Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/12/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 247
Miércoles, 30 de diciembre de 2020
Pág. 16659
exacción de la responsabilidad del ejecutado, el ejecutante podrá solicitar la mejora de embargo.
En el presente caso, una vez examinadas las actuaciones, es procedente decretar la ampliación de los embargos sobre los bienes de la parte ejecutada, esta es, SEGUNDO.-
LITURGITANOS SECADOS DE MAZ S.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA:
Decretar el embargo de la cantidad que por renta mensual perciba la ejecutada el alquiler de los aparcamientos a camiones, debiendo hacer los ingresos en la cuenta que éste Juzgado tiene en el Banco Santander con el núm.
2090 0000 64 0068/20 de Jaén.
ACUERDO:
ILITURGITANOS SECADOS DE MAZ S., por
Para su efectividad, acuerdo librar los correspondientes oficios.
Notifíquese la presente resolución Podrá interponerse recurso directo de revisión mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS
hábiles siguientes a su notificación. EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
MODO DE IMPUGNACIÓN:
Y para que sirva de notificación al demandado ILITURGITANOS SECADOS DE MAÍZ S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén de Jaen, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
Jaén, a 03 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Admón. de Justicia, INMACULADA GONZÁLEZ VERA.