Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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sales con sede en Paraná Disposición Técnico Registral Nº 5 DGNRA del 8/11/2006 en formulario 04.- 5.- Agregar los formularios de aporte a Caja Forense y Tasa de Justicia con sus comprobantes de pagos. 6.- Mandar generar la tasa mínima de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 10099 vigente a partir del 08/02/2012 Art. 252 del Código Fiscal T.O.
2006, respecto del segundo causante. 7.- No hacer lugar a la entrega de la documental en original debiendo permanecer en el presente universal hasta su culminación. Certificar por la actuaria las copias acompañadas y hacer entrega a las profesionales intervinientes. 8.Cumpliméntese con lo dispuesto en el Art. 718
in fine del CPCC. 9.- Unifíquese el domicilio procesal. Estela B. Méndez Castells, Jueza.
Concordia, 22 de marzo de 2018 Ana María Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00001815 3 v./2.5.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, de Concordia, a cargo del Dr.
Diego Luis Esteves, Secretaría N6 a cargo de la Dra. Natalia Gambino, en autos caratulados Baccon Lidia Ester s/ Sucesorio, Expte N
8389, cita por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de doña LIDIA ESTER BACCON, argentina, casada en primeras nupcias con Alcides Doroteo Arlettaz, jubilada, DNI N
5.895.931, CUIL 27-05895931-1, domiciliada en calle Tucumán N 357 de esta ciudad; hija de Enrique Celso Baccon y de Nélida María Nieves Follonier, nacida el 12 de julio de 1951
en San Salvador y fallecida el 15 de mayo de 2017 en Concordia, para que así lo acrediten bajo apercibimiento de ley.La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: Concordia, 23 de marzo de 2018.- 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten.- Fdo.: Diego Luis Esteves, Juez interino.
Concordia, 9 de abril de 2018 Natalia Gambino, secretaria supl.
F.C. 0001-00001822 3 v./2.5.18
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría a cargo de quien suscribe, Dra. Gimena Bordoli, en autos caratulados Lesa Gustavo Enrique s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 8072, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2 de Concordia, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a herederos y acreedores de GUSTAVO ENRIQUE LESA, DNI N 11.255.736, vecino que fuera de ésta ciudad, fallecido ab intestato el 23 de octubre de 2016 en Concordia.
Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: Concordia, 6 de noviembre de 2017. Resuelvo: 3.
Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. Fdo. Jorge I.
Ponce, Juez Civil y Comercial.
Concordia, 12 de marzo de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00001825 3 v./2.5.18
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 2, Dr. Gabriel Belén, Juez, Secretaría a cargo de la suscripta Dra. Gimena Bordoli, de Concordia, en los autos caratulados Nuñez Miguel Angel s/ Suce-

BOLETIN OFICIAL
sorio ab intestato, Expte. N 8211, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos, a herederos y acreedores de MIGUEL
ÁNGEL NUÑEZ, MI N 5.832.003, vecino que fuera de la localidad de Los Charrúas, ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, fallecido en Los Charrúas, en fecha 6 de octubre del 2017.
La resolución que así lo establece expresa:
Concordia, 27 de marzo de 2018. Visto: El promocional que antecede, poder y documentación adjuntos, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 2340, 2424, 2425 y ss. del CCyC, y 718, 728 y ccs. del CPCyC. Resuelvo:
1.- Tener por presentado al Dr. Martín Mazzola, en representación de Carmela Medina y de Ángela Vanesa y Carlos Gustavo Núñez, en mérito a las facultades consignadas en el poder acompañado, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, désele intervención.
2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Miguel Ángel Nuñez, DNI N 5.832.003, vecino que fuera de la localidad de Los Charrúas, Dpto. Concordia. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten.
4.- 5.- 6.- 7.- Notifíquese.- Fdo.
Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 4 de abril de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00001831 3 v./2.5.18
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 4, Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez Civil y Comercial, Secretaría a cargo de la Dra. Ana María Noguera, de Concordia, en los autos caratulados: Leonardelli, José Romeo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9615, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de JOSE ROMEO LEONARDELLI, MI N
5.786.895, vecino que fuera de la localidad de Los Charrúas, ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, fallecido en Los Charrúas, en fecha 28 de abril del 2017.
La resolución que así lo establece expresa:
Concordia, 03 de abril de 2018. 1.- Por presentado el Dr. Martín Mazzola, en nombre y representación de Alcides Eduardo Leonardelli, DNI N 13.178.263 con domicilio real en Esc. Provincial N 26 s/n, San Pedro, Federación; de Víctor Ernesto Leonardelli, DNI N
13.178.262 con domicilio real en calle Lieberman N 585, de esta ciudad; de Julio César Leonardelli, DNI N 17.690.262 con domicilio en calle Juan José Paso Nº 505, Los Charrúas, Dpto. Cdia., y Celso Javier Leonardelli, DNI Nº 20.098.350, con domicilio en calle 25 de Mayo N 2075, Chajarí, poderes acompañados y agregados a fs. 12/13; fs. 10/11; fs. 6/7 y fs.
8/9, respectivamente, y todos con domicilio procesal constituido en calle Hipólito Irigoyen Nº 745, Dpto. 3, de esta ciudad, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts.
718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio de José Romeo Leonardelli, DNI Nº 5.786.895, fallecido en fecha 28/04/2017 vecino que fuera de Los Charrúas, Dpto. Concordia, E.R. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad. citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del tér-

