Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/3/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

24

BOLETIN OFICIAL

fallecida el día 20/08/2015, en Chajarí, vecina que fuera de la ciudad de Los Conquistadores.La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 2 de septiembre de 2019 Declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato de María Gabriela Jaurena, vecina que fuera de Los Conquistadores, Departamento Federación ER.-Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo de la ciudad de Concordia, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de la causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.- Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.
Chajarí, 2 de septiembre de 2019 Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00008419 3 v./09/03/2020
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí E.R., Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Dalcin Celso Acelino s/ Sucesorio ab intestato, Expte.
N 5210/19, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de CELZO ACELINO DALCIN, D.N.I. N
M5.789.558, con último domicilio en la Ciudad de San Jaime de la Frontera, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos, fallecido en la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, E.R. en fecha 25 de noviembre de 2017.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Chajarí, 4 de septiembre de 2019.-Agréguese el comprobante de pago de la tasa de justicia acompañado y, al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato del Señor Celso Acelino Dalcin, vecino que fuera de San Jaime de la Frontera, Departamento Federación ER.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Heraldo de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal y a la Administradora Tributaria de Entre Ríos.- Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales Arts. 134, 135 y concs. Ley 6964; facultando a la Dra. Carolina Elizabeth López Miotti para intervenir en su diligenciamiento Fdo.: Dr. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.Otra dice: Chajarí, 22 de octubre de 2019.- y Visto: El error incurrido en la resolución de fecha 4 de septiembre de 2019 fs. 30 donde en el primer párrafo se provee la apertura del proceso sucesorio de Celso Acelino Dalcin; Considerando: Que de la documental agregada a fs. 7, 8/9 11/15 se advierte que el nombre correcto del causante es Celzo Acelino Dalcin; Resuelvo: Disponer la rectificación de dicha resolucion y, en consecuencia, Tener por promovido el proceso sucesorio de Celzo Acelino Dalcin tal como se indica, debiendo estarse a lo demás allí dispuesto Fdo.: Dr. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.Chajarí, 13 de diciembre de 2019 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 04-00008458 3 v./10/03/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco Juez, Secretaría de la Dra. Verónica Patricia Ramos, en los autos caratulados: Godoy Elida Teresa s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
5315/19 cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideran con derecho a los bienes dejados por ELIDA TERESA GODOY, D.N.I. 13.171.319 fallecida el día 08/07/2019 en Chajarí, vecina que fuera de la ciudad de Chajarí.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 12 de diciembre de 2019.- Por presentada la Dra.
Stefanía Ayelen Irungaray, con domicilio procesal constituido y real de sus mandantes denunciados, personería acreditada a mérito de la Carta Poder agregada, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato de la Señora Elida Teresa Godoy, vecina que fuera de esta ciudad, Departamento Federación ER.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Sol de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.
Chajarí, 10 de febrero de 2020 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 04-00008487 3 v./10/03/2020

Paraná, lunes 9 de marzo de 2020

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados Aranda, José s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
13929/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por JOSE ARANDA, DNI N 5.710.040, fallecido el día 18 de septiembre de 2019, en Chajarí, vecino que fuera de la ciudad de Chajarí.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 19 de febrero de 2020.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo, de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- , facultándose a los Dres. Agustin Ponzoni y/o Agostina Ponzoni para intervenir en su diligenciamiento.- Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.
Chajarí, 17 de febrero de 2020 Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00008529 3 v./11/03/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados: Coceres, Felipe Benicio y Lozano, Manuela Rosa s/
Sucesorio ab intestato, Expte. N 13920/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por FELIPE BENICIO COCERES, DNI N 1.900.841, fallecido el día 11.06.2018, en Chajarí, Dpto. Federación, ER, vecino que fuera de la ciudad de Chajarí, Dpto. Federación, ER y de MANUELA ROSA LOZANO, DNI N 5.048.066, fallecida el día 25.01.2019, en Chajarí, Dpto.
Federación, ER, vecina que fuera de la ciudad de Chajarí, Dpto.
Federación, ER.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 18 de diciembre de 2019.-Por presentados Maricel Moreno, Carlos Alberto Moreno y Alejandro Osvaldo Moreno, con el patrocinio letrado de la Dra. María Verónica de los Angeles Leiva, con domicilio procesal constituido y real denunciado, por parte y documentación de su referencia acompañada.- , Fdo.: Dr. José Manuel Lena.- Juez. Y Chajarí, 6 de febrero de 2020.- Al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de las partidas de defunción acompañadas, declaro abierto los procesos sucesorios ab-intestato de Felipe Benicio Coceres y Manuela Rosa Lozano, vecinos que fueran de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación ER, respectivamente.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo, de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de los causantes, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- Fdo. Dr. José Manuel Lena, Juez.
Chajarí, 17 de febrero de 2020, Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00008535 3 v./11/03/2020

GUALEGUAY
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría única desempeñada por la Dra. Delfina María Fernández, en autos Barriola Carlos Víctor s/ Sucesorio ab intestato, Expediente N 11009, cita y emplaza por el término de treinta 30 días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se hará por un 1 día en el Boletín Oficial;
asimismo se cita y emplaza por el término treinta 30 días a partir de la última publicación del presente que se hará por tres 3 días en el diario El Debate Pregón, que se contarán a partir de la última publicación, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CARLOS VÍCTOR BARRIOLA, DNI N 5.861.945, vecino que fuera de la ciudad de Gualeguay;
fallecido el día 14 de mayo de 2.018 en esta ciudad de Gualeguay.
Como mejor recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que ordena el presente: Gualeguay, 26 de febrero de 2020.- Estando acreditado el fallecimiento del causante y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de Carlos Victor Barriola, vecino que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el Art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafoy por tres días en el diario local El Debate Pregón Art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date09/03/2020

Page count33

Edition count4802

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031