Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

VADOR SCARZELLO, DNI Nº 5.780.715, fallecidos respectivamente en fecha 20/01/2013 y 25/01/2020, ambos vecinos que fueran de esta ciudad de Concordia, para que comparezcan y lo acrediten en los autos caratulados Olhaberry Dora Teresa y Scarzello León Salvador s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 6982.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Concordia, 6 de octubre de 2020. Visto: Resuelvo: 1. 2. Decretar la apertura de los juicios sucesorios ab intestato de Dora Teresa Olhaberry, DNI Nº 5.025.925 y de León Salvador Scarzello, DNI Nº 5.780.715, vecinos que fueron de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de los causantes, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimientos de ley. 4. 5.
6. 7. 8. 9. Fdo. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente.
Alejandro Centurión, secretario suplente.
F.C. 04-00012112 3 v./29/10/2020
El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Concordia, Dr. Diego Luis Esteves, Secretaria única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados:
Pérez Pastor Emilio Silvestre y Rodríguez Eva s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9162, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos, a quienes se consideren con derecho de los bienes quedados por el fallecimiento de los Sres. PASTOR EMILIO SILVESTRE PEREZ, LE Nº 8.045.531, y de EVA RODRIGUEZ, DNI Nº 11.742.644, fallecidos respectivamente en fecha 21/03/2005 y 20/06/2018, ambos vecinos que fueran de esta ciudad de Concordia, para que comparezcan y lo acrediten.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Concordia, 21 de septiembre de 2020.- Visto: Resuelvo: 1.- 2.Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, decretar la apertura del juicio sucesorio de Pastor Emilio Silvestre Pérez, LE Nº 8.045.531, fallecido en fecha 21/03/2005, y de Eva Rodríguez, DNI Nº 11.742.644, fallecida en fecha 20/06/2018, ambos vecinos que fueran de esta ciudad.
3.- Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. 4.- 5.-
6.- 7.- 8.- Fdo. Dr. Diego Luis Esteves, Juez interino.
Concordia, 1 de octubre de 2020 Natalia Gambino, secretaria.F.C. 04-00012113 3 v./29/10/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Dr. Gabriel Belén, y Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Rojas Leocadio y Aguiar María s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 8994/20, cita y emplaza por el término de treinta días 30 corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten LEOCADIO ROJAS; DNI N 5.677.559, fallecido el 27 de marzo de 1989 y de doña MARIA AGUIAR, DNI N 5.033.661, fallecida el 4 de octubre de 2019, ambos en Concordia, que fueran vecinos de esta ciudad.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Concordia, 7 de octubre de 2020. Visto: Resuelvo: 1. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Leocadio Rojas, MI 5.677.559 y de María Aguiar, DNI N 5.033.661, vecinos que fueran de esta ciudad.
3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten 4. Dar 5. Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la Provincia, con sede en la ciudad de Paraná. 6. Citar a Paola Andrea y Nicolás Alejandro Loretto, en sendos domicilios denunciados, mediante cédulas, para que en el término de diez días de notificados comparezcan a estos autos a tomar la intervención que les corresponda, bajo apercibimiento de ley. 7. Tener presente 8. Tener 9. Hacer saber
Notifíquese conforme los Arts. 1 y 4 del Acuerdo General STJ N
15/18 SNE. Firmado Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 9 de octubre de 2020 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00012129 3 v./30/10/2020
En los autos caratulados Grandile Miguel Angel s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 8335, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de esta ciudad de Concordia ER, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría N3 de la Dra. Gimena Bordoli, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos los herederos, acreedores o legatarios, y a todos aquellos que se
Paraná, miércoles 28 de octubre de 2020

consideren con derecho a los bienes quedados por el causante MIGUEL ANGEL GRANDILE, DNI N10.487.486, vecino que fuera de esta ciudad bajo apercibimiento de ley.
Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena Concordia, 6 de julio de 2018. Visto: Resuelvo: 1. Tener por presentados a Zulema Gladis Fernández y a Miguel Angel y Vanesa Griselda Grandile, en ejercicio de sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. Francisco Salvador Chiovetta, con el domicilio denunciado por constituido por parte, deseles intervención. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Miguel Angel Grandile, DNI N 10.487.486, vecino que fuera de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local en un tamaño mínimo cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que así lo acrediten. 4. Dar intervención al Ministerio Fiscal. 5. 6. 7.
A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dr. Jorge Ponce, Juez subrogante.
Concordia, 3 de agosto de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00012134 3 v./30/10/2020
En los autos caratulados Minhondo Pedro Horacio y Pagani Alicia Sofía Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13306, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 1
sito en calle Mitre Nº 26/28, 1er. Piso de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Dr. Julio César Marcogiuseppe, Secretaría Nº1 1 del Dr. José María Ferreyra, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PEDRO HORACIO MINHONDO, DNI 5.768.419, fallecido el 1 de mayo de 2007, en Concordia ER, con último domicilio en 1º de Mayo Nº 339, de la ciudad de Concordia ER y ALICIA
SOFIA PAGANI, DNI Nº 5.043.042, fallecida el 2 de marzo de 2015, en Concordia ER, con último domicilio en 1º de Mayo Nº 339 de la ciudad de Concordia ER bajo apercibimiento de ley Art.
728 Inc. 2º CPCC y Art. 2340 CCC Ley 26.994.
Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: Concordia, 20 de octubre de 2020. Visto:
Resuelvo: 1. Tener por presentados a Horacio Marcelo Minhondo, María Cecilia Minhondo y Daniel Oscar Minhondo, con el patrocinio letrado del Dr. Francisco Salvador Chiovetta, domicilio constituido en calle 25 de Mayo Nº 901 de esta ciudad de Concordia, por parte se le da intervención. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Pedro Horacio Minhondo, DNI Nº 5.768.419 y de Alicia Sofía Pagani, DNI Nº 5.043.042, vecinos que fueran de esta ciudad. 3. Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, tamaño mínimo de fuente cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, bajo apercibimiento de ley, Art.
728 Inc. 2º CPCC y Art. 2340 CCC Ley 26.994. 4. Dar intervención al Ministerio Fiscal Art. 722 Inc. 1º del CPCC. 5. Tener presenta la declaración de que los causantes no cuentan con otros descendientes conocidos, conforme lo prescriben los Arts. 718 in fine, 728 y 142 del CPCC. 6. Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la ciudad de Paraná ER 8confr. Art. 135
Decreto Ley 6964. 7. Dar intervención a la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER. 8. Tener presente la documental adjuntada, correspondiente a folio real del Inmueble matrícula Nº 125.740. 9. A lo demás, oportunamente. Fdo. Dr. Julio C.
Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 23 de octubre de 2020 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00012137 3 v./30/10/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de esta ciudad de Concordia, sito en calle Mitre Nº 28, 1º piso, a cargo del Dr. Julio Cesar Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial, Secretaría a cargo del Dr. José María Ferreyra, secretario, cita por el término de treinta días 30, en autos: Pedrozo Ricardo Luis y Fernández Stella Maris s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13171 - Año 2020, a todos quienes se consideren con derechos a los bienes dejados por fallecimiento de la Sra. STELLA MARIS
FERNÁNDEZ, DNI 6.426.257, nacida el día 6 de Diciembre de 1950, quien falleciera el día 31 de Octubre de 1996, hija de Jacinto Fernández y de Marta Zulema Mendoza, de esta civil casada en

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date28/10/2020

Page count21

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

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