Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 14 de diciembre de 2023

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
25

Facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a emitir Órdenes de Pago, y autorizar a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo los pagos pertinentes, previa presentación de la documentación requerida según normativa vigente.-----DECRETO Nº 3088 MDS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 6 de setiembre de 2023
VISTO:
La presentes actuaciones iniciadas por la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO
Que por las mismas informa las inasistencias incurridas por el agente Maximiliano Raúl Zappala, MI N
34.163.837, Legajo N 214.373, con prestación de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela N 15 De La Baxada del Paraná, del Departamento Paraná, dependiente de la Dirección de Comedores, del citado Ministerio;
Que conforme la mencionada situación se elabora el proyecto de Decreto consignando las inasistencias que se le imputan en el informe de fs. 1, emitido por el Director de Comedores y de las planillas de asistencia obrantes a fs. 2/4, las que totalizaban veinticinco 25 faltas injustificadas;
Que atento a las observaciones efectuadas a fs. 11 por la Secretaría Legal y Técnica, vuelven a solicitarse nuevas intervenciones de las distintas áreas intervinientes;
Que a fs. 13 a 24 la Dirección de Comedores agrega Planillas de Asistencia e informe a fs. 34/35 de donde surge que las inasistencias que se le imputan al agente corresponden a los días 03, 07 y 31 de Enero, 22, 23, 24, 25 y 28 de Febrero, 03, 04, 07, 08, 09, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de Marzo, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de Abril, 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de Mayo, 01, 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de Junio, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de Julio, 01, 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de Agosto, 02, 03, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28 y 30 de Septiembre, 03, 04,05, 06, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de Octubre, 01, 02, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29 y 30 de Noviembre, 01, 02, 05, 06, 07, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23 de Diciembre de 2022;
Que asimismo también se agrega copia de Resolución Judicial que declara la restricción a la Capacidad del agente, pedido para la realización de una nueva junta médica, certificado de discapacidad, dictamen de la junta médica manifestando que lo dictaminado no importa ninguna restricción para la realización de sus tareas habituales de cocinero, presentándose a fs. 33 certificado de Alta Médica, indicando que el agente debe desempeñar sus tareas alejado de las mujeres;
Que a fs. 37 la Subsecretaría de Administración jurisdiccional practica una liquidación por el importe efectivamente abonado al Sr. Zappala, durante el período mencionado en virtud del cobro indebido, el que asciende a $ 608.810,35.-;
Que atento a lo expresado deberá notificársele al Sr. Zappala, junto con su madre Sra. Delia Alejandra Griselda Cabrera, en su carácter de Apoyo, en el ultimo domicilio denunciado por el agente, que deberá presentarse ante la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, en un plazo máximo de diez 10 días hábiles administrativos de notificado, a fin de suscribir Convenio de Pago de la deuda que mantiene con el estado provincial, por el cobro indebido de haberes, bajo , apercibimiento de recurrir, en caso de incumplimiento, a la vía judicial;
Que atento a que registra más de diez 10 inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo, corresponde disponer la instrucción de un Sumario Administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, por cuanto su conducta estaría encuadrada en lo previsto por el Artículo 71 inc. a de la Ley N 9755, modif. por Ley N 9811 manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto N 2840/07
GOB. y Decreto N 2012/09 GOB.;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha dictaminado en el sentido expuesto;

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/12/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date14/12/2023

Page count93

Edition count4800

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/08/2024

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