Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 4 de setiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.
Capital: El capital es de pesos doscientos mil representado por cien acciones de valor nominal dos mil pesos cada acción, ordinarias, nominativas, no endosables de clase B, con derecho a un votos.
Suscripción: 1 Juan Cruz Dappen suscribe la cantidad de cien 100 acciones.
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo del Sr. Juan Cruz Dappen, D.N.I. N 36910643; en el carácter de administrador titular. En el desempeño de sus funciones actuará en forma individual o colegiada según el caso. La Sra. Silvia Analia Garcilazo, DNI N 21912422, en el carácter de administrador suplente. Durarán en sus cargos mientras no sean removidos por justa causa.
Representación: la representación legal y uso de firma social, estará a cargo del Sr. Juan Cruz Dappen, DNI N 36.910.643. Durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa.
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
Ejercicio social: 31 de marzo.
Registro Público DIPJ Paraná, 24 de agosto de 2020 Vanina Cipolatti, inspectora DIPJER.
F.C. 04-00010895 1 v./04/09/2020

GUALEGUAYCHU
GRUPO CENTINNO SAS
Anexo III - Edicto constitución sociedad por acciones simplificada Por resolución del Señor Director de la Dirección de Inspección de Persona Jurídica de la Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto publicar el presente texto de edicto por un día en el Boletín Oficial.
Constitución de fecha: 4 de marzo de 2020.
Socios: 1 Rolf Erwin Muller, D.N.I. N 92.006.258, CUIT N 2092006258-0, nacido el día 29/10/1967, estado civil casado, nacionalidad sudafricana, sexo masculino, de profesión ingeniero agrónomo, con domicilio real en Bvard. Colón 213, de la ciudad de Urdinarrain, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, por derecho propio; 2 Jesica Daiana Schvartz, D.N.I. N 31.623.527, CUIT N 27-31623527-7, nacida el día 08/05/1985, estado civil soltera, nacionalidad argentina, sexo femenino, de profesión Ingeniera agrónoma, con domicilio real en Dr. Roig Nº 689, de la ciudad de Urdinarrain, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, por derecho propio y 3 María Casariego , D.N.I. N22.591.469, CUIL N 27-22591469-4, nacida el día 28/08/1972, estado civil casada, nacionalidad argentina, sexo femenino, de profesión empresaria, con domicilio real en Bvard. Colón 213, de la ciudad de Urdinarrain, Departamento Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, por derecho propio.
Capital: El capital social es de pesos cuatro millones $
4.000.000,00, representado por cuatrocientas mil 400.000 acciones, de pesos diez $ 10.00 valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase B y con derecho a un voto por acción, que se suscriben conforme al siguiente detalle: 1 Rolf Erwin Muller, suscribe la cantidad de ciento veinte mil 120.000
a c c i on es , po r un t ota l d e pe so s u n m illó n do sc ien tos mil $
1.200.000,00, 2 Jesica Daiana Schvartz, suscribe la cantidad de ciento sesenta mil 160.000 acciones, por un total de pesos un millón seiscientos mil $ 1.600.000,00 y 3 María Casariego, suscribe la cantidad de ciento veinte mil 120.000 acciones, por un total de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000,00.
El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, el veinticinco por ciento en este acto, obligándose los socios a integrar el saldo dentro de los dos años desde la firma del presente instrumento.
Domicilio: Tiene su domicilio social en la ciudad de Urdinarrain, Provincia de Entre Ríos, República Argentina; pudiendo establecer sucursales, establecimientos, agencias y domicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero y fijarles o no un capital.
Duración: La duración de la sociedad se establece en noventa y nueve años, contados desde la fecha del instrumento constitutivo.
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero las siguientes actividades:
PRODUCCION: Realizar la actividad agrícola y ganadera en general, tanto en establecimientos de su propiedad o de terceros, celebrando contratos de arrendamiento, aparcería o mediante contratos asociativos o de siembra compartida.
INDUSTRIALIZACION: Elaboración, industrialización y fraccionamiento de productos y subproductos de origen ganadero, cárneos, lácteos y cueros; de origen agrícola, granos, pellets, aceites, harinas;
productos forestales y madereros.
PRESTACION DE SERVICIOS: La prestación, directa o indirecta, de toda clase de servicios para el sector ganadero, tales como ventas, compras, manejo de rodeos, planificación de la producción,
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servicios de sanidad, hotelería, feedlot, planes nutricionales, etc. y para el sector agrícola, tales como labranza, siembra, cuidados culturales, servicios de pulverización, fertilización, desinfección y fumigación, servicios de cosecha mecánica o manual, la realización de trabajos agrícolas a terceros, ya sea con maquinaria propia o de terceros, servicios técnicos. Servicios de asesoría y visitas técnicas, servicio de recolección de datos, interpretación, inferencia, elaboración de proyectos productivos a medida, planes de negocios, etc.
Administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo.
Transporte en general de todo tipo de productos agrícolas o ganaderos, subproductos o insumos.
COMERCIALIZACION: Mediante la compra, venta, distribución, comisión, consignación, mandato, representación, importación y exportación:
a De todos los productos y sub productos de las actividades agrícolas y ganaderas.
b De maquinarias agrícolas de toda naturaleza, pudiendo celebrar contratos de alquiler o leasing.
c De herramientas y accesorios de todo tipo, ya sean estos mecánicos, eléctricos o electrónicos, inclusive software y aplicaciones tecnológicas.
d De insumos tales como semillas, fertilizantes, insecticidas, pesticidas, plaguicidas, materiales para el riego en todas sus variantes.
e De alimentos balanceados, suplementos y cualquier otro producto que se encuentre relacionado con las actividades agropecuarias o ganaderas.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.
Administración: La administración estará a cargo de Rolf Erwin Muller, que revestirá el carácter de administrador titular. En el desempeño de sus funciones y actuando en forma individual o colegiada según el caso tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa. En este mismo acto se designa a Jesica Daiana Schvartz en el carácter de administrador suplente con el fin de llenar la vacante que pudiera producirse.
Los nombrados, presentes en este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley.
Representación: La representación y uso de la firma social estará a cargo del Señor Rolf Erwin Muller, en caso de ausencia o impedimento corresponderá a la reunión de socios, o en su caso al socio único la designación de su reemplazante. Durará en su cargo mientras no sea removido por justa causa.
REUNION DE SOCIOS: Todas las resoluciones sociales de la sociedad se asentarán en un libro de Actas que se llevará a tales efectos y las disposiciones se tomarán en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Art. 53 de la Ley 27.349 y concordantes de la Ley 19.550. De las deliberaciones de las reuniones de socios deberán labrarse actas, las que resumirán las manifestaciones efectuadas, el sentido de las votaciones y su resultado, con expresión completa de las decisiones adoptadas. El quórum para cualquier reunión se forma con la presencia de socios que representen más de la mitad del capital social.
Las decisiones sociales que tiendan a introducir modificaciones en el contrato social deben ser tomadas por decisiones de más de la mitad del capital social. Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del contrato, la designación o revocación de administradores o representantes se adoptarán por mayoría del capital presente en la reunión. A los administradores y representantes legales se le aplicará lo normado por el Art. 157 LGS
Fiscalización: La sociedad prescinde de órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme el Art. 55 Ley 19.550.
Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el último día del mes de Febrero de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.
Registro Público DIPJ Paraná, 22 de abril de 2020 José María Raiteri, abogado inspector DIPJER.
F.C. 04-00010907 1 v./04/09/2020

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/9/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date04/09/2020

Page count22

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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