Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
Paraná, miércoles 9 de agosto de 2023

los establecimientos destinados a la comercialización de productos médicos, que conforme a esa resolución se encuentra a cargo de un profesional farmacéutico, y cuya modificación apuntaría a incluir en tal carácter a los bioingenieros e ingenieros biomédicos;
Que respecto de la conveniencia o inconveniencia de arribar a la reforma propuesta por el referido colegio de profesionales, es un asunto que plantea cuestiones extrajurídicas y eminentemente técnicas, por lo tanto al relacionarse con una temática directamente vinculada a un interés público consistente en el reguardo de la salud pública de la población entrerriana, y que por ende conciernen estrictamente al Ministerio de Salud, cabe estar a sus conclusiones, en virtud de lo cual corresponde rechazar el fondo del recurso en cuanto a la cuestión sustancial planteada por el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos CIEER, dados los motivos expresados precedentemente y lo manifestado en el Dictamen N 01451, de fs. 27/28, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;
Que Fiscalía de Estado, ha tomado la intervención pertinente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Art. 1º.- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Ingeniero Rubén Héctor Caffarena, DNI
N 22.728.331, en su carácter de Presidente del Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos CIEER con el patrocinio letrado de los Abogados Eduardo L. Prina, María Cristina Badano y María Alejandra Saavedra, con domicilio legal en calle Cervantes N 447 de Paraná, contra la Resolución N 843/22 MS, en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.Art. 3º.- Comunicar, publicar y archivar.GUSTAVO E. BORDET
Sonia Velázquez MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 902 MT
PRORROGANDO VIGENCIA DE PROGRAMA
Paraná, 18 de abril de 2023
VISTO:
El Programa Prevenir creado y reglamentado por Decreto N 1933/22 MT, con la finalidad de asistir y contribuir con las gestiones municipales de la provincia en la protección de sus trabajadores, trabajadoras, funcionarios y funcionarias formándolos en el uso de herramientas y cuidados específicos; y CONSIDERANDO:
Que, el mencionado Programa fue exitoso en su implementación y ejecución durante el año 2022, habiéndose cumplido con los objetivos propuestos y detallados en lo norma legal que le dio origen; y Que, a fojas 21 la Señora Ministra de Gobierno y Justicia autorizó la tramitación de la prórroga del mencionado programa; y Que, a fojas 23 y vta., tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, no encontrando Objeciones a la continuidad del trámite; y Que, a fojas 26 y 27 la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia informó que para el Ejercicio Económico y Financiero 2023 se presupuestó la suma de pesos cuatro millones seiscientos dieciocho mil $ 4.618.000,00 para el mencionado Programa;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Artículo 1.- Prorróguese la vigencia del Programa Prevenir en los mismos términos que los establecidos por Decreto N 1933/22 MT, para el presente ejercicio.-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date09/08/2023

Page count65

Edition count4797

Première édition01/12/2003

Dernière édition29/07/2024

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