Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/5/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, miércoles, 5 de mayo de 2021

defensa de los intereses generales de los vecinos respecto de las cuales, además, no exista a su favor acuerdo de cesión de uso de local o bien inmueble por parte de ninguna Administración pública o entidad de derecho público o privado.
SEGUNDO. OBJETO.
El objeto de las subvenciones para la sostenibilidad del movimiento vecinal es sufragar los gastos generales de funcionamiento de las asociaciones de vecinos generados por el mantenimiento de su sede social y funcionamiento normal de la actividad que le es propia y se desarrolla en la misma, que se hayan generado durante el año de concesión de la subvención.
TERCERO. BASES REGULADORAS.
Ordenanza por la que se establecen las Normas Especiales reguladoras de la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento y la sostenibilidad del movimiento vecinal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 148 de 4 de agosto de 2016.
CUARTO. CUANTÍA.
Las subvenciones concedidas para la sostenibilidad del movimiento vecinal, en virtud de la presente convocatoria, se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 1001 92401 48200 -subvenciones sostenibilidad del movimiento vecinal-, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de cuarenta y ocho mil euros 48.000,00 euros, con la siguiente distribución anual:
38.400 euros 80%, con cargo al presupuesto de 2021.
9.600 euros 20%, con cargo al presupuesto de 2022.
QUINTO. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE
SOLICITUDES.
Las solicitudes de subvención y la documentación e información que debe acompañarla se presentarán, en los formularios que se aprueban para esta línea mediante el presente acuerdo y que se podrán obtener en la página web del Ayuntamiento de Granada, en el Registro Electrónico General del Excmo. Ayuntamiento de Granada, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 14.2.a y 16.4.a de dicha Ley.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10
días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Provincia de Granada.
SEXTO. OTROS DATOS.
El plazo máximo para la resolución y notificación será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de las subvenciones. Contra la resolución expresa o, en su caso, la desestimación presunta de la solicitud, podrán interponerse los recursos que procedan conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedi-

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B.O.P. número 84

miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de justificación de las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria finalizará el día 31 de enero de 2022.
Granada, 23 de abril de 2021.-La Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Participación Ciudadana.

AYUNTAMIENTO DE GUADIX Granada
NÚMERO 2.306

Tasa de recogida de basura segundo bimestre 2021
EDICTO

Confeccionado el padrón de la tasa por recogida basura del municipio de Guadix, correspondiente al segundo bimestre del año 2021, se expone al público por espacio de quince días a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, a efectos de que pueda ser examinado por los interesados.
Contra estos padrones podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de finalización de la exposición pública de aquel Se hace saber que el período de cobranza en voluntaria será desde el día 17 de mayo de 2021 hasta el 16
de julio de 2021, durante el cual podrán pagar los recibos en cualquier oficina de las Entidades Colaboradoras de la Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Guadix, en todo el territorio nacional, siendo éstas:
Caixabank, Caja Rural de Granada, Banco Santander, Cajamar y B.B.V.A.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3
de la Ley General Tributaria.
Guadix, 26 de abril de 2021.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Jesús Rafael Lorente Fernández.

AYUNTAMIENTO DE JETE Granada
NÚMERO 2.303

Aprobación definitiva proyecto de actuación pol. 01, parc. 228
EDICTO

D. Plácido Jerónimo Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jete Granada.
El Ayuntamiento Pleno en su Sesión Extraordinaria de fecha 14 de enero de 2020, acordó aprobar proyecto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 5/5/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaysEspagne

Date05/05/2021

Page count34

Edition count5538

Première édition01/06/2002

Dernière édition26/06/2024

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