Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

público del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a la empresa Servicios Fluviales del Paraná S.A., para el uso de la actividad amarre de barcazas y ratificar el Acuerdo de permiso de uso oneroso celebrado; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección de Tierras Fiscales y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependientes del Ministerio de Producción y el Consejo de Tasaciones de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Convalídase la Resolución Nº 699/18 DATF, mediante la cual se prorrogó de manera excepcional el acuerdo de permiso de uso oneroso otorgado mediante convenio suscripto en fecha 11 de diciembre de 2014 - Resolución Nº 2.132/14 DATF - a favor de la empresa Servicios Fluviales del Paraná S.A., CUIT Nº 30-711505136, con domicilio legal en calle Victorino de la Plaza Nº 1.332 de la localidad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, para el desarrollo de la actividad Amarre de barcaza por el término de seis 6 meses o hasta que se reglamente el otorgamiento de los permisos de uso sobre inmuebles integrantes del dominio público, lo que ocurra primero, contados a partir del 11 de diciembre de 2017 y hasta el 10 de junio de 2018 para la ocupación de una franja costera de un mil 1.000 metros de frente por cincuenta 50 metros de fondo, cinco 5 hectáreas, ubicada entre los kilómetros 351,050 a 351,800 del lote Nº 20, y 351,800 a 352,050 del lote Nº 15, sección C de la Isla Las Lechiguanas, del Departamento Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.
Art. 2º Ratifícase el Acuerdo de permiso de uso oneroso, celebrado en fecha 31 de agosto de 2018, entre el director de Administración de Tierras Fiscales, doctor Pablo Bonato, en representación del Gobierno de Entre Ríos, y el presidente de la empresa Servicios Fluviales del Paraná S.A., señor Martín Patricio Vercelli, por el término de seis 6 meses, contados a partir del 11 de diciembre de 2017
y hasta el 10 de junio de 2018.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 4º Comuníquese, con copia pasen las presentes actuaciones a la Dirección de Tierras Fiscales para su notificación, cumplimentado, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Juan J. Bahillo
DECRETO Nº 966 M.P.
CONVALIDANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 26 de junio de 2020
VISTO:
La Resolución Nº 0643, emitida en fecha 13 de agosto de 2018 por la Dirección de Administración de Tierras Fiscales; y CONSIDERANDO:
Que mediante su artículo 1º se prorrogó de manera excepcional y ad referéndum del Poder Ejecutivo el acuerdo de permiso de uso oneroso, otorgado mediante convenio suscripto en fecha 11 de diciembre de 2014 - Resolución Nº 2.130 DATF - a favor de la empresa La Barquita SRL, CUIT Nº 30-70913978-5, con domicilio legal en calle Combatientes de Malvinas Nº 291 de la localidad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, para el desarrollo de la actividad Amarre de barcaza por el término de seis 6 meses o hasta que se reglamente el otorgamiento de los permisos de uso sobre inmuebles integrantes del dominio público, lo que ocurra primero, contados a partir del 11 de diciembre de 2017 y hasta el 10 de junio de 2018 para la ocupación de una franja costera de un mil 1.000 metros de frente por cincuenta 50 metros de fondo, cinco 5 hectáreas, ubicada en el Islote Pancho, entre los kilómetros 447,300 a 448,300 del Río Paraná brazo izquierdo, del Departamento Victoria, Provincia de Entre Ríos; y Que habiendo tomado intervención el Consejo de Tasaciones de la Provincia, mediante Resolución Nº 5.168/18 CTP, establece el canon de arrendamiento anual; y Que, mediante el artículo 2º de la Resolución Nº 0643/18 DATF, se establece que el permisionario deberá abonar la suma semestral de pesos doscientos veinte mil seiscientos veinticuatro con ochenta y ocho centavos $ 220.624,88, conforme lo establecido por el Consejo de Tasaciones de la Provincia, más los intereses impuestos y gastos que pudieran corresponder; y Que en fecha 16 de agosto de 2018 se celebró el Acuerdo de permiso de uso oneroso, entre el director de Administración de Tierras Fiscales, doctor Pablo Bonato, en representación del Gobierno de Entre Ríos, y el socio gerente de la empresa La Barquita SRL, señor Facundo Martín Maggiori, por el término de seis 6 meses, contados a partir del 11 de diciembre de 2017 y hasta el 10 de junio de 2018; y Que obra agregado a las presentes actuaciones copia del Dictamen
Paraná, lunes 3 de agosto de 2020

