Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 01 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 85

demandado ausente Sr. Rosales Diego Martín, a mérito de las facultades conferida a fs. 77.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A., en contra de Rosales Diego Martín, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos: Seis Mil Veintinueve con 15/100- $6.029,15,con más las costas del Juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora y hasta el efectivo pago más un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Imponer las costas a la vencidaArt.102 del C.P.C.- III.- Regular los honorarios del Dr. Ekel Meyer y Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de $2.500 y $2.500, respectivamente, por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengará intereses conforme Tasa Activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, Cfr. S.T.J.
LA. N 54 N 235 inre Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y Otros, toda vez que la regulación esta vigente a la fecha de la presente y con más IVA si correspondiera.- IV.Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez - Ante mí: Dra.
Sandra Mónica Torres - Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 09 de Marzo de 2018.01/03/06 AGO. LIQ. Nº 14683 $465,00.El Dr. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 8 en el Expte. Nº C017.328/13, caratulado: Ejecutivo: BANCO MAS VENTAS S.A. c/ GERONIMO, ENIQUE
RICHAR y LAMAS, MIGUEL ANGEL procede a notificar la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 14
de marzo de 2018.- Autos y Vistos Resulta Considerando Resuelve: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO MAS VENTAS S.A. en contra de los Sres. Gerónimo, Enrique Richar, D.N.I. Nº 24.467.040 y Lamas, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 29.132.936, hasta hacerse del íntegro pago del Capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ocho Mil Seiscientos Cincuenta y Cuatro con Setenta y Un Centavos $ 8.654,71.- que surge de un pagaré de fecha 13/11/2012 con más los intereses a tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B-145731/05 Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro.-, L.A. 54, Fº 673- 678- Nº 235, tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora operada en fecha 15/12/2012, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios se fijarán en un 50% de los moratorios, más IVA si correspondiere.- II. Imponer las costas a la vencida. Art. 102 del C.P.C.. III. Regular los Honorarios Profesionales del Dr. Aguiar, Carlos Abel Damian en la suma de Pesos Cinco Mil $5.000.- por su actuación en conformidad con lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia mediante Acordada Nº 03 L.A. 21, Fº 05/07 de fecha 26/02/2018, fijados a la fecha de la sentencia por lo que solo en caso de mora devengará interés a la Tasa Activa de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B-145731/05 Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro.-, L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235, más IVA si correspondiere.- IV.
Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra.
María Fabiana Otaola, SecretariaPublíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 19 de marzo de 2018.-Secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Fabiana Otaola.01/03/06 AGO. LIQ. 14672 $465,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7 Secretaria N 13, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-027215/14: Ejecutivo: SOTO SEBASTIAN A.
c/ RIOS CLAUDIA NATACHA, hace saber a la Sra. Ríos Claudia Natacha, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 01 de Febrero de 2018.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- Proveyendo la presentación de fs. 111, atento el estado de la causa y lo solicitado, regulase los honorarios del Dr. Martín Modena en la suma de Pesos Mil Ciento Sesenta y Siete $1.167,00 por la labor desarrollada en la etapa de ejecución de sentencia, conforme lo dispuesto por los arts. 4, 10, de la ley 1687 y la regulación efectuada en el principal, suma esta que sólo en caso de mora devengará intereses conforme Tasa Activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en las operaciones de descuentos comerciales, con más I.V.A. si correspondiere.- A fin de resguardar el derecho de defensa, notifíquese la presente providencia al demandado en su domicilio real.- Se hace saber que la confección de la diligencia ordenada precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor del deber de colaboración arts. 50 y 72 del C.P.C..- Notifíquese por cédula.Fdo. Dra. Lis Valdecantos BernalJuezAnte MíDr. Ignacio José Guesalaga-Secretario.
Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaria:
Dr. Ignacio José Guesalaga.- San Salvador de Jujuy, 04 de Abril de 2.018.01/03/06 AGO. LIQ. Nº 14664 $465,00.Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3- Secretaría N
5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-053843/15, caratulado: Reconstrucción:
Ejecutivo: SOTO SEBASTIAN ALEJANDRO c/ MEALLA, ZULMA LAURA, hace saber a Sra. Mealla Zulma Laura la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: Decreto de fs. 33/34 Autos: San Salvador de Jujuy, 28 de mayo de 2018. Autos y Vistos:-Resulta:Considerando:-Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Sebastián Alejandro Soto en contra de la Sra. Mealla Zulma Laura hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Dieciocho Mil $18.000 con más los intereses moratorios y punitorios pactados, desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere. II.- Imponer las costas a la vencida art. 102 C.P.C.. III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Martín Modena, en la suma de Pesos Cinco Mil $5.000 por la labor desarrollada en autos, de conformidad con lo dispuesto en la Acordada 3/2018 L.A. Nº 21, Fº 5/7, Nº 3 Fecha 26/02/2018, los que han sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, dicho monto devengará un interés igual a la tasa activa de conformidad a
la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235, con más I.V.A. si correspondiere. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en autos en contra de la Sra. Mealla Zulma Laura mandándose notificar la presente al demandado por edictos art. 62 del C.P.C. y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art. 154 del C.P.C.. VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo. Dra. Marisa E. RondonJuezAnte Mi. Dra. María Laura López PfisterSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.Secretaría: Dra. María Laura López Pfister-Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de Mayo de 2.018.01/03/06 AGO. LIQ. Nº 14663 $465,00.Dr. Carlos M. Cosentini, Pte. de Tramite de la Cámara en lo Civil y Comercial -Sala III-Vocalía 7, Expediente Nº: C-059745/2016, Caratulado: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE
INMUEBLES EN EXP. PRINCIPAL C-000106/2013 ZAMBRANO OLGA JULIA c/
SUCESORIO BUSTAMANTE PEREZ, RENE JAIME; hace saber que se ha PROVEÍDO lo siguiente: San Salvador De Jujuy, 23 de Mayo de 2.018.- I.-, y atento lo prescripto por el Art.
531 del C.P.C., cítase y emplazase al Sr. René Jaime Bustamante Pérez y/o sus herederos, a las Sras. Cristina Ibarra DNI.13.291.683, Francisca Del Carmen Pérez DNI.9.636.781, y a todos aquello que se consideren con derechos sobre el inmueble individualizado como MATRÍCULA
B-3.911; PADRÓN B-8.590; CIRCUNSCRIPCIÓN 3; SECCIÓN 5; MANZANA 61;
PARCELA 2, ubicado en CALLE ISABEL LA CATÓLICA Nº 62, Bº 12 DE OCTUBRE MONTERRICO-DPTO. EL CARMEN-PROVINCIA DE JUJUY, para que en el plazo de quince 15 días, los que se computarán a partir del décimo día posterior a la última publicación de edictos, se presenten en esta causa a hacer valer sus derechos y/o contestar demanda, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho de hacerlo si así no lo hicieren Arts. 298 y 531
del C.P.C. debiendo en igual plazo, constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros del asiento de esta Cámara Civil y Comercial, bajo apercibimiento de notificarlos por Ministerio6
de la Ley, las posteriores resoluciones Art. 52 del C.P.C.. A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres 3 veces, dentro de un período de cinco 5 días en el Boletín Oficial y en un diario local del lugar de asiento del inmueble a usucapir; ordénase asimismo la exhibición de los edictos en el local del Juzgado de Paz del Dpto. de el Carmen y en los recintos de las Municipalidades/Comisión Municipal De El Carmen Y Monterrrico; así como la Transmisión Mediante Radio Difusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva Art. 535 del C.P.C..- II.-Instrúyase al letrado solicitante a la confección de las diligencias correspondientes Arts. 50 y 72 del C.P.C.; fecho, deberán ser presentadas en Secretaría para control y firma del Actuario.- III.-Notifíquese Arts. 155, 156 y 162 del C.P.C.. Publíquese Edictos.- Fdo. Dr. Carlos M. CosentiniJuez, Ante mi, Dra.
Carolina Burry, Prosecretaria.-RV.- San Salvador de Jujuy, 4 Julio de 2018.01/03/06 AGO. LIQ. Nº 14878 - 14875 $465,00.-

