Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 03 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 86

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 5262-S/2017.EXPTE Nº 742-139/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Aceptase con retroactividad al 1 de junio de 2015, la renuncia presentada por el Dr. Roberto Gabriel Alemán, CUIL 20-31687135-7, al cargo categoría A j-1, agrupamiento profesional, Ley N 4418, que detenta como interino en la U. de O.: R 2-02-26 Hospital "Susques", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Téngase por designada en carácter de interino de la Dra. Yanina Vanesa Griselda Martínez, CUIL 27-32562763-3, en el cargo categoría A j-1, Agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-26 Hospital Susques por agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-26
Hospital Susques por el período comprendido entre el 1 de junio y el 27 de julio de 2015, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26": "Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O.
respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6360-HF/2018.EXPTE Nº 500-319-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébese, a partir del 1 de Marzo del 2.018, como parte integrante de la política salarial del ejercicio vigente, la nueva Escala Salarial del personal de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario, en los importes y con el alcance que se establecen en los Anexos I, II y III, respectivamente, del presente Decreto.ART ICULO 2 . -Déja se e sta bleci d o que l o di spue st o e n el pre se nt e se rá d e aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiros y pensiones derivadas de los mismos por las razones expuestas en el exordio, debiéndose a tal efecto observar lo previsto en el Artículo 26 de la ley 3.759.ARTICULO 3.-Encomiéndese a la Unidad de Control Previsional las gestiones que, en materia previsional, fueran menester realizar ante los Organismos competentes, provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto para toda cuestión relacionada a la materia.ARTICULO 4.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con la partida "Gastos en Personal" que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en la Provincia.ARTICULO 5.-Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las disposiciones interpretativas y reglamentarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en este acto.ARTICULO 6.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6361-HF/2018.EXPTE Nº 500-320-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Fijase, a partir del 1 de Marzo de 2.018, a favor del Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director de la Dirección General del Servicio Penitenciario, como integrante de la Política Salarial del presente ejercicio, la nueva Escala que surge del Anexo que se adjunta y con el alcance que se expresa en el exordio.ARTICULO 2.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con la Partida - "Gastos en Personal" previsto en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente en la Provincia.-

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ARTICULO 3º.- Dejase establecido a los fines de la liquidación del haber de retiro, que los incrementos que se reconocen a varo del Jefe y Sub Jefe de la Policía de la Provincia, Director y Sub Director General del Servicio Penitenciario, serán de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiro y pensión derivados de los mismos, debiéndose a tal efecto observar lo previsto en el artículo 26 de la ley 3.759.ARTICULO 4.-Encomiéndese a la unidad de Control Previsional las gestiones que, en materia previsional, fueran menester realizar ante los Organismos competentes, provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto para toda cuestión relacionada a la materia.ARTICULO 5.-Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las disposiciones interpretativas y reglamentarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en este acto.ARTICULO 6.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Seguridad.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6638-S/2018.EXPTE Nº 733-045/13.Agdo. Nº 733-797/11.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aceptase con retroactividad al 16 de junio de 2015, la renuncia presentada por el Dr. David Alejandro Arias, CUIL 20-29206499-4, al cargo categoría 24 hrs. semanales Ley N 5498, agrupamiento profesional, Ley N 4418, que detenta en carácter de interino en la U. de O.: R 2-02-23 Hospital "Wenceslao Gallardo", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Designase a la Dra. Gabriela Noelia Guanuco, CUIL 2731455434-0 en el cargo categoría 24 hrs. semanales Ley N 5498, agrupamiento profesional, Ley N 4418, en la U. de O.: R 2-02-23 Hospital "Wenceslao Gallardo" de Palpalá, con retroactividad al 1 de junio de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018
La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6046, correspondiente a la Jurisdicción "R"
Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-23 Hospital Wenceslao Gallardo.EJERCICIOS ANTERIORES período no consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26": "Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O.
respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6726-S/2018.EXPTE Nº 200-431/17.Agdos. exptes. Nº 700-183/17, Nº 714-716/17 y Nº 714-317/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUN. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazar por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. VALE
FAUSTA, D.N.I. N 04.453.513, en contra de la Resolución N 000082-S-2017
emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 25 de julio de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase establecido que el presente Decreto se emite al sólo efecto de dar cumplimiento con la obligación de pronunciarse que tiene la administración pública, según lo normado en el artículo 33 de la Constitución Provincial, sin que importe la reapertura de instancias fenecidas o caducas, ni la reanudación de plazos procesales vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6737-E/2018.EXPTE Nº 1057-1165-13.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUN. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/8/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date03/08/2018

Page count12

Edition count1230

Première édition10/01/2018

Dernière édition03/07/2024

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