Nº 0029/18, emitido por Fiscalía de Estado, en el que informa que atento a la ausencia de delegación de facultades para otorgar los permisos de uso, adhiere a la necesidad de dictar un decreto que apruebe los permisos otorgados oportunamente y conceda las prórrogas solicitadas en los términos propiciados; y Que corresponde proceder en esta instancia a la ratificación de la Resolución Nº 0643/18 DATF, mediante la cual se prorrogó de manera excepcional el uso de un inmueble integrante del dominio público del Superior Gobierno de Entre Ríos a la empresa La Barquita SRL, para el uso de la actividad amarre de barcazas y ratificar el Acuerdo de permiso de uso oneroso celebrado; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección de Tierras Fiscales y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependientes del Ministerio de Producción y el Consejo de Tasaciones de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Convalídase la Resolución Nº 0643/18 DATF, mediante la cual se prorrogó de manera excepcional el acuerdo de permiso de uso oneroso otorgado mediante convenio suscripto en fecha 11 de diciembre de 2014 - Resolución Nº 2.130 DATF - a favor de la empresa La Barquita SRL, CUIT Nº 30-70913978-5, con domicilio legal en calle Combatientes de Malvinas Nº 291 de la localidad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, para el desarrollo de la actividad Amarre de barcaza por el término de seis 6 meses o hasta que se reglamente el otorgamiento de los permisos de uso sobre inmuebles integrantes del dominio público, lo que ocurra primero, contados a partir del 11
de diciembre de 2017 y hasta el 10 de junio de 2018 para la ocupación de una franja costera de un mil 1.000 metros de frente por cincuenta 50 metros de fondo, cinco 5 hectáreas, ubicada en el Islote Pancho entre los kilómetros 447,300 a 448,300 del Río Paraná brazo izquierdo, del Departamento Victoria, Provincia de Entre Ríos.
Art. 2º Ratifícase el Acuerdo de permiso de uso oneroso, celebrado en fecha 27 de agosto de 2018, entre el director de Administración de Tierras Fiscales, doctor Pablo Bonato, M.I. Nº 18.833.614, en representación del Gobierno de Entre Ríos, y el socio gerente de La Barquita SRL, señor Facundo Martín Maggiori, M.I. Nº 25.262.649, por el término de seis 6 meses, contados a partir del 11 de diciembre y hasta el 10 de junio de 2018.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 4º Comuníquese, con copia pasen las presentes actuaciones a la Dirección de Tierras Fiscales para su notificación, cumplimentado, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Juan J. Bahillo
SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA
RESOLUCION Nº 088-20 ST

DISPOSICION
Paraná, 31 de julio de 2020

VISTO:
La Ley Nacional N 27.467, Decreto N 4/20 PEN, Resolución Nº 14/20 emitida por el Ministerio de Transporte de la Nación, el Convenio suscripto entre el Sr. Gobernador de Entre Ríos, Cdor.
Gustavo Bordet y el Ministro de Transporte de la Nación, D. Mario Meoni en fecha del 1 de junio del corriente y los Decretos Provinciales N 119/20 y 779/20 MPIyS; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 14/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación se dispuso transferir las acreencias del Fondo de Compensación creado por artículo 125 de la Ley 27.467, prorrogada en virtud de lo dispuesto por Decreto N 4/2020 PEN, al Fideicomiso creado por Art. 12 del Decreto N 976/2001 para que a través de éste se distribuyan tales acreencias entre las jurisdicciones que suscriban los convenios cuyos modelos fueron aprobados por artículo 5 de la Resolución N 14/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación;
Que en función de ello, por Decreto N 119/20 MPIyS se ratificó el convenio y sus anexos suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de Entre Ríos, cuyo plazo de vigencia se extendió desde el mes de enero hasta el 30 de abril de 2020;
Que en el marco de las disposiciones de la Resolución N
14/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación, y atento al vencimiento de la vigencia del convenio ratificado por Decreto N
119/20 MPIyS, en fecha 1 de junio de 2020 fue suscripto un nuevo

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/8/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date03/08/2020

Page count12

Edition count4797

Première édition01/12/2003

Dernière édition29/07/2024

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