Fdo Dr. Juan Pablo Calderón - Juez Ante Mi Dra. Amelia del V. Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 02 de Marzo del 2018.05/07/09 NOV. LIQ. Nº 15818 $465,00.Dr. Antonio Masacessi, Pte. de Trámite en la Vocalía Nº 6, de la Sala II, del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-276624/2012, caratulado: Despido:
Pieroni Margarita Del Carmen; Estrada Patricia y Otros c/ Los Lapachos S.R.L., hace saber que se ha dictado la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy, 28 de Noviembre de 2.017.Proveyendo la presentación que antecede y Atento a que la demandada LOS LAPACHOS
S.R.L. no se encuentra debidamente notificada de la presente causa, previo a proveer lo solicitado ordénase la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días, a los fines de que tome la debida participación bajo apercibimiento de continuar el trámite en rebeldía Art. 195 y concs. del C.P.C. y 103 del C.P.T. Fdo. Dr.
Domingo Antonio Masacessi - Juez Ante Mí, Dra. María Emilia Ramos - Prosecretaria.Providencia de fecha 23 de Octubre de 2.012: I.- II.- Córrase traslado de la demanda agregada a Fs. 1 a 130 y de su ampliación agregada a Fs. 140 a 165 incoada en los presentes obrados por las Sras. Margarita Del Carmen Pieroni, Patricia Estrada, Marta Graciela Nieva, Marta Carina Sánchez y Celestina Mareño en contra de Sanatorio Quintar S.R.L., Los Lapachos S.R.L., Omar Quintar, Edil Quintar y Guillermo Quintar, en los domicilios denunciados para que comparezcan a contestarla en el término de quince días a contar a partir de la presente notificación, bajo apercibimiento de tenérsela por incontestada si no lo hiciere. Asimismo intímaselos para que constituyan domicilio dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificársele por Ministerio de Ley Art. 22 del C.P.T. y 52 del C.P.C.. Fdo. Dr. Domingo Antonio Masacessi - Juez - Ante Mí, Dra. Claudia Raquel Cuevas - Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy 18 de Octubre de 2.018. -

05/07/09 NOV. LIQ. Nº 15872 $465,00.El Dr. Jorge Eduardo Meyer, Juez del Tribunal de Familia Vocalia nº 2, en el Expte. C073094/2016, caratulado: Márquez Gabriel Benigno c/ Huanco Mercedes p/ Divorcio; ordena la notificación a la Sra. Huanco Mercedes D.N.I. Nº 13284127 del proveído del 19 de Septiembre 2016. Admítase el pedido de Divorcio formulado por el Sr. Márquez Gabriel Benigno D.N.I. Nº 11886148, con conocimiento a la esposa Sra. Huanco Mercedes D.N.I.
13284127, de lo manifestado sobre el Convenio Regulador, córrase traslado a la Sra. Huanco Mercedes D.N.I. 13284127, por el termino de diez 10 días art. 438/439 C.C. y C.. Fdo. Dr.
Jorge E. Mayer - juez-, ante mi Dra. María Laura Caballero Secretaria.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de circulación local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 Agosto de 2018.05/07/09 NOV. LIQ. Nº 15894 $465,00.El Tribunal de Familia, Sala I, Vocalía 3, en el Expte. Nº C-091250/2017, caratulado:
Adopción Plena: JERES, MARIA ISABEL y AVILA, JUAN CESAR por VILTE, MAIA
ELIZABETH, cita a la Sra. DANIELA ELIZABETH ROLON, D.N.I. N 31.360.752, a la audiencia a celebrarse el día 07 de diciembre de 2018, a horas 10:00 en Gral. Paz N 625 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy.- Publíquese en el Boletín Oficial por un día y en un diario local por tres veces en el término de cinco dias.- San Salvador de Jujuy, 6 de Septiembre de 2018.- Dra. María Carolina Frías Pro-Secretaria.05 NOV. LIQ. Nº 15500 $155,00.De acuerdo a la Resolución Nº 092 -SCA/2018 del Expte Nº 1101-487-R/2017 de fecha 26 de marzo 2018 - EDINOR S.A comunica que se encuentra a disposición del público en general el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Loteo Padrón P- 44975. Este proyecto consta en habilitar 16 dieciséis hectáreas para un loteo destinado a efectuarse un emprendimiento inmobiliario en la localidad de Rio Blanco perteneciente al departamento de Pálpala, la documentación descriptiva del Proyecto se encuentra a disposición del público en general, para su consulta, en oficinas centrales de esta Repartición, sita en calle Republica de Siria Nº 147 3º piso de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Los interesados podrán formular sus observaciones por escrito, y conjuntamente con las pruebas pertinentes, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación del proyecto. Publíquese en el Boletín Oficial a su cargo, por 3veces en cinco 5 día.05/07/09 NOV. LIQ. Nº 15906 $465,00.-

