Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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pero en ésta oportunidad certificado por autoridad competente, por lo que se consideró que éste punto estaba cumplimentado y se continuó con el estudio de la oferta; y Que a fojas 590/59, produce dictamen el entonces Departamento Jurídico del MPIyS respecto de los fundamentos dados por la Comisión de Estudio de Propuestas en su intervención de Acto Nº 3, advirtiendo que la falta de presentación del certificado de capacidad de contratación anual con el requisito de su certificación implica el rechazo de la oferta en el acto de apertura de sobres, requiriendo opinión a la Fiscalía de Estado; y Que mediante Dictamen Nº 0074/12 la Fiscalía de Estado realiza un exhaustivo análisis de lo actuado, expresando que en el caso concreto no se está frente a la omisión de la presentación, ni frente a la falta de inscripción de la empresa en el Registro de Contratistas del Estado, razón por la cual, a mi juicio, sin perjuicio de la deficiencia observada en su primera presentación, entiendo que cumple con la finalidad de las normas contenidas en los artículos 6º del pliego, 13º, inciso b del Decreto 958/79 y 28º primera parte del Decreto Nº 112/97 MEOSP, que no es otra que procurar que el Estado contrate con quien resulte idóneo y si bien es privativo de la autoridad administrativa competente evaluar razones de mérito, oportunidad y/o conveniencia, que resultan ajenas al control de legalidad de la Fiscalía de Estado, es dable considerar que se trata de una licitación en la que al haber un solo oferente no hay intereses concurrentes ni oferentes excluidos que pudieren sostener que se ha consagrado una ventaja al respecto de la empresa recurrente; y Que transcurrido el tiempo en fecha 1.10.13
mediante Acta Nº 4 se reúne la comisión de Estudio de Propuestas con el objeto de determinar que documentación resulta necesaria requerir a la empresa Trasandina Vial SRL, único oferente a la licitación, ya que han transcurrido más de dos 2 años desde la fecha de la apertura de la licitación. A los efectos de actualizar la documentación que integra la oferta y que es determinante para verificar si mantiene la capacidad económica financiera para ejecutar la obra, se solicitó a la dirección que requiera a la empresa: 1 mantenimiento de oferta por un término de 60 días corridos; 2
certificado fiscal para contratar con la administración vigente; 3 certificado de capacidad de contratación para la adjudicación vigente; 4
constancia de vigencia societaria con informe de no estar en concurso preventivo o quiebra a la fecha y 5 estados contables básicos y complementarios analizados por contador público independiente; lo cual se requiere mediante R.N Nº 665/13 DPOSER; y Que por Acta Nº 5 de fecha 7.11.13 se reúne la comisión de Estudio, quien manifiesta: en fecha 3.10.13, mediante R.N Nº 665 DPOSER, la Dirección solicitó a la empresa Trasandina Vial SRL la documentación detallada en Acta Nº 4 y a pesar de haber transcurrido más de 30
días corridos desde el requerimiento, la empresa no realizó ninguna presentación, por lo que conforme a lo especificado en artículo 13, apartado 6º - último párrafo, del Decreto Nº 958/79 SOySP, Reglamentario de la Ley Nº 6.351 de Obras Públicas, ratificada por Ley Nº 7.495 y último párrafo del artículo 6º y tercero del artículo 18º del pliego general de condiciones aprobado por Decreto Nº 27/06 GOB, corresponde rechazarle la oferta y en virtud de que el mantenimiento de oferta incorporado al legajo de licitación estaba vencido se le deberá reintegrar la garantía de oferta;
Que en base a todo el análisis la comisión de Estudio de propuestas aconseja: 1 Rechazar la oferta de la empresa Trasandina Vial SRL

