Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 25 de abril de 2022

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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Departamento Colón, vecino que fuera de la localidad de San José, Departamento Colón, para que en el plazo de treinta días lo acrediten.Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que ordena el libramiento del presente: Colón, 23 de Marzo de 2022, publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial, en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta días -Art. 2.340 del Código Civil y Comercial.- Fdo. Dr. Arieto Alejandro Ottogalli Juez Subrogante.
Colón, 7 de Abril de 2022 Juan C. Benítez, secretario.
F.C. 04-00028575 3 v./27/04/2022

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, a cargo de Arieto Alejandro Ottogalli -Juez-, Secretaría de la Dra. Flavia C. Orcellet -secretaria-, en los autos caratulados Pralong Rafael Alberto - Frencia Cecilia Inés s/ Sucesorio ab intestato - Expte. Nº 15162, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de RAFAEL ALBERTO PRALONG, D.N.I. Nº 05.792.227, vecino que fuera del Departamento Colón, fallecido en la ciudad de San José, Dpto. Colón, Pcia. de Entre Ríos, el día 19 de julio de 2015 y de CECILIA INES
FRENCIA D.N.I. N 02.730.356, fallecida en la ciudad de San José, Dpto. Colón, Pcia. de Entre Ríos, el días 8 de febrero de 2016.
La resolución que ordena la publicación del presente en su parte pertinente dispone: Colón, 15 de marzo de 2022. Visto: Resuelvo: 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Rafael Alberto Pralong D.N.I. N 05.792.227- y Cecilia Inés Frencia -D.N.I. N 02.730.356-, vecinos que fueron de la ciudad de San José, de este departamento. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y Diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de los causantes, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli -Juez-. Publíquese por tres 3 días.
Colón, 13 de abril de 2022 - Flavia C. Orcellet, secretaria.
La presente se suscribe mediante firma electrónica -Resolución STJER N 28/20 del 12/04/20 Anexo IV-, Art. 1
Ley 10.500 y art. 4 Guía de Buenas Prácticas.
F.C. 04-00028580 3 v./27/04/2022

CONCORDIA

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, sito en calle Mitre Nº 28 Piso 1ero. de la ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secretaría a cargo del Dr. José María Ferreyra, en autos:
Cornalo, Héctor Hugo s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 13696, cita y emplaza por el término de treinta días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de HECTOR HUGO
CORNALO, fallecido en fecha 21/05/2008, vecino que fue de la ciudad de Concordia, E.R, bajo apercibimiento de ley. Publíquese por tres días.
Para mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: Concordia, 17 de febrero de 2022. Visto:
Resuelvo: 1.- Tener por presentados a Antonia Lugo, Héctor Javier Cornaló, Diana Emilce Cornaló, María Andrea Cornaló y Elina Cecilia Cornaló, todos por derecho propio, con el patrocinio letrado de los Dres. Eliana Melina Pereira, Carlos José Francisco Scharn y Tomás Scharn, domicilios reales denunciados y procesal constituído, por parte se les da intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Héctor Hugo Cornaló - DNI Nº 5.695.429-, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, -tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley - Art. 728 Inc. 2º CPCC. y Art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. 4.- 5.- 6.- 7.-
8.- Fdo. Julio C. Marcogiuseppe Juez Civil y Comercial.
Concordia, 18 de febrero de 2022 José M. Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00028428 3 v./25/04/2022

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date25/04/2022

Page count55

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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