Paraná, jueves 26 de abril de 2018
mino de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994. vigente a partir del 1º/08/2015 y Art. 728 del CPCyC. 4.- 5.-
6.- 7.- 8.- 9.- 10.- 11.- 12.-
13.- A lo demás oportunamente. Fdo. Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez suplente.
Concordia, 17 de abril de 2018 Ana María Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00001832 3 v./2.5.18
Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Dr. Jorge Ignacio Ponce, Juez, Secretaría a mi cargo, de Concordia, en los autos caratulados: Knaus Alfredo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 6333, cita y emplaza por el término de treinta 30 dias corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ALFREDO KNAUS, DNI N
5.807.793, fallecido en Concordia, en fecha 28
de diciembre del 2015, vecino que fuera de la localidad de Los Charrúas, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos.
La resolución que así lo establece expresa:
Concordia, 12 de abril de 2018. Visto: Lo peticionado, acreditado el deceso del causante con Acta de Defunción acompañada a fs. 9, con las demás constancias de autos se justifica la calidad de parte legítima que se atribuyen respecto del mismo; de conformidad con lo preceptuado por el artículo 2336 y concordantes del Código Civil y Comercial -Ley 26.994-;
artículos 718, 728 y concordantes del CPCC, y artículo 135 de la Ley 6964; Resuelvo: 1.- Tener por presentado al Dr. Martín Mazzola en nombre y representación de Esther María Kerbs, Liliana Noemí Knaus, Fabián Javier Knaus y Romina Andrea Knaus, domicilios reales denunciados y procesal constituido, a quien se le otorga intervención conforme a derecho.
2.- Decretar la apertura del juicio Sucesorio Ab Intestato de Alfredo Knaus, DNI Nº 5.807.793, vecino que fue de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 4.- 5. 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- A lo demás, oportunamente.- Fdo. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente.
Concordia, 14 de abril de 2018 Alejandro Centurión, secretario supl.
F.C. 0001-00001835 3 v./2.5.18

FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría de la Dra. Verónica P. Ramos, en los autos Avancini Emerita María s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 4756/18, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por EMERITA MARIA AVANCINI, DNI Nº 9.983.398, fallecida el 16 de febrero de 2018, en Chajarí ER, con último domicilio en calle Gemes 2260 de Chajarí, Dpto. Federación ER.
La resolución que así lo dispone, en su parte pertinente indica: Chajarí, 28 de marzo de 2018.- Por presentado Rómulo Romero con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado, por parte y documentación de su, referencia acompañada.-Al estar prima facie" acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de la Señora Emerita María Avancini, vecina que fuera de esta ciudad de Chajarí,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/04/2018

Page count28

Edition count4798

Première édition01/12/2003

Dernière édition30/07/2024

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