BOLETIN OFICIAL
por los fundamentos expuestos en el Acta Nº 5
y reintegrarle la garantía de oferta; y 2 Declarar fracasada la Licitación Pública Nº 02/11 y proceder a realizar un nuevo llamado; y Que atento a lo expuesto por el entonces director de la DPOSER, a fojas 621/622, en fecha 20.11.13, comparte y hace propio el informe de la comisión de estudio de propuestas; y Que como consecuencia de lo manifestado precedentemente se procede a actualizar el presupuesto oficial a valores del mes de abril de 2017, cuyo monto asciende a la suma de $
11.126.266,01, con un plazo de obra de 365
días corridos, y que fuera aprobado mediante Resolución Nº 32/17 DPOSER; y Que a fojas 886 la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos informa que se prevé invertir hasta la suma de $ 5.000.000 en el presente ejercicio presupuestario, y el saldo será previsto en la elaboración del proyecto para el presupuesto 2018; y Que la presente gestión encuadra dentro de las prescripciones establecidas en los artículos 9º, inciso a, 10º inciso a, punto 1 y 12º, primer párrafo, primera parte, del Decreto Ley Nº 6.351, ratificado por Ley 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, Decreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº 3.264/16 MPIyS, Decreto Nº 2.715/16 MPIyS y Resolución Nº 1.297/16 MPIyS, como así también en el artículo 17º, inciso a de la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones - t.u.o.
por Decreto Nº 404/95 MEOSP; y Que han tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, la Contaduría General de la Provincia, a través de su contadora Auditora, como asimismo la Asesoría Legal de la DPOSER y la Dirección de Asuntos Jurídicos del MPIyS en lo que es de sus competencias; se destaca que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por Decreto Nº 307/16 MPIyS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la Licitación Pública Nº 02/11 DPOSER, para contratar la ejecución de la obra Red cloacal y tratamiento por filtro biológico, segunda etapa, El Pingo, Departamento Paraná, con un presupuesto oficial de pesos tres millones trescientos sesenta y nueve mil doscientos treinta con noventa y cuatro centavos $ 3.369.230,94, a valores del mes de abril 2011, y un plazo de ejecución de obra de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos, con ajuste a la documentación técnica que sirvió de base al llamado, aprobado por Resolución Nº 10/11 DPOSER.
Art. 2º Recházase la oferta presentada por la empresa Trasandina Vial SRL, conforme los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y reintégrense la garantía de oferta presentada oportunamente.
Art. 3º Declárase fracasada la Licitación Pública Nº 02/11 DPOSER, para contratar la ejecución de la obra Red cloacal y tratamiento por filtro biológico, segunda etapa, El Pingo, Departamento Paraná, conforme los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto.
Art. 4º La Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos efectuará la notificación fehaciente de lo dispuesto en el presente decreto, poniendo a disposición de la empresa la garantía de oferta que hubiere presentado.
Art. 5º Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos a efectuar un nuevo llamado a licitación pública, en el marco de la legislación vigente y según los pliegos aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº 3.264/16 MPIyS, para contratar la ejecución de la obra: Red
Paraná, jueves 10 de mayo de 2018
cloacal y tratamiento por filtro biológico, segunda etapa, El Pingo, Departamento Paraná, con ajuste a la documentación técnica preparada por la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos y aprobada por Resolución Nº 32/17 DPOSER, con un presupuesto oficial de pesos once millones ciento veintiséis mil doscientos sesenta y seis con un centavo $ 11.126.266,01 a valores del mes de abril de 2017 y un plazo de ejecución de obra de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos.
Art. 6º Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos a invertir en el presente ejercicio hasta la suma de pesos cinco millones $ 5.000.000, con destino a la ejecución de la obra en cuestión, y el saldo será previsto en el proyecto del presupuesto para el 2018.
Art. 7º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 20 - Subprograma 00 - Proyecto 03 Actividad 00 - Obra 55 - Finalidad 3 - Función 80 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 99, del presupuesto vigente.
Fuente de Financiamiento 13 - Subfuente de Financiamiento 0417 - $ 4.000.000.
Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 9954 - $ 1.000.000.
Art. 8º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 9º Comuníquese, publíquese y archívese y pasen a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos para la prosecución del trámite.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría Nº 7, en los autos caratulados Frank Erminda Elisa s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 19883, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a herederos y acreedores de ERMINDA ELISA FRANK, MI
Nº 5.599.650, vecina que fue del Dpto. Paraná, fallecida en Crespo, en fecha 17.6.2017. Publíquese por tres días.
Paraná, 12 de marzo de 2018 Noelia Telagorri, secretaria.
F.C. 0001-00002031 3 v./10.5.18
La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría Nº 6 de la Dra. Silvina M.
Lanzi, en los autos caratulados Ulrich Carolina s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 14584, cita y emplaza por el término de treinta 30
días, a herederos y acreedores de CAROLINA ULRICH, MI 10.282.291, vecina que fuera del Dpto. Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 22.1.2004. Publíquese por tres días.
Paraná, 14 de marzo de 2018 Silvina M.
Lanzi, secretaria.
F.C. 0001-00002046 3 v./10.5.18
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N1, de la ciudad de Paraná, Secretaría N 1, de quien suscribe, en los autos caratulados Ulrich Herminio s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 16858, cita y emplaza por

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/5/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date10/05/2018

Page count24

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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