EDICTOS DE CITACION
Dra. María Cristina Molina Lobos-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaria Nº 12, en el Expte. Nº C-056902/15 Caratulado: Ejecutivo:
BANCO MACRO S.A. c/ CASTRO MIGUEL ANGEL, cita y emplaza al demandado SR.
MIGUEL ANGEL CASTRO, para que en el termino de cinco días a partir de la última publicación de edictos, pague ante este Juzgado y Secretaria, la suma de pesos veintisiete mil novecientos sesenta y ocho con noventa y nueve centavos $27.968,99 en concepto de capital reclamado, con más la de pesos cinco mil quinientos noventa y tres con setenta y nueve centavos $5.593,79, presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago se lo cita de REMATE, para que en igual termino, concurra a este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Córrase el traslado a la parte demandada del pedido de intereses, por el termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar, haciéndole saber que las copias pertinentes se encuentran a su disposición en secretaria del Juzgado.- Asimismo, intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar lo sucesivo por Ministerio de la ley Art. 52 del C.P.C. y de nombrarla, en caso de incomparecencia como representante al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, con quien se seguirá el juicio.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación en la Provincia, tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy a los 6 días del mes de Junio del año dos mil dieciocho.31 OCT. 05/07 NOV. LIQ. Nº 15847 $465,00.Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 - Secretaria Nº 5, en el Expte Nº B-259225/11 caratulado: Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/ Nieva, Jorge Omar, cita y emplaza al demandado Sr. Nieva, Jorge Omar para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de Edictos, pague ante este Juzgado y Secretaria la suma de pesos cinco mil novecientos setenta y siete con ochenta C/88/100 $5.977,88 en concepto de capital reclamado con mas la suma de pesos dos mil novecientos ochenta y ocho C/94/100
$2.988,94 presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, se lo cita de REMATE para que en igual término oponga excepciones legales que estime le correspondan y por igual término deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley art. 52 del C.P.C. y de nombrarle, en caso de incomparecencia como representante, al Defensor Oficial con quien se seguirá el juicio art. 474 C.P.C..Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación en la Provincia por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 18 de Mayo de 2018.31 OCT. 05/07 NOV. LIQ. Nº 15848 $465,00.Dr. Carlos M. Cosentini - Juez Pte. Del Tramite, Vocalía Nº 7, De La Sala 3, de la Cámara Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C-062991/16, caratulado: Ejecución de Sentencia, Segovia, Berto c/ Quipildor, Claudio G., informa el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy 08 de Mayo de 2017. I.- Por la presentada la Dra. Lorena Cammuso a mérito de la personería otorgada en los autos principales, por constituido domicilio. Téngase por iniciado el incidente de ejecución de sentencia, en contra de Claudio Gustavo Quipildor. II.- A
tales fines, líbrese mandamiento de intimación y pago en contra del incidentado por la suma de pesos: ocho mil seiscientos cuarenta y siete $8.647,00 con más la suma de pesos: dos mil quinientos noventa y cuatro $2594.00 por acrecidas. III.- En defecto de pago, TRABESE

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/11/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date05/11/2018

Page count12

Edition count1229

Première édition10/01/2018

Dernière édition01/07/2024

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