Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 6 de marzo de 2020

BOLETIN OFICIAL

FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados Jaurena, María Gabriela s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
13817/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por MARIA GABRIELA JAURENA, DNI Nº 20.577.109, fallecida el día 20/08/2015, en Chajarí, vecina que fuera de la ciudad de Los Conquistadores.La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 2 de septiembre de 2019 Declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato de María Gabriela Jaurena, vecina que fuera de Los Conquistadores, Departamento Federación ER.-Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo de la ciudad de Concordia, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de la causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.- Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez.
Chajarí, 2 de septiembre de 2019 Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00008419 3 v./09/03/2020
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí E.R., Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Dalcin Celso Acelino s/ Sucesorio ab intestato, Expte.
N 5210/19, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de CELZO ACELINO DALCIN, D.N.I. N
M5.789.558, con último domicilio en la Ciudad de San Jaime de la Frontera, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos, fallecido en la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, E.R. en fecha 25 de noviembre de 2017.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Chajarí, 4 de septiembre de 2019.- Agréguese el comprobante de pago de la tasa de justicia acompañado y, al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato del Señor Celso Acelino Dalcin, vecino que fuera de San Jaime de la Frontera, Departamento Federación ER.Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Heraldo de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal y a la Administradora Tributaria de Entre Ríos.- Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales Arts. 134, 135 y concs. Ley 6964; facultando a la Dra. Carolina Elizabeth López Miotti para intervenir en su diligenciamiento Fdo.: Dr. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.Otra dice: Chajarí, 22 de octubre de 2019.- y Visto: El error incurrido en la resolución de fecha 4 de septiembre de 2019 fs. 30 donde en el primer párrafo se provee la apertura del proceso sucesorio de Celso Acelino Dalcin; Considerando: Que de la documental agregada a fs. 7, 8/9 11/15 se advierte que el nombre correcto del causante es Celzo Acelino Dalcin; Resuelvo: Disponer la rectificación de dicha resolucion y, en consecuencia, Tener por promovido el proceso sucesorio de Celzo Acelino Dalcin tal como se indica, debiendo estarse a lo demás allí dispuesto Fdo.: Dr. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.Chajarí, 13 de diciembre de 2019 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 04-00008458 3 v./10/03/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco Juez, Secretaría de la Dra. Verónica Patricia Ramos, en los autos caratulados: Godoy Elida Teresa s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
5315/19 cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideran con derecho a los bienes dejados por ELIDA TERESA GODOY, D.N.I. 13.171.319 fallecida el día 08/07/2019 en Chajarí, vecina que fuera de la ciudad de Chajarí.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 12 de diciembre de 2019.- Por presentada la Dra.
Stefanía Ayelen Irungaray, con domicilio procesal constituido y real de sus mandantes denunciados, personería acreditada a mérito de la
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Carta Poder agregada, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio abintestato de la Señora Elida Teresa Godoy, vecina que fuera de esta ciudad, Departamento Federación ER.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Sol de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.
Chajarí, 10 de febrero de 2020 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 04-00008487 3 v./10/03/2020

GUALEGUAY
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Gualeguay N 2, a cargo de la Dra. Teresita Inés Ferreyra, Secretaría a cargo de la Dra. Fernández Rosa, en los autos caratulados Kippke Erica y Wo llert Carlos s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
8822, cita y emplaza por el termino de treinta días a contar desde la última publicación que se efectuara por una vez, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes KIPPKE ERICA y WO LLERT CARLOS, fallecidos en la ciudad de General Galarza, en febrero del año 2019 Doña Kippke y en Gualeguay en fecha Abril del año 2016 Don Wo llert, debiendo acreditar su derecho en el plazo señalado.
Como recaudo se transcribe la parte pertinente del auto que ordena la presente: Gualeguay, 10 de junio de 2019. Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y el carácter de parte legitima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de los cónyuges Carlos Wo llert y Erica Kippke, vecinos que fueran de la localidad de General Galarza, y publiquense edictos por un día en el Boletín Oficial y por tres veces en el diario El Debate Pregón, llamando durante treinta y diez días, respectivamente, que se contarán a partir de la última publicación a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo.- Fdo: Teresita Inés Ferreyra, Jueza Civil y Comercial.
Gualeguay, 23 de junio de 2019 Rosa M. Fernández, secretaria.
F.C. 04-00008473 1 v./06/03/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Gualeguay Nº 1, a cargo del Dr. Fabián Morahan, Secretaría a cargo de la Dra. Delfina Fernández, en autos caratulados Galvan Carlos Horacio y Albornoz Matilde s/ Sucesorio ab intestato, Expte N
10804, cita y emplaza por el termino de treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Doña ALBORNOZ MATILDE, fallecida el día 20 de febrero del año 2018 y Don GALVÁN CARLOS HORACIO, fallecido el día 23 de diciembre del año 2016, ambos fallecidos en la ciudad de General Galarza, debiendo acreditar su derecho en el plazo señalado.
Como recaudo se transcribe la parte pertinente del auto que ordena la presente: Gualeguay, 25 de junio de 2019 Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y el carácter de parte legitima con la documental acompañada, decrétase la apertura acumulada del juicio sucesorio de Carlos Horacio Galvan y Matilde Albornoz vecinos que fueran de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el Art.
2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafoy por tres días en el diario local El Debate Pregón Art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta días.- Fdo:
Fabián Morahan, Juez Civ. y Com. N 1.Gualeguay, 8 de agosto de 2019 Delfina M. Fernández, secretaria.
F.C. 04-00008474 1 v./06/03/2020
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Gualeguay N 1 a cargo del Dr. Fabián Morahan, Sec. Única a cargo de la Dra. Delfina Fernández en autos caratulados Kroger Julio, Paltenghi Elena Esther y Kroger Mirta Estela s/ Sucesorio ab intestato Expte.: 10815, cita y emplaza por el término de treinta días, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes KROGER JULIO, fallecido en General Galarza el 24 de noviembre de 1998; PALTENGHI ELENA ESTER, fallecida en General Galarza el 14 de julio de 2016; KROGER MIRTA ESTELA, fallecida en General Galarza el 26 de junio de 2003, debiendo acreditar su derecho en el plazo señalado.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date06/03/2020

Page count36

Edition count4801

Première édition01/12/2003

Dernière édition02/08/2024

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