Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2018

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

8
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría N 3, a cargo de la suscripta, Dra.
Gimena Bordoli, sito en calle Bartolomé Mitre Nº 28, 2 Piso, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, cita y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ISIDORO GRINSTEIN, DNI Nº 5.797.576, fallecido en la ciudad de Concordia, el día 18 de junio de 2.018, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia, para que dentro del término de treinta días 30 corridos lo acrediten en los autos caratulados Grinstein, Isidoro Sucesorio ab intestato, iniciados el día 2 de octubre de 2.018, Expediente Nº 8.448, que tramitan por ante este Juzgado A tal fin se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: Concordia, 9
de octubre de 2018. Visto: Resuelvo: 1.Tener por presentados a Elida González, Marcelo Javier y Gustavo Eduardo Grinstein, en ejercicio de sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. Guillermo Alberto Melchior, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, deseles intervención. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Isidoro Grinstein, vecino que fuera de esta ciudad.
3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamano mlnimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.- 5.-
6.- 7.- A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Gabriel Belén, Juez.Concordia, 15 de noviembre de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00007878 3 v./29.11.18
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N6, Dr. Diego Luis Esteves, Juez interino, Secretaría a cargo de la suscripta Dra. Martina Bordoli, de Concordia, en los autos caratulados Montenegro América Prudencia; Ronco Enrique; Ronco Enrique Oscar; Ronco Olga Ester s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 8642, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a herederos y acreedores de AMERICA PRUDENCIA
MONTENEGRO, vecina que fuera de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, fallecida en Concordia, en fecha 30 de agosto de 1976; ENRIQUE RONCO, DNI Nº 1.892.995, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, fallecido en Concordia el 30 de enero de 1986; ENRIQUE OSCAR RONCO, DNI N 5.822.842, vecino que fuera de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, cuyo fallecimiento se produjo en Concordia, el 10 de junio de 1999 y OLGA ESTER RONCO, DNI N
3.690.064, vecina que fuera de la ciudad de Concordia, cuyo fallecimiento se produjo en Concordia, en fecha 3 de julio del 2018.
La resolución que así lo establece expresa:
Concordia, 31 de octubre de 2018. Visto: Lo peticionado, documentación acompañada y lo dispuesto por el Art. 96 últ. párrafo del Código Civil vigente al momento del fallecimiento de América Prudencia Montenegro, Enrique Ronco y Enrique Oscar Ronco y Arts. 718, 728, ss.
y ccs. del CPCyC y Art. 2340 del CCyC. Resuelvo: 1.- Tener por presentado al Dr. Martín Mazzola, en nombre y representación de María del Carmen Ronco, en mérito a las facultades consignadas en el poder acompañado, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, désele intervención conforme a derecho. 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de América Prudencia Montenegro, Enrique Ronco, Enrique Oscar Ronco y Olga Ester Ronco, vecinos que fueran de esta ciudad. 3.- Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren
BOLETIN OFICIAL
con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. 4.- 5.-
6.- 7.- 8.- y 9.- A lo demás, oportunamente. Fdo. Diego Luis Esteves, Juez int..
Concordia, 6 de noviembre de 2018 Martina Bordoli, secretaria supl.
F.C. 0001-00007896 3 v./30.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial N 3, de esta ciudad, Secretaría N
4, cita y emplaza por el término de treinta días corridos, a todos aquellos que se consideren con derecho sobre los bienes quedados por el fallecimiento de don JOSE OMAR DE LOS
SANTOS, vecino que fue de esta ciudad de Concordia, ocurrido en Concordia, el día 19 de junio de 2018. Que tramita en autos caratulados De Los Santos, José Omar s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 6501.
Se transcribe la resolución que así lo ordena en su parte pertinente: Concordia, 16 de octubre de 2018 Resuelvo: 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de José Omar De Los Santos, DNI N17.552.891, vecino que fue de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley Fdo.
Jorge I. Ponce, Juez suplente.
Concordia, 31 de octubre de 2018 Alejandro Centurión, secretario supl.
F.C. 0001-00007901 3 v./30.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino, Secretaría a cargo de la Dra. Ana María Noguera en autos Ricciardi Marcelo Argentino y Denegri Juana Nélida s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
9811, cita por treinta días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del Sr. MARCELO ARGENTINO RICCIARDI, DNI Nº 5.765.031, argentino, vecino que fuera de la ciudad de Concordia y fallecido en tal ciudad, Provincia de Entre Ríos, el 26 de enero de 1988 y Sra.
JUANA NELIDA DENEGRI, DNI Nº 5.048.742, argentina vecina que fuera de la ciudad de Concordia y fallecida en tal ciudad, Provincia de Entre Ríos, el 26 de julio de 2018.
La resolución en su parte pertinente dice:
Concordia, 17 de octubre de 2018. 1.- Por presentado Gustavo Marcelo Ricciardi, DNI N
16.534.611, con domicilio real en calle Gobernador Cresto N 1323, de esta ciudad, por derecho propio, y con patrocinio letrado del Dr.
Ignacio M. Arrizabalaga, con domicilio procesal constituido en calle Bdo. de Irigoyen N
133, de esta ciudad, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.- Declárese abierto el juicio sucesorio de Marcelo Argentino Ricciardi, DNI
N 5.765.031, fallecido en fecha 26/01/1988 y Juana Nélida Denegri, DNI N 5.048.742, fallecida en fecha 26/07/2018 vecinos que fueron de la ciudad de Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30
días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N
26.994, vigente a partir del 1/08/2015 y Art.
728 del CPCyC. 4.- Tener por denunciado estado civil del causante Marcelo Argentino Ricciardi, casado y de la causante Juana Nélida Denegri, viuda, al momento del fallecimiento. 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- 11. A lo demás oportunamente.
Concordia, 26 de octubre de 2018 Ana María Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00007933 3 v./30.11.18