EDICTOS DE CITACION
Dra. Alicia Marcela Aldonate-Actuaria Titular de la secretaria Nº 16 del Juzgado C. y C. Nº 8
del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-017078/16 Caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A. c/ ALEJANDRA LUISA PIERANTONI hace saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado el sgte. Decreto: San Pedro de Jujuy, 06 de Diciembre de 2016.- I.- Por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, y actuando en nombre y representación de TARJETA NARANJA S.A. a mérito de la Copia de Poder Gral.
para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada se arrima en autos y por constituido el domicilio legal.- II.- Atento a la demanda ejecutiva con preparación de vía, con carácter previo y de conformidad a lo establecido en el art. 473, inc. del C.P.C., cítese a la Sra. Alejandra Luisa Pierantoni en el domicilio denunciado, a reconocer el contenido de los instrumentos obrantes a fs. 13/17, como así también si la firma inserta en el, le pertenece, munido de sus documentos de identidad por ante este Juzgado Nº 8, Secretaria Nº 16, de los cinco días de notificados, bajo apercibimiento de dársele por reconocida la documentación que se ejecuta en autos, el que se hará efectivo si no compareciere o no justificare su inconcurrencia art. 475 C.P.C..- III.Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado.- IV.Comisiónese V.- Notifíquese - Fdo. Dr. Juan C. Correa - Juez - Ante Mi Dra. María F.
Baiud - Firma Hab.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 08 de marzo de 2018.30 JUL. 01/03 AGO. LIQ. Nº 14680 $465,00.-

EDICTOS SUCESORIOS
Ref. Expte. Nº D-022636/18, caratulado: Sucesorio Ab Intestato de RAUL MARQUEZ Y
BERTA HERNANDEZ.- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de RAUL MARQUEZ-L.E.
3.908.840 Y BERTA HERNANDEZ-DNI. Nº F.9.642.646.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.- Dra. Mariana Valeria Palavecino-Prosecretaria Técnica Administrativa.- San Pedro de Jujuy, 25 de Abril de 2018.27/30 JUL. 01 AGO. LIQ. 14846 $155,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 Secretaría N 11, en el Expte. Nº-C110085/18, cita y emplaza por treinta días a herederos y/o acreedores de Don GUTIERREZ
ANDRES ABELINO D.N.I. Nº 7.287.605.; y de Doña GUANUCO SALVADORA D.N.I.
Nº 4.425.781.- Publíquese en el Boletín Oficial por un día cfr. Art. 2340 del C.C.C.N. y un Diario Local tres veces en el término de cinco días art. 436 del C.P.C..- Firma Habilitada: Dra.
Lucia Frías.- San Salvador De Jujuy, 26 de Junio de 2.018.01 AGO. LIQ. Nº 14874 $155,00.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 1/8/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date01/08/2018

Page count8

Edition count1230

Première édition10/01/2018

Dernière édition03/07/2024

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