Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 11 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 53

cumplida la intimación efectuada en el Expte. C-36.169/14 caratulado: Medidas Preparatorias a la Prescripción: Anagua, Vicente c/ Quienes se consideren Con Derecho a la Dra. Alicia Susana Garzón. II - Téngase por presentada a la Dra. Alicia Susana Garzon, quien lo hace en nombre y representación de Vicente Anagua, a mérito de las copias del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña a fs. 2/3 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. IIIPrevio a correr TRASLADO de la presente demanda, dese cumplimiento con lo que se dispone a continuación. IV-VVIAsimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Mario Alfredo Naresepara que tomen conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VIICitase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles individualizados como: 1 Padrón P-47473, Circunscripción 1, Sección 4, Manzana 11, Parcela 23, Matricula P-3688 y 2 Padrón P47.472, Circunscripción 1, Sección 4, Manzana 11, Parcela 22, Matricula P-3687, ubicado en la ciudad de Pálpala, de titularidad registral de María Elena Aguirre De Vélez a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- VIIIAsimismo ordenase la exhibición de los edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de Pálpala y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 Treinta días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C..- VII.- Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina Juez Ante mi Dra. Roció Gismano Prosecretaria.-

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Dra. Norma Beatriz Issa - Pte. de trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C-099574/2017, caratulado: Incidente de Ejecución de Sentencia en Expte. Principal C-056765/2015:
SADAIC y Paola Virginia Giménez - Leonardi Cattolica C. Cubela Emiliano Sebastián, hace saber al Sr. Emiliano Sebastián Cubela, el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 16 de Abril de 2018. Autos y Vistos: El Expte. Nº C-99.574/2017 caratulado Ejecución de Sentencia: SADAIC y Gimenez Leonardi Cattolica, Paola Virginia c/
Cubela, Emiliano Sebastian y Considerando Por todo ello, la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de La Provincia de Jujuy: Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida en contra del Sr. Emiliano Sebastian Cubela, hasta hacerse acreedor Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música S.A.D.A.I.C. del íntegro pago de la suma de veintitrés mil setecientos noventa y tres pesos con 84/100
$23.793,00 en concepto de capital y la suma de cuatro mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 $4.044,00 en concepto de honorarios a la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica, con más las costas del juicio y con los intereses que ordena la sentencia que se ejecuta desde la fecha de mora hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas al ejecutado vencido Art.102 CPC.- III.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica en la suma de mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con 00/100 $1.855,00., suma que en caso de mora devengará idéntico interés que para el capital. IV.- Aditar IVA a los honorarios en caso de corresponder. V.- Agregar copia en autos, notificar en la forma de estilo, protocolizar.Fdo. Norma Beatriz Issa Pte. de Tramite - Carlos M. Cosentini y Alejandra Ma. Luz Caballero VocalesAnte Mi María Florencia Rivas Prosecretaria. Es Copia: Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de ABRIL de 2018.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13984 $465,00.-

