Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 29 de abril de 2021

BOLETIN OFICIAL

Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos al Dr. Héctor Agustín Galarza, afiliado Nº 1564/00, D.N.I. Nº 12.243.628, percibiendo un haber jubilatorio mensual de Pesos Diez Mil Quinientos Veintiuno con Catorce Centavos $ 10.521,14.-, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Seis Mil Novecientos Cuarenta con Treinta y Cuatro Centavos $ 6.940,34.- y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de Pesos Tres Mil Quinientos Ochenta con Ochenta Centavos $ 3.580,80.-, a partir del mes de diciembre de 2020, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 973 del 26 de febrero de 2021.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.
F.C. 04-00016834 1 v./29/04/2021
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1577
Paraná, 1 de marzo de 2021
VISTO:
El fallecimiento del Dr. Eduardo Horacio Gallo, afiliado Nº 2786/00
del Sistema de Previsión Social, producido el 11 de noviembre de 2020, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que según el Art. 40º del Reglamento del Sistema de Previsión Social producida la muerte de un afiliado en goce de prestación de jubilación ordinaria, el Sistema otorgará una prestación de pensión a los siguientes beneficiarios: a la viuda, el viudo, el conviviente o la conviviente, b los hijos solteros, las hijas solteras y las hijas viudas, siempre que no gozaren de jubilación pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda el presente Reglamento, todos ellos hasta los 21 años de edad.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 974 del 26 de febrero de 2021, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio mensual de Pensión a los derechohabientes del Eduardo Horacio Gallo, afiliado Nº 2786/00 del Sistema de Previsión Social.
Que el afiliado al momento del fallecimiento se encontraba se encontraba en concubinato con la Sra. Claudia Alejandra Garín, DNI
N 18.562.916 y tenía una hija menor de edad, Srta. Antonella Gallo, DNI N 45.617.252.
Que conforme al beneficio mensual de pensión determinado por el Sistema de Previsión Social corresponde abonar, a la Sra. Claudia Alejandra Garín, DNI N 18.562.916, concubina del extinto, a partir del mes de diciembre de 2020, un importe mensual pensión de Pesos Dos Mil Quinientos Cuatro con Seis Centavos $ 2.504,06 el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve con Cincuenta Centavos $
1.489,50 y b Haber Solidario: 17 Módulos del Régimen Solidario que equivalen a Pesos Mil Catorce con Cincuenta y Seis Centavos $
1.014,56 y a la Srta. Antonella Gallo, DNI N 45.617.252, a partir del mes de diciembre de 2020, un importe mensual pensión de Pesos Mil Uno con Sesenta y Dos Centavos $ 1.001,62 el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Quinientos Noventa y Cinco con Ochenta Centavos $ 595,80 y b Haber Solidario: 6,80 Módulos del Régimen Solidario que equivalen a Pesos Cuatrocientos Cinco con Ochenta y Dos Centavos $ 405,82.
Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio mensual de Pensión, previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, por haberse producido el falle-

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cimiento del Dr. Eduardo Horacio Gallo, afiliado Nº 2786/00 de dicho Sistema, a la Sra. Claudia Alejandra Garín, DNI N 18.562.916, concubina del extinto, con un haber de pensión mensual de Pesos Dos Mil Quinientos Cuatro con Seis Centavos $ 2.504,06 el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización:
Pesos Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve con Cincuenta Centavos $ 1.489,50 y b Haber Solidario: 17 Módulos del Régimen Solidario que equivalen a Pesos Mil Catorce con Cincuenta y Seis Centavos $ 1.014,56 y a la Srta. Antonella Gallo, DNI N 45.617.252, hija menor de edad del extinto, un importe mensual de Pesos Mil Uno con Sesenta y Dos Centavos $ 1.001,62 el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Quinientos Noventa y Cinco con Ochenta Centavos $ 595,80 y b Haber Solidario: 6,80 Módulos del Régimen Solidario que equivalen a Pesos Cuatrocientos Cinco con Ochenta y Dos Centavos $ 405,82, en ambos casos a partir del mes de diciembre de 2020, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 974 del 26 de febrero de 2021.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.
F.C. 04-00016835 1 v./29/04/2021
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1578
Paraná, 1 de marzo de 2021
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por el Dr. Luis Ramón Velázquez, afiliado Nº 1652/00 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete:
Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 975 del 26 de febrero de 2021, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de Jubilación al Dr. Luis Ramón Velázquez, afiliado Nº 1652/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 975 del 26 de febrero de 2021, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde al afiliado percibir un haber jubilatorio mensual de Pesos Diez Mil Seiscientos Veintiocho con Cincuenta y Siete Centavos $ 10.628,57, a partir del mes de enero de 2021, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Seis Mil Ochocientos Dieciséis con Ochenta y Siete Centavos $
6.816,87 y b Haber Solidario: 55,8 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de Pesos Tres Mil Ochocientos Once con Setenta Centavos $ 3.811,70.
Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos al Dr. Luis Ramón Velázquez, afiliado Nº 1652/00, D.N.I. Nº 11.290.358, percibiendo un haber jubilatorio mensual de Pesos Diez Mil Seiscientos Veintiocho con Cincuenta y Siete Centavos $ 10.628,57.-, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: Pesos Seis Mil Ochocientos Dieciséis con Ochenta y Siete Centavos $ 6.816,87.- y b Haber Solidario: 55,8 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de Pesos Tres Mil Ochocientos Once con Setenta Centavos $ 3.811,70.-, a partir del mes de enero de 2021, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 975 del 26 de febrero de 2021.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.
F.C. 04-00016836 1 v./29/04/2021

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/04/2021

Page count88

Edition count4803

Première édition01/12/2003

Dernière édition06/08/2024

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