Paraná, jueves 29 de noviembre de 2018

FEDERACION
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Debona Fernando Manuel y Busatto Graciela María s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 4910/18, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de FERNANDO MANUEL DEBONA, DNI N 5.073.665, con último domicilio en Barrio Pinar, D 63, de la ciudad de Chajarí ER, fallecido en Chajarí, Departamento Federación ER, en fecha 14 de febrero de 1993;
y de GRACIELA MARIA BUSATTO, DNI N
11.761.632, con último domicilio en Barrio El Pinar, Mz. 7, Dpto. 63, P.A., de la ciudad de Chajarí ER, fallecida en Chajarí, Departamento Federación ER, el 3 de enero de 1999.
La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Chajarí, 1 de noviembre de 2018 al estar prima facie" acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato de los señores Fernando Manuel Debona y Graciela María Busatto, vecinos que fueran de Chajarí, Departamento Federación ER. Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Sol de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de los causantes, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten Fdo.: Dr. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2".
Chajarí, 8 de noviembre de 2018 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 0001-00007927 3 v./30.11.18
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría única a cargo de Verónica P. Ramos, en los autos caratulados Sirtori María Graciela s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 4895/18, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores GRACIELA MARÍA SIRTORI, DNI 4.835.609, con ultimo domicilio en Avenida Belgrano 1485 de la ciudad de Chajarí, fallecida en Chajarí, Departamento Federación ER, el día 7 de agosto de 2017.La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: Chajarí, 23 de octubre de 2018.- Por presentados los Dres. Agustín Ponzoni y Agostina Ponzoni, con domicilio procesal constituido y reales de sus mandantes denunciados, personería acreditada a mérito del Poder Especial agregado, por parte y documentación de su referencia acompañada. Al estar prima facie" acreditada la legitimación Y
resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab-intestato de la señora Graciela María Sirtori, vecina que fuera de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación ER.- Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario El Sol de la ciudad de Concordia ER, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de la causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal y a la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Fdo.
Dr. José Manuel Lena, Juez subrogante.
Chajarí, 30 de octubre de 2018 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 0001-00007928 3 v./30.11.18

GUALEGUAYCHU
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la ciudad de Gualeguaychú, Leonardo Portela,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/11/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/11/2018

Page count20

Edition count4782

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930