Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 5 de abril de 2019

BOLETIN OFICIAL

Carlos Malerba, Legajo Nº 144.257, la suma que resulte de lo reconocido por el artículo 1º del presente decreto.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 3838 M.S.
RECONOCIENDO LICENCIA EXTRAORDINARIA
Paraná, 13 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el agente Jorge Luis Rivero, DNI Nº 11.911.473, solicitó licencia sin goce de haberes por ocupar cargo de mayor jerarquía desde el 21.7.16 hasta el 4.3.17; y CONSIDERANDO:
Que el mencionado agente revista en categoría 19- tramo A, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay;
Que el agente Rivero fue designado para desempeñar el cargo de coordinador de la Carrera de Enfermería, desde el 26.4.16 hasta el 4.3.17, en la Escuela Secundaria y Superior Nº 4 Doctor Julio Ossola del Departamento Rosario del Tala, perteneciente al Consejo General de Educación de la Provincia;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha dictaminado al respecto;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 2.900/71 SGG;
Que surge de autos la intervención de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia, expidiéndose que lo solicitado en autos no encuadra en la Ley 7.960, ya que la misma se reglamenta para aquellos funcionarios o empleados que se hallan postulados como candidatos partidarios a las elecciones, siempre para cargos electivos, con o sin haberes y para los agentes que han sido designados para desempeñar cargo electivos o de mayor jerarquía, se considera licencia sin goce de haberes por el plazo en el que permanezcan en el ejercicio de la función, entendiéndose que la licencia por cargo de mayor jerarquía es siempre por cargos electivos con o sin goce de haberes, circunstancia que en el presente trámite no encuadra en la citada ley;
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley 7.960, lo interesado no resulta viable;
Que por lo anteriormente expuesto y a los efectos de regularizar la situación el agente Rivero, es procedente reconocer la licencia extraordinaria sin goce de haberes desde el 21.7.16 hasta el 4.3.17;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese la licencia extraordinaria sin goce de haberes al solo efecto de regularizar su situación, al agente Jorge Luis Rivero, DNI Nº 11.911,473, quien revista en tramo A, Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay, desde el 21.7.16 hasta el 4.3.17, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 3839 M.S.
RECONOCIENDO LICENCIA EXTRAORDINARIA
Paraná, 13 de noviembre de 2018
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la adscripción del agente Carlos Hugo Salvador, DNI Nº 21.708.019, Legajo Nº 160.558 al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia; y CONSIDERANDO:
Que el citado agente, quien ha manifestado su conformidad, revista en el cargo categoría 6, Carrera Técnica, tramo A del Escalafón General de la Dirección de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud;
Que los mencionados organismos han dado su conformidad a lo interesado en autos;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud han tomado la intervención de competencia;
Que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia informa en autos que el agente Salvador ha prestado servicios en esa dependencia desde el 25.1.16 hasta la fecha;
Que atento a lo expuesto corresponde reconocer la prestación de servicios del agente Carlos Hugo Salvador, DNI Nº 21.708.019, Legajo Nº 160.558, en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia, a partir del 25.1.16, hasta la fecha del presente decreto;
Que, asimismo, es procedente adscribir al mencionado agente a
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partir de la fecha del presente texto legal y por el término de doce 12 meses;
Que la presente gestión encuadra en las disposiciones del artículo 39º de la Ley 9.755, Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, en la Ley 10.271 y su modificatoria Ley 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese la prestación de servicios del agente Carlos Hugo Salvador, DNI Nº 21.708.019, Legajo Nº 160.558, quien revista en el cargo categoría 6, Carrera Técnica, tramo A, del Escalafón General de la Dirección de Emergencias Sanitarias del Ministerio de Salud, en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia, desde el 25.1.16 hasta la fecha del presente texto legal, conforme a lo expuesto precedentemente.
Art. 2º Adscríbase al agente Carlos Hugo Salvador, DNI Nº 21.708.019, Legajo Nº 160.558, al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia, a partir de la fecha del presente texto legal y por el término de doce 12 meses, conforme a los considerandos expuestos.
Art. 3º El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia, a través del área pertinente deberá presentar la documental que acredite la efectiva prestación de servicios por parte del agente Carlos Hugo Salvador, ante el Departamento Personal del Ministerio de Salud.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
Gustavo E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 3840 M.S.
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 13 de noviembre de 2018
VISTO:
La Resolución Nº 3.560 M.S., de fecha 6.10.14; y CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución se dispuso convocar a concurso de títulos y antecedentes diversos cargos afectados a la planta permanente de distintos establecimientos asistenciales del Departamento Nogoyá, dependientes del Ministerio de Salud, de acuerdo a las mandas de la Ley 9.892 - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria;
Que el jurado actuante ha dictaminado y elaborado las correspondientes órdenes de mérito, habiendo cumplimentado las distintas etapas técnico-administrativas, normatizadas por la Ley 9.892 y Ley 7.060 Reglamento para Trámites Administrativos, ratificada por la Ley 7.504;
Que a los efectos del cumplimiento y la notificación de los concursantes, dicha premisa se cumplió rigurosamente, trámite que fue efectuado por la División Concursos del Ministerio de Salud;
Que el bioquímico Guillermo Luis Ramos resultó ganador de los cargos de jefe de servicio y profesional asistente, ambos del Servicio de Bioquímica del Hospital San Blas de Nogoyá, continuando con el orden de méritos, en virtud a que el citado profesional se acogió al beneficio de la jubilación ordinaria especial, de acuerdo a la Resolución Nº 4.047/17 CJPP, con fecha de cese el 6.3.17;
Que el doctor Osvaldo Bernardo Giayetto resultó ganador del cargo de subjefe de servicio del Servicio de Clínica Médica del Hospital San Blas de Nogoyá, continuando con el orden de méritos, en virtud a que el citado profesional se acogió al beneficio de la jubilación ordinaria común, de acuerdo a la Resolución Nº 2.192/16 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, con fecha de cese el 31.10.16;
Que el cargo de director Nivel I del Centro de Salud Gobernador Laurencena de Aranguren fue excluido del presente texto en virtud de los distintos reclamos efectuados por los profesionales participantes, tramitándose por Expediente RU Nº 1908863 y a los efectos de no entorpecer la designación de los restantes profesionales;
Que es norma del Poder Ejecutivo respetar las disposiciones que surjan como consecuencia de los resultados de los concursos que se realizan mediante el sistema vertebrado pro la Ley 9.892;
Que el Departamento Personal dependiente del Ministerio de Salud ha elaborado el correspondiente informe de su competencia, expresando que no existen impedimentos para la prosecución del trámite de estilo, como tampoco para las designaciones que se interesan como resultado del concurso realizado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Administración, ambas del Ministerio de Salud, se han expedido al respecto;
Que la Oficina Provincial de Presupuesto y la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia han intervenido en las presentes;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha realizado el

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date05/04/2019

Page count32

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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