Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 19 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 117

ARTICULO 1.- Designase a la Profesora ANA MARIA DEL VALLE NALLAR, D.N.I. N
16.750.155, como Miembro de la Junta de Clasificación de Nivel Medio - carácter Ministerial-, a partir del 1 de Julio de 2018 y hasta la transformación de la Junta.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7536-G/2018.EXPTE Nº 200-398/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 AGO. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Apruébese en todas sus partes el Convenio celebrado en fecha 11 de julio del 2018, entre la Provincia de Jujuy y el Consejo Federal de Inversiones.ARTICULO 2.- Por Secretaría General de la Gobernación, dese la correspondiente intervención a la Legislatura de la Provincia.ARTICULO 3.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la protocolización del convenio que se aprueba por el Artículo 1 del presente Decreto.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7601-E/2018.EXPTE Nº 1056-8425-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 SET. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2018 a la Categoría 24
Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, ala SEÑORA VICENTA ERMELINDA CAIGUARA, CUIL N 27-05922315-7, Personal de Planta Permanente, Categoría 15 del Escalafón General, en la Escuela N 8 "Escolástico Zegada", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2018.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6046, para la U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro-denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7611-HF/2018.EXPTE Nº 500-613/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SET. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Instrúyese a todos los ministerios, organismos descentralizados, empresas, sociedades del Estado, y organizaciones empresarias en las que el Estado tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias, para que presenten toda la información y documentación de respaldo, que sea solicitada para el cumplimiento de las Leyes N 4.958, N 5.427, N 6.063 u otras normas que en el futuro las modifiquen, amplíen o sustituyan.ARTÍCULO 2: Desígnase al Ministerio de Hacienda y Finanzas como autoridad de aplicación del presente Decreto, quedando facultado para dictar normas reglamentarias, interpretativas, emitir instructivos, disponer medidas, intimaciones, precisar formalidades, plazos, apercibimientos, y demás actos que se estimen útiles y/o necesarios para el efectivo, tempestivo y formal cumplimiento de la instrucción impartida en el artículo precedente.- En especial, individualizará quién o quiénes serán los responsables de remitir la información, detallando la documentación de respaldo y accesoria que se requiera y deba presentarse, pudiendo, sólo a título meramente enunciativo, exigir: estados contables financieros, con memorias, notas y anexos; origen y aplicación de fondos; actas de distribución de resultados, aprobaciones y otras;
detalle de aportes y/o contribuciones; ingresos recibidos de la administración central, con indicación de origen, monto de operaciones, finalidad y aplicación; recursos y gastos originados en operaciones realizadas con entidades del sector público provincial; saldos pendientes de créditos y pasivos de operaciones; participación porcentual y en montos del Estado Provincial en su patrimonio neto; fondos fiduciarios o fideicomisos constituidos, datos e instrumentos de creación, fechas, número y texto de contratos de fideicomiso, objeto, y plazo de duración;
debiendo incluirse, en todos los casos, la nómina íntegra de la totalidad de personal, jerárquico, administrativo, de servicio, y todo otro, que preste servicios, de planta, contratados y/o cualquier otra modalidad, con fecha de ingreso, liquidaciones completas que perciben, datos de escalafón, altas/bajas, y modificaciones.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 019-SSTyV/2018.EXPTE. Nº 0618-416-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2018.VISTO:
Los informes de seguimiento de construcción y arraigo elevados por el área social de la Dirección Provincial de Hábitat e Inclusión que rola a fs. 7 y 8 del lote 01 manzana 5 ubicado
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en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2 de Abril" de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy, que fuera entregado en el marco del Plan Provincial de Emergencia habitacional "Un Lote para cada familia jujeña que lo necesite", el dictamen legal correspondiente, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la sanción de la nueva ley orgánica del Poder Ejecutivo y del decreto 71ISPTyV/2015 por el cual se crea la Dirección de Hábitat e Inclusión es competencia de la misma analizar y resolver las cuestiones relacionadas al programa de emergencia habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" y por lo anterior corresponde la intervención de equipos técnicos.Que en las presentes actuaciones se solicita la caducidad de las acciones y derechos, revocación anulación del OBLEA S/N, a la Sra. GUERRERO PAOLA BEATRIZ DNI 35.824.165, junto a su grupo familiar; documento, emitido sobre el lote 01 manzana 05 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2 de Abril" de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy, junto a su grupo familiar, que le fuera entregado en el