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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/10/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Paraná, lunes 17 de octubre de 2022
BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Salvador, Provincia de Entre Ríos, Dr. Ricardo A. Larocca Juez, Secretaría a cargo del Dr. Arturo H. Mc Loughlin, en los autos caratulados: Pandiani, Carlos Andrés s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 5448 cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores del causante CARLOS ANDRES PANDIANI DNI N 7.852.530, nacido en la Provincia de Entre Ríos, de estado civil viudo, vecino que fuera de la localidad de San Salvador, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, y que falleciera en la ciudad de Concordia, Departamento Homónimo, Provincia de Entre Ríos, el día 18 de Julio de 2.022.
La resolución que ordena la medida en su parte pertinente reza: San Salvador, 29 de agosto de 2022 Visto:
Resuelvo: 1 - 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Carlos Andrés Pandiani DNI N 7.852.530, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de la ciudad de Concordia -Entre Ríos - El Sol ó El Heraldo en tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta 30 días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.- Librar Oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 5.- Dar intervención al Ministerio Fiscal. 6 -. 7.Tener presente lo manifestado por el presentante en el escrito promocional sobre el desconocimiento de la existencia de otros herederos. 8 -9 - Notifíquese SNE.- Fdo. Ricardo Agustín Larocca, Juez Civil, Comercial y del Trabajo.
San Salvador, 29 de Septiembre de 2.022 Arturo H. Mc Loughlin, secretario.F.C. 04-00034123 3 v./19/10/2022
-- -- -El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Salvador, Prov. de Entre Ríos, Dr. Ricardo Agustín Larocca, Secretaría a cargo del Dr. Arturo Mc Loughlin, en los autos caratulados Kilstein, Alberto S/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 5474, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de KILSTEIN ALBERTO, D.N.I. N 5.808.663, vecino que fuera de San Salvador, fallecido en Rosario, Departamento Homónimo, Provincia de Santa Fe, en fecha 30/06/2022.Como recaudo transcribo la parte pertinente de la resolución que ordena la medida: San Salvador, 13 de Septiembre de 2.022.- -Visto Resuelvo: 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Alberto Kilstein D.N.I. N 5.808.663, vecino que fuera de la ciudad de San Salvador.- 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de la ciudad de Concordia -Entre Ríos - El Sol o El Heraldo en tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta 30 días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten.- - Fdo. Dr. Ricardo Agustín Larocca Juez Civil, Comercial Y del Trabajo.San Salvador, 27 de Septiembre de 2.022 Arturo H. Mc Loughlin, secretario.
F.C. 04-00034137 3 v./19/10/2022
URUGUAY
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, Dr. Gustavo Amílcar Vales, Secretaría a cargo del Dr. Mauro Sebastián Pontelli Secretario Interino, en los autos caratulados Gay Alpio Nemesio s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 10.271, cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GAY
ALPIO NEMESIO, DNI N 5.785.146, vecino que fuera de ciudad, Departamento Uruguay, Provincia de Entre Ríos, fallecido en la misma el 17/06/2.021, para que en el término de treinta 30 días lo acrediten, art. 2340 CCC
Ley 26.994.-