Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 13 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
47

Reconociendo las funciones de Subjefa de Unidad de de Cuidados Maternos en el ámbito del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, a favor de la Agente Natalia Paula Chávez, DNI N 30.322.278, y el adicional por Responsabilidad Funcional por el período del 16/09/13 al 12/03/14, conforme lo expuesto en este decreto.Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el adicional por Responsabilidad Funcional, a favor de las Agentes Analía Malvina Paniagua, DNI N 21.839.379 y Natalia Paola Chávez, DNI N 30.322.278, en virtud de lo dispuesto por el presente texto legal.-----DECRETO Nº 4989/23 MS
RECHAZO RECURSO INTERPUESTO POR DASCHEVSKY, MARÍA V.
Paraná, 7 de diciembre de 2023
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Abogada María Victoria Daschevsky, apoderada legal del Dr. Carlos Alberto Weiss, DNI N 14.092.823, interpone de apelación jerárquica contra la Resolución N 1104/23 MS, por cuyo Artículo 1 se desestimó el recurso de revocatoria deducido contra la Resolución N 4147/22 MS, la cual, a su vez, había desestimado el rechazo manifestado por el Sr. Weiss, contra la liquidación de intereses practicada por el Departamento de Liquidaciones del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que conforme surge de las constancias de autos los presentes actuados se iniciaron de oficio mediante la manda ordenada por el Departamento Personal de la Dirección de Recursos Humanos, Subsecretaría de Administración del Ministerio de Salud, por la cual se requería que desde el Hospital Castilla Mira de Viale, se remita la licencia por cargo de mayor jerarquía correspondiente al Médico Asistente Carlos Weiss, por haber asumido como Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Viale, a partir del 10/diciembre/2015 o, en su defecto, de no haberse tramitado la referida licencia, se requería iniciar sumario administrativo por presunto abandono de servicio Art. 71, Ley N 9755 y modif.;
Que luego de una dilatada secuencia de informes por distintas dependencias y organismos del Ministerio de Salud, a fs. 106, el Coordinador General de Asuntos Jurídicos Ministerial, lo intimó al Dr. Weiss - mediante CD - a que en el plazo improrrogable de treinta 30 días de recibida la misiva, proceda a la devolución de la suma de Pesos tres millones seiscientos tres mil setecientos treinta y siete con setenta y siete centavos, con más intereses legales, en concepto de un monto total que le fuera abonado y percibido indebidamente por el período diciembre/2015 a enero/2020. Atento a que la carta documento no fue recepcionada, se lo intimó mediante edictos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres días;
Que contra la referida intimación de pago, se agravió el recurrente y presentó el escrito que consta a fs. 112/113
solicitando que se deje sin efecto tal intimación realizada por el Coordinador de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud. Asimismo y atento a una nueva vista que se le corrió del informe obrante a fs. 97 y de la liquidación practicada a fs. 104/105 de autos, el recurrente interpuso un nuevo escrito a fs. 122/125, por el cual solicitó la nulidad de todo lo actuado en estos autos y que se deje sin efecto la intimación de pago por diversos motivos: a No era obligatorio licenciar el cargo de médico asistente porque desde el año 1991 era el único médico cirujano, por lo que encontrándose amparado en la norma del Artículo 40 de la Constitución Provincial, no correspondía licenciar, ni ejercer ninguna opción, entre el cargo de médico asistente y el de Secretario de Gobierno de Viale; b Amén de este motivo, señala que por el Artículo 3, Inciso c de la Ley 9755, estaba exceptuado de ser considerado empleado de la Administración Pública Municipal, entonces, como el Artículo 1 de la Ley 7413 refiere al personal de la Administración Pública que se desempeñare en más de un empleo, no quedaba alcanzado por el régimen de incompatibilidades de la Ley 7413; c Las presentes actuaciones no constituyen ni una información sumaria ni un sumario administrativo, sino un mera continuidad de manifestaciones e informes de distintos departamentos y/o dependencias del Ministerio de Salud, sin competencia alguna para imponer sanciones como la intimación del pago, las que sólo pueden ser dispuestas por la Ministra de Salud luego de instruirse una investigación sumarial que no ha ocurrido en autos, por lo que solicitó la nulidad de todo lo actuado y el archivo de las presentes; d Falta de notificación al domicilio procesal constituido; e Falta de acto administrativo dictado por autoridad competente que dispusiera el inicio de una información sumaria; f Incompetencia del Área de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud para imponer la sanción administrativa de devolución de las sumas percibidas por

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/3/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date13/03/2024

Page count159

Edition count4800

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/08/2024

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