07/09/11 MAY. LIQ. Nº 13853 $465,00.Referencia de Expediente N 1101-337-A-2017- Resolución 127/2018 de la Secretaría de Calidad Ambiental dependiente del Ministerio de Ambiente de JujuyLa empresa Agostini Desarrollo Inmobiliarios SRL ha solicitado la Factibilidad ambiental para la Obra Loteo La Alameda A ejecutarse Departamento San Antonio Provincia de Jujuy.
La obra consistirá en la preparación del inmueble para un futuro loteo y posterior urbanización de un sector del Departamento San Antonio. El correspondiente de Estudio de Impacto Ambiental se encuentra disposición del público en general para su consulta, en las oficinas de la Secretaría de Calidad Ambiental, ubicada en República de Siria N
147, Piso 3 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Los interesados podrán formular su Observación por escrito, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial. Asimismo se expresa que se emite la presente declaración en cumplimiento de lo dispuesto por la Autoridad Ambiental según Resolución N 127/2018-SCA de Fecha de 13 de Abril del 2018, para ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.07/09/11 MAY. LIQ. Nº 13985 $465,00.Policía de la Provincia de Jujuy-Departamento Personal.- RFTE.: Expte. Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. N Cde. 1-081-M-DP/13 caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas hecho ocurrido en el mes de Julio del año 2013. por la presente se notifica al sub. Oficial Principal MAMANI RAFAEL EDUARDO Legajo N11.700, que mediante Resolución Nro.1904-DP/2017, de fecha 18-09-2017, el Sr. Jefe de Policía Resuelve: ARTÍCULO 1º ORDENAR el CIERRE y ARCHIVO a titulo de antecedentes de las actuaciones sumarias identificadas bajo Expte. N 081-M-DP/13, atento al tiempo trascurrido desde su inicio ala fecha, conforme los dispuesto en el Art.41 Inc. B del RNSA, consecuentemente regularizar la situación administrativa del Sub-Oficial Principal Mamani Rafael Eduardo Legajo Nro.11.700, previo registro en su legajo personal.- ARTICULO 3 La Dirección Administración y Finanzas procédase al descuento en forma proporcional de los haberes que percibe el Sub-Oficial Principal Mamani Rafael Eduardo, hasta cubrir el monto actualizado del Armamento marca HI
POWER, calibre 9mm, serie N 437662, juntamente con 03 tres cargadores, y 39
treinta y nueve cartuchos 9mm, 01 una baqueta de broce y 01 caja de telgopor, firmado por el Sr. Jefe de Policía de la Provincia Crio. Gral. Ernesto Guillermo Corro.
Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia de la Resolución N 1904-DP/17 a disposición del Sub-Oficial Principal Mamani Rafael Eduardo.- Fdo. Silvia G. PeraltaComisario Mayor.07/09/11 MAY. S/C.Policía de la Provincia de Jujuy-Departamento Personal.- RFTE.: Expte. Ministerial Nro.
1400-83/16 Cagdo.1400-31/16, 1400-29/16 identificado en el Departamento Personal bajo Expte. Nº Cde. 5-183-J-DP/13 caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas, por la presente se notifica al Cabo 1º GERONIMO FELIX GUSTAVO Legajo Nº 16.318, que mediante Resolución Nro. 072-MS/2017, de fecha 10-07-2017, el Sr.
Ministro de Seguridad Resuelve: Artículo 3 Rechácese el Recurso Jerárquico interpuesto por el Cabo GERONIMO FELIX GUSTAVO, Legajo N 16.318, en contra de la Resolución N 183-DP/13, por las razones expuesta en el exordio, firmado por el Sr. Ministro de Seguridad Dr. Ekel Meyer. Cabe destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia de la Resolución N 072-MS/17 a disposición del Cabo Gerónimo Félix Gustavo.- Fdo.
Silvia G. Peralta-Comisario Mayor.07/09/11 MAY. S/C.-

Dr. Juan Pablo Calderón - Juez por Habilitación - del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaria N 17, en el Expte. Nº D-008433/14 caratulado Ejecutivo: Prepara Via Tarjeta Naranja S.A. c/ Rivetti Gustavo Guillermo.-, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: fs. 56. San Pedro de Jujuy 13 de octubre de 2016.- I.- Hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 475 del CPC, en consecuencia téngase por preparada la vía ejecutiva.- II.- En consecuencia y en virtud de lo dispuesto por los arts. 472 inc 2, 478 del CPC líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la demandada en el domicilio denunciado, por la suma de pesos catorce mil seiscientos cuarenta y cuatro con 79/100 centavos $14.644,79.- en concepto de capital, con mas la suma de pesos siete mil trescientos $7.300.- calculados provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas sumas reclamadas, designándose depositario judicial al propio accionado o a tercera persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.III.- Cítese de REMATE para que en el termino de cinco días concurra ante este Juzgado y Secretaria, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- IV.-Por igual termino, se intimara al demandado, para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en los sucesivo por Ministerio de la Ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza art. 52 y 154 del CPC.V.-Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Oficial de Justicia.-VI.Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VII.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Carlos Correa - Juez por habilitaciónante mi Dra. Mariana Rebeca Roldan-Secretaria - Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 10 de Octubre de 2017.09/11/14 MAY. LIQ. Nº 13844 $465,00.Dra Marisa Eliana Rondon - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3
Secretaria Nº 6, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Ríos Lara, Benigno León que en el Expte Nº C-036621/14, caratulado: Credinea S.A c/ Ríos Lara Benigno León S/
Ejecutivo se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 31 de Octubre de 2017.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-036621/14 Caratulado Ejecutivo:
Credinea S.A. C/ Ríos Lara, Benigno León del que Resulta Considerando Resuelve:
I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra del Sr. Ríos Lara, Benigno León DNI 93.069.944 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos nueve mil cincuenta y ocho con 50/100 ctvos $ 9.058,50 con más los intereses de la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I - Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora 11/04/13 y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IIRegular los honorarios profesionales del Dr. Martín Meyer en la suma de pesos tres mil quinientos $3.500, por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo expuestos en los considerandos a los que me remito en caso de ser necesario y en honor a la brevedad. III.-Imponer las costas a la vencida Art. 102 C.P.C. IVHacer efectivo el apercibimiento a fs. 11 en contra del SR. Ríos Lara, Benigno León DNI 93.069.944
mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y Cedula; y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VII.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo: Marisa E. Rondon - Juez; Ante Mi: Valeria Alejandra Bartoletti-Prosecretaria mam.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial art. 152 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/5/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date11/05/2018

Page count12

Edition count1246

Première édition10/01/2018

Dernière édition07/08/2024

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