Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 08 de 2018.Riego Permanente Riego Eventual Bebida Industrial Energía
Has.
Has.
Lts. /seg.
M3/año HP

747

Boletín Oficial Nº 64
$ $
$ $
$

34,48
24,15
0,91
7,60
2,66

12
12
12
12
12

$
$ $
$ $

413,70
289,80
10,92
91,14
31,92

Se considera Grandes contribuyentes: con derecho de uso de agua para riego de 100
Has. en adelante R: 381/82 DHJ.
Se considera la sumatoria de las superficies empadronadas y que pertenezcan a un mismo usuario Res 076/15 DPRH
Si un usuario ingresa a la categoría de Gran Contribuyente por un uso, por los restantes usos adquiere la misma categoría.
CUADRO Nº 2
AGUA NO REGULADA
DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
VALOR CANON
VALOR
MESES
UNIDAD MENSUAL
ANUAL 2018
Riego Permanente Has.
$ 11,45
12
$ 137,34
Riego Eventual Has.
$ 8,02
12
$ 96,18
Bebida Lts. /seg.
$ 0,77
12
$ 9,24
Industrial M3/año $
3,96
12
$ 47,46
Energía HP
$ 2,14
12
$ 25,62

CUADRO Nº 3
AGUA REGULADA
DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
EL CARMEN ESPECIAL REGULADO
VALOR CANON
VALOR
MESES
UNIDAD MENSUAL
ANUAL 2018
Riego Permanente Has.
$ 43,44
12
$ 521,22
Bebida Lts. /seg.
$ 18,66
12
$ 223,86
Industrial M3/año $
19,01
12
$ 228,06
Energía HP
$ 18,66
12
$ 223,86
12

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6431-S/2018.EXPTE Nº 716-247/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2018 - Ley N 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION R MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R2-02-04 Hospital San Roque SUPRIMIR
Categoría Nº de Cargos E
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4418
Total 1
CREAR
Categoría Nº de Cargos A
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 2.- Téngase por designada interinamente a la Dra. Patricia Evangelina Tellechea, CUIL 27-31435254-3, en el cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional Ley N 4135 mod. Ley N 4418, de la U. de O.: R2-02-04 Hospital "San Roque", con retroactividad al 1 de marzo de 2017 y hasta tanto culmine el concurso gestionado por Expte. N 716-246/17, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indican:
EJERCICIO 2018
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a, la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R2-02-04 Hospital "San Roque".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 6443-HF/2018.EXPTE Nº 514-002/2018.Y AGREGADOS.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense las Resoluciones dictadas por la DIRECCION
PROVINCIAL DE PRESUPUESTO, en el periodo comprendido entre el 01 y el 31 de Enero de 2018, que a continuación se detallan:
Resolución N 013 Resolución N 014 Resolución N 015 Resolución N 016 Resolución N 017 Resolución N 018 Resolución N 019 Resolución N 020 -

DPP - 2018DPP - 2018DPP - 2018DPP - 2018 DPP - 2018 DPP - 2018DPP - 2018DPP - 2018-

Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N
Tramitada en Expte. N

202-AD-007-2018
0400-3491-M-2017
0600-63-2018
LW-0741-17-2018
1200-07-2018
1300-739-2017
1300-05-2018
1415-001-2018

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6452-S/2018.EXPTE Nº 200-450/17.Agdos. Exptes. Nº 700-91/17; Nº 716-127/17; Nº 716-2453/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazar por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en el carácter de Apoderado Legal de la Sra. UGARTE GLORIA
LILIANA DEL CARMEN, D.N.I. N 17.081.568, en contra de la Resolución N
000149-5-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 03 de agosto de 2017, por las razones invocadas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6453-S/2018.EXPTE Nº 200-867/17.Agdos. Exptes. Nº 700-543/16; Nº 716-2298/16 y Nº 716-715/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazar por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. ANSE LYDIA, D.N.I. N 10.339.689, en contra de la Resolución N 000178-S-17, emitida por el Sr.
Ministro de Salud, en fecha 04 de agosto de 2.016, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6468-S/2018.EXPTE Nº 200-381/17.Agdos. Exptes. Nº 700-6/17, Nº 721-1616/16 y Nº 721-895/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazar por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en el carácter de Apoderado Legal de la Sra. ACOSTA
JULIANA HORTENSIA, D.N.I. N 06.421.186, en contra de la Resolución N 4299-S17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 04 de julio de 2017, por las razones invocadas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6469-S/2018.EXPTE Nº 200-400/17.Agdos. Exptes. Nº 700-176/17, Nº 714-652/17; Nº 714-280/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazar por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en el carácter de Apoderado Legal de la Sra. SOTO IDA
FABIANA, D.N.I. N 22.094.182, en contra de la Resolución N 4291-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 04 de julio de 2017, por las razones invocadas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase constancia que el presente Acto Administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento a lo determinado por el art. 33 de la Constitución Provincial sin que ello implique rehabilitar instancias caducas y/o fenecidas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date08/06/2018

Page count16

Edition count1234

Première édition10/01/2018

Dernière édition12/07/2024

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