marco del programa de emergencia habitacional "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite" implementado mediante decreto 9191-H-2011.Que la emisión de Acta/Oblea de posesión en el marco del Programa por parte de la Dirección trae aparejado la obligación del beneficiario de realizar la posesión inmediata del lote fiscal, hecho que comprueba la necesidad habitacional que tiene el adjudicatario e impide la usurpación de los lotes por parte de otras personas que por necesidad u oportunismo se aprovechan de tal situación.Que según lo estipulado en el art. 5 de la ley 3169/74 "las tierras fiscales son un bien al servicio de la persona humana, que tiene una función social y que no debe constituir un objeto de renta o especulación" y siendo labor de esta Dirección, velar por el cumplimiento estricto de las normas en vigencia evitando las especulaciones protegiendo a las familias con verdadera necesidad habitacional.Que conforme lo establece el artículo 20 de la ley 3169/74, es facultad del órgano de aplicación verificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la ley y/o sus decretos reglamentarios y el artículo 15 del decreto 6038-H-79 dispone que: "es obligación inherente al adjudicatario arraigarse junto a su grupo familiar en el lote adjudicado", que la violación de tal condición dará lugar a la perdida de todo derecho con las consecuencias previstas en la ley 3169/74 y se encuentra vencido el plazo establecido en la ley 4540, modificatoria del inc. 1
del art. 75 de la ley de tierras fiscales, que establece: Se deberá proceder a ocupar el terreno fiscal adjudicado en un plazo de tres 3 meses, contados a partir de la fecha de toma de posesión.Que mediante la resolución 117-VOT-2015 se le dio potestad al órgano de aplicación a declarar la caducidad de los derechos y acciones de los beneficiarios que no cumplan con lo establecido en el decreto 6038-H-79 y ley 4540 modificatoria del inc. 1 del artículo 75 de la ley de tierras fiscales.Que visto el seguimiento realizado por parte del equipo técnico de la Dirección del lote 01 manzana 5 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2 de Abril"
de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy, por lo que se realizó el informe fs. 7 y 8 a los fines de verificar el incumplimiento por parte de los beneficiarios de la obligación de arraigo.Que, por medio de la Dirección de Hábitat e Inclusión se postuló para la ocupación en cuestión por parte dé la Sra. ROMERO ANA CECILIA D.N.I. N 30.726.338 y el Sr. GONZALEZ
NESTOR FABIAN DNI 30.765.006, junto a su grupo familiar;
Que, en consecuencia, a los fines de un adecuado tratamiento administrativo corresponde primero declarar la caducidad de los permisos otorgados por OBLEA S/Nº, a la Sra.
GUERRERO PAOLA BEATRIZ DNI 35.824.165, junto a su grupo familiar; documento, emitido sobre el lote 01 manzana 05 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2 de Abril" de la Localidad de Palpalá-Provincia de Jujuy, en vista al incumplimiento a la reglamentación vigente y autorizar a la Dirección de Hábitat e Inclusión a la prosecución del trámite para la ocupación por parte de la de la ROMERO
ANA CECILIA D.N.I. N 30.726.338 y el Sr. GONZALEZ NESTOR FABIAN DNI
30.765.006, junto a su grupo familiar sobre el lote mencionado ut-supra;
Por ello;
EL SUB SECRETARIO DE TIERRA Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la Sra. GUERRERO
PAOLA BEATRIZ DNI 35.824.165, junto a su grupo familiar; documento, emitido sobre el lote 01 manzana 05 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2 de Abril" de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy entregada en el marco del programa "Un lote para cada familia jujeña que lo necesite", por las razones expresadas en los considerandos.ARTICULO 2º.- Por medio del Registro Único de Postulantes e Infractores procédase a realizar la anulación de la de la Oblea S/Nº nombre de la persona mencionada en el articulo precedente.ARTICULO 3º.-Por medio de la Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a dar continuidad a los trámites administrativos iniciados por la Sra. ROMERO ANA CECILIA D.N.I. N
30.726.338 y el Sr. GONZALEZ NESTOR FABIAN DNI 30.765.006, junto a su grupo familiar, en el lote 01 manzana 5 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas - 2
de Abril" de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy.ARTICULO 4.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.ARTICULO 5.-Regístrese. Pase a Dirección de Hábitat e Inclusión para cumplimiento del artículo 2 y 3. Remítanse copias certificadas de la presente al Boletín Oficial para su publicación -en forma íntegra-. Cumplido, ARCHIVESE
Arq. Moisés Aníbal Jorge Subsecretario de Tierra y Vivienda Sec. de Ord. Territorial y Vivienda M.I.S.P.T. y V
RESOLUCIÓN Nº 020-SSTyV/2018.EXPTE Nº 0618-803-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2018.VISTO:
Los informes de seguimiento de construcción y arraigo elevados por el área social de la Dirección Provincial de Hábitat e Inclusión que rola a fs. 7 y 8 del lote 22 manzana 16 ubicado en el loteo denominado Asentamiento "Las Tipas -2 de Abril" de la Localidad de PalpaláProvincia de Jujuy, que fuera entregado en el marco del Plan Provincial de Emergencia
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date19/10/2018

Page count12

Edition count1239

Première édition10/01/2018

Dernière édition22/07/2024

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