Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 22 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 118

de intereses, con las copias respectivas por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- VI.-Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres km del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del item. VII.-Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al Sr. Juez de Paz con Jurisdicción en la Localidad de El Carmen con las facultades inherentes del caso. VIIINotificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno fuere feriado. IX. Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art.72 del C.P.C. por analogía art.137 del C.C.N.,impónese a la proponente la carga de confeccionar el mismo, para su posterior control y firma. X.- Notifíquese, art. 155 del C.P.C."Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón -JuezAnte mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria.- Proveído de fs. S. S. de Jujuy, 25
de setiembre de 2018. I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.Proveyendo a la presentación de fs.61, atento a lo informado precedentemente, notifíquese al demandado Gutiérrez, Franco Darío, DNI. Nº 29.998.069 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., la providencia de fs.13 y 13
vlta. de fecha 03 de febrero de 2017 y el presente. III.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda Art. 474 in fine del C.P.C..IV.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., imponese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma. VI.- Notifíquese Art.154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón -JuezAnte mí: Dra. Amelia del Valle Farfán.- ProsecretariaSan Salvador de Jujuy, a los 03 días del mes de octubre del 2018.
22/24/26 OCT. LIQ. Nº 15736 $465,00.Dra. Marisa Rondon - Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaría Nº 3, en el C-071110/16, caratulado: EJECUTIVO:
CASTILLO SACIFIA C/ BAUTISTA, MIRTA JUANA hace saber a la SRA.
BAUTISTA, MIRTA JUANA, que se ha dictado la siguiente RESOLUCION: San Salvador de Jujuy, 01 de Octubre del 2.018.- Autos y Vistos - Resulta Considerando - Resuelve:1 Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. en contra de la Sra. Mirta Juana Bautista hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres con noventa y nueve centavos $ 5.453,99 con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha denunciada en el escrito de demanda 02/02/2015, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios, con más I.V.A. si correspondiere.- 2
Imponer las costas a la vencida art. 102 C.P.C..- 3 Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos A.D. Aguiar, en la suma de pesos cinco mil $ 5.000,00 con más IVA si correspondiere, por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada L.A. Nº 19, Fº 182/184
Nº 96, 24/05/16, los que en caso de mora devengarán un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época y hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B
145.731/05, Sala I -Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678
Nº 235, de fecha 11/5/2011.- 4 Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- 5 Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 20 en contra de los demandados mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- 6 Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.Fdo. Dra. Marisa E. Rondon - Juez Habilitada - Ante mí: Dra. Natacha Buliubasich - ProSecretara.-Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5 días. San Salvador de Jujuy, 01 de Octubre del 2.018.-

que en caso de mora devengarán un interés igual a la tasa consignada para el capital, a excepción de los punitorios S.T.J. L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570, desde la mora y hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B 145.731/05, Sala I Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/
Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235, de fecha 11/5/2011.- V.Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 13 en contra del demandado mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- VII.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. CB Dra. Natacha Buliubasich Dra.
Marisa Rondón Prosecretaria Juez Habilitada Dra. Marisa Eliana Rondon - Juez HabilitadaAnte Mi Dra. Natacha Buliubasich Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5 días. San Salvador de Jujuy, 01 de Octubre del 2018.22/24/26 OCT. LIQ. Nº 15735 $465,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal -Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. ALEMAN, MYRIAM BEATRIZ D.N.I.
Nº 17.864.697 que en el Expte Nº C-082832/17, caratulado: CARSA S.A. C/ ALEMAN
MYRIAM BEATRIZ S/ Ejecutivo se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre de 2018.- Proveyendo el escrito de fs. 62 y atento a lo solicitado;
notifíquese por edictos a la parte demandada MIRYAM BEATRIZ ALEMAN de la resolución de fs. 15.-A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial tres veces en cinco días.- - Notifíquese por Ministerio ley.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte mi Dr.
Ignacio José Guesalaga -Secretario. San Salvador de Jujuy, 08 de marzo de 2017.- 1 Téngase por presentada al Dr. Carlos Abel Damián Aguiar, en nombre y representación de CARSA S.A., a mérito del Poder General para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada acompaña.
Por constituído domicilio legal y por parte.- 2 De conformidad a lo previsto por los Art. 472 y 478 del C.P.C. y Ley 2501/59, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la SRA. ALEMAN, MYRIAM BEATRIZ, D.N.I. 17.864.697, por la suma de pesos cuatro mil trescientos cuarenta y ocho con 40/100 centavos $4.348,42 en concepto de capital con más la de pesos mil trescientos cuatro con 53/100 centavos $1.304,53 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de REMATE para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3 Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- 4 Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres km del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del C.P.C.- 5 Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades inherentes del caso.-67 Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte Mi Dr. Ignacio José Guesalaga Secretario.---Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial art. 152 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- San Salvador de Jujuy, a los 01
días del mes de Octubre del 2018.22/24/26 OCT. LIQ. Nº 15734 $465,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO.- NOELIA VERONICA MUR D.N.I. N 29.211.184, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional N 25028/99, Art. 1 y Art. 3, ha solicitado su inscripción en la Matrícula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Araoz, Ciudad de Nieva. Publíquese por tres 3 veces en diez 10 días en el Boletín Oficial y un Diario local.22/29 OCT. 05 NOV. LIQ. 15714 $465,00.-

