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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, miércoles 9 de agosto de 2023
SENTENCIAS
PARANA
En los autos Nº 22816 caratulados: Hermosa Ismael Hugo Ezequiel s/ Amenazas calificadas y sus apiolados 23186 -24994, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Ismael Hugo Ezequiel Hermosa.
Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia: En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés SENTENCIA: I
Admitir el Acuerdo de Procedimiento Abreviado art. 391 C.P.P.E.R presentado por Fiscalía, el encartado, su Defensa Técnica, con conformidad de las víctimas art. 16 inc. c y d. de la Ley Nº 26.485; art. 5 inc. i, k, l, y conc.
de Ley 27372.
II Declarar que ISMAEL HUGO EZEQUIEL HERMOSA , a Cogoyo, DNI Nº 43.348.850, cuyos demás datos de identidad obran en la presente, es autor material y responsable cfr. Art. 45 Código Penal de los delitos de amenazas calificadas -primer y cuarto hecho-, amenazas -segundo hechoy lesiones leves calificadas en concurso real -tercer hechoArts. 149 bis, 89 y 92 por remisión al art. 80 inc. 1 y 55 del C.P. y, en consecuencia, condenarlo a la pena única de cuatro 04 años de prisión de cumplimiento efectivo comprensiva de la condena de tres 03 años de prisión de ejecución condicional dictada el 28/06/2022 por el Sr. Juez de Garantías N 4 de Paraná, Dr. Mauricio M. Mayer, en el marco del Legajo de OGA N 19150 caratulado Hermosa Ismael Hugo Exequiel s/ Amenazas cuya condicionalidad se revoca art. 27 y 58 del Código Penal ;
III IV V VI VII VIII Notifíquese la presente a las partes mediante los medios técnicos y digitales disponibles y al encartado en forma personal.-;
IX Protocolícese, regístrese, comuníquese en su parte dispositiva a la Jefatura de Policía de la Provincia de Entre Ríos, al Área de Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná y al Servicio Penitenciario y líbrense los despachos y demás notificaciones pertinentes y, de quedar firme, archívese con las formalidades de ley. Con lo que no siendo para más, se dicta la presente, la que será notificada las partes.- Fdo.: Dr. Julián Carlos VERGARA -Juez de Garantías Nº 4 de Paraná.
El nombrado Ismael Hugo Ezequiel Hermosa, tuvo entrada por el delito de referencia en fecha 08/08/2022 primer hecho - leg. 192088; 13/09/2022 -segundo hecho - leg. 195209; 12/03/2023 - tercer hecho - leg. 213590;
28/04/2023 - cuarto hecho - leg. 218711, siendo sus referencias personales las siguientes: alias Cogoyo, Soltero, argentino, Documento Nacional Identidad 43348850, nacido en Paraná, el 02/05/2001, domiciliado en barrio San Jorge, calle 1377, casa Nº 15 entre Indios Beguaes e Indios Timbues de la ciudad de Paraná, hijo de Hugo Alberto Hermosa y de María de los Angeles RamírezSe hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 08/06/2027
ocho de junio de dos mil veintisiete.
Paraná, 1 de agosto de 2023 Estefania S. Herlein Medeot, secretaria.
S.C-00016112 3 v./09/08/2023
-- -- -En los autos Nº 14666 caratulados: Emili Andrés Brian - Fernández Alan Denis - Diaz Dalma Candela s/
Tentativa de homicidio victima: Claudio Darío Alvarez, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Brian Andrés Emili, Martín Micael Monzón y Alan Denis Fernández Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia: En la ciudad de Paraná, departamento homónimo, provincia de Entre Ríos, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil veintitrés RESUELVO: I.- Declarar coautor material y penalmente responsable a ANDRÉS BRIAN EMILI, DNI
39.259.942, por los delitos de: amenazas calificadas -por el uso de armasy de lesiones graves calificadas -con el concurso premeditado de dos o más personas-, en concurso real y en carácter de coautor, artículo 149 bis, párrafo