Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/8/2021

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

8

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, miércoles 18 de agosto de 2021

fuera de ésta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, - tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley -art. 728 inc. 2o CPCC. y art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. Hacer saber que los edictos deberán contener todos los datos necesarios para que quienes son citados tomen conocimiento cabal del motivo de su citación. 4.- Tener presente 5.- Oficiar 6.- Dar intervención al Ministerio Fiscal -art. 722 inc. 1º del CPCC. 7.- Dar intervención
8.- Requerir 9.- Hacer saber Fdo: Alejandro Daniel Rodríguez Juez Subrogante.
Concordia, 23 de junio de 2021 - José M. Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00020024 3 v./18/08/2021

-- -- -El señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 4, doctor Alejandro Daniel Rodríguez, juez Civil y Comercial, secretaría a cargo de la doctora María Cecilia Malvasio, de Concordia, en los autos caratulados: Curbelo, Rubén Darío y Espinosa, Dora Angélica s/Sucesorio ab intestato, Expediente N
10.503, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de RUBÉN DARÍO CURBELO, M.I.Nº 5.819.301, vecino que fuera de localidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, fallecido en Concordia, en fecha 26 de junio del 1979, y de DORA ANGÉLICA ESPINOSA, M.I. N 4.501.934, vecina que fuera de la localidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, fallecida en Concordia, en fecha 14 de marzo de 2021.
La resolución que así lo establece expresa: Concordia, 28 de junio de 2021 1.-Por presentados los señores Alejandra Angélica Curbelo, DNI Nº 26.877.709, con domicilio real en calle Bolivia Nº 1.653, de esta ciudad; Rubén Armando Curbelo, DNI Nº 23.147.008, con domicilio real en calle Batalla de CepedaNº 183, de esta ciudad;Rosana Marina Curbelo, DNI Nº 25.986.263, con domicilio real en calle Gobernador Cresto Oeste Nº 1.976, de esta ciudad, y Stella Maris Curbelo, DNI Nº 21.697.239, con domicilio real en calle Mariano Amable Nº 1.664, de esta ciudad, todos por derecho propio, y con patrocinio letrado de los doctores Mariana Esther Pinedo y Martín Mazzola, y domicilio procesal constituido en calle Hipólito Yrigoyen Nº 745, departamento 3º, planta baja, de esta ciudad, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas y lo dispuesto en los artículos 718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio de Rubén Darío Curbelo, DNI Nº 5.819.301, fallecido en fecha 26 de junio de 1979, y Dora Angélica Espinosa, DNI Nº 4.501.934, fallecida en fecha 14 de marzo de 2021, vecinos que fueron de la ciudad de Concordia, Entre Ríos. 3Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. artículo 2.340 del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del1/8/2015 y artículo 728 del CPCyC. 4 5 6 7 8 10 9 10 11 A lo demás, oportunamente. Notifíquese, conforme artículos 1 y 4 Acordada 15/18 SNE. Firmado: doctor Alejandro Daniel Rodríguez, juez interino. Publíquese por tres días.
Concordia, 30 de junio de 2021 - M. Cecilia Malvasio, secretario.
F.C. 04-00020077 3 v./19/08/2021

-- -- -El señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, a cargo del doctor Julio C.
Marcogiuseppe, secretaría a cargo de la doctor José María Ferreyra, de la ciudad de Concordia en los autos caratulados Pereyra, Blanca Calixta y Romero, Ramón Baltazar s/Sucesorio ab intestato, Expediente Nº 13.371, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a herederos y acreedores de quienes fueran en vida doña PEREYRA, BLANCA CALIXTA, DNI N 6.385.969, fallecida en Concordia el 14/2/2014, y don ROMERO,RAMÓN BALTAZAR, DNI N 210.487.583, fallecido en fecha 23/5/2020en Concordia, ambos vecinos de esta ciudad.
La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente dice: Concordia, 22 de febrero de 2021. Visto
Resuelvo 1 2- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Blanca Calixta Pereyra, M.I. N 6.385.969, y Ramón Baltazar Romero, M.I. N 10.487.583, vecinos que fueran de esta ciudad. 3- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/8/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date18/08/2021

Page count81

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2021>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031