EDICTOS SUCESORIOS

22/24/26 OCT. LIQ. Nº 15736 $465,00.Dra. Marisa Rondon - Juez HabilitadaJuzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el ExpteNº C-078615/16 caratulado: EJECUTIVO: CASTILLO
S.A.C.I.F.I.A. C/ VARGAS ALEJANDRO FRANCISCO, hace saber al SRVARGAS
ALEJANDRO FRANCISCO, DNI Nº 35.554.047, se ha dictado el siguiente RESOLUCION
DE FS. 87/89: San Salvador de Jujuy, 01 de Octubre del 2018.- Autos y Vistos Resulta Considerando Resuelve: I.- Por presentada la Dra. Liliana Fidela Nuin, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación del Sr. Vargas Alejandro Francisco, a mérito de la designación de fs. 63 de autos.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CASTILLO S.A.C.I.F.I.A
en contra del Sr. Vargas Alejandro Francisco hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos dos mil ciento diecisiete con setenta y nueve centavos $2.117,79 con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha denunciada en el escrito de demanda 31/07/2012, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios, con más I.V.A. si correspondiere.- III.- Imponer las costas a la vencida art. 102 C.P.C..- IV.- Regular los honorarios profesionales del DR. Aguiar Carlos Abel Damian en su calidad de apoderado de la actora, en la suma de pesos tres mil quinientos $3.500,00 con más I.V.A. si correspondiere, por la labor profesional desarrollada en autos, los
Ref. Expte. Nº D-024853/18, caratulado: Sucesorio Ab Intestato de Don HUGO MIGUEL
LOBO.- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 18, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de DON DNI Nº 10.011.066.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Dra. Lilian Inés CondeSecretaria.- San Pedro de Jujuy, 24 de Agosto de 2018.17/19/22 OCT. LIQ. Nº 15644 $155,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 14, en el Expte. C121745/18, caratulado: Sucesorio Ab-Intestado: FERNANDEZ, ROSARIO; SERAPIO, PEDRO PABLO, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de ROSARIO
FERNANDEZ-DNI Nº 1.955.644.-y PEDRO PABLO SERAPIO-DNI Nº 7.267.173.Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaria: Dra.
Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 24 de Septiembre de 2018.17/19/22 OCT. LIQ. Nº 15647 $155,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaria N 8, en el Expte. C102435/17, caratulado: Sucesorio Ab Intestado de NIEVA RAUL NOLVERTO, cita y emplaza a los herederos y acreedores de los bienes del causante RAUL NOLVERTO NIEVA, DNI Nº M 8.193.809, por el término de treinta días, a partir de la última publicación.Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Dra.
María Cecilia Hansen-Pro Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2018.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/10/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date22/10/2018

Page count12

Edition count1233

Première édition10/01/2018

Dernière édition10/07/2024

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