Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, jueves, 13 de febrero de 2020

NÚMERO 517

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA
Y MINAS

DEPENDENCIA DEL ÁREA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, autorización a Red Eléctrica de España, S.A.U., ampliación de la subestación de Caparacena EDICTO
Resolución de 10 de enero de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de ampliación de la subestación de Caparacena, en el término municipal de Atarfe Granada.
Red Eléctrica de España, S.A.U., solicitó, en fecha 31
de julio de 2018, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la actuación anteriormente mencionada.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno en Granada.
El expediente se inició y tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera, de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes.
El Ayuntamiento Atarfe emite informe del que no se desprende oposición a la actuación solicitada.
La Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y emite informe en el que concluye que se considera que el proyecto se adecúa a la normativa urbanística de aplicación, y se establece un condicionado. Se dio traslado al promotor que toma razón del informe y acepta el contenido del mismo.
La petición de Red Eléctrica de España, S.A.U., fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no habiéndose recibido alegaciones.
Red Eléctrica de España, S.A.U., suscribió declaración responsable de fecha 23 de julio de 2018 que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Con fecha 6 de marzo de 2019, el Área de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno en Granada emitió informe sobre el proyecto presentado.
La Orden IET/2209/2015, de 21 de octubre BOE
núm. 254, del 23, publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015, por el que se aprueba el documento de Planificación Energética. Plan
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B.O.P. número 29

de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020.
La resolución de 30 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Energía, publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se modificaron aspectos puntuales del documento planificación energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020. BOE núm. 187, de fecha 3 de agosto, estando las actuaciones objeto de esta resolución incluidas en dicha Planificación.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su sesión del día 17 de diciembre 2019, aprobó el Acuerdo por el que se emite Informe sobre la propuesta de resolución de la DGPEM por la que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U., autorización administrativa previa y de construcción del proyecto de ampliación de la subestación de Caparacena 400 kV, en el término municipal de Atarfe, en la provincia de Granada.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
La instalación objeto de esta propuesta de resolución, para percibir retribución con cargo al sistema eléctrico, deberá estar contemplada en el plan de inversión de la empresa transportista correspondiente al año de puesta en servicio de la misma.
Si las instalaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en su normativa de desarrollo, debieran ser construidas o financiadas por consumidores o productores de energía eléctrica, sólo percibirán retribución en concepto de operación y mantenimiento, considerándose nulo su valor de inversión a efectos retributivos de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.
Asimismo, si las instalaciones contenidas en la presente propuesta de resolución se encontrasen en algunas de las situaciones especiales recogidas en el artículo 17 del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, se estará a lo dispuesto en el mismo.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/2/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaysEspagne

Date13/02/2020

Page count30

Edition count5540

Première édition01/06/2002

Dernière édition